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Boletín Nº 74 del martes 20 de abril de 2021

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se avocan competencias delegadas en la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación.

Vistos los expedientes instruidos relativos a la concesión de subvenciones de las convocatorias plurianuales de 2020 de ayudas de los grupos de acción local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus estrategias de desarrollo rural participativo (PDR FEADER 2014-2020) resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante las Resoluciones de 25 de junio de 2020, se aprueban las convocatorias plurianuales de 2020 de ayudas para el desarrollo de las operaciones previstas en sus estrategias de desarrollo rural participativo, de los grupos de acción local:

• Grupo Local de Acción para el Desarrollo de los Municipios del Alto Nalón

• Asociación Centro de Desarrollo Alto Narcea Muniellos

• Asociación Grupo de Desarrollo Rural del Bajo Nalón

• Asociación para el Desarrollo Integrado del Centro de Asturias Periurbano (ADICAP)

• Grupo de Acción Local para el Desarrollo de la Comarca del Camín Real de la Mesa

• Asociación para el Desarrollo Rural Integral de la Comarca de la Sidra

• Asociación para el Desarrollo Rural de la Montaña Central de Asturias

• Asociación Centro de Desarrollo Navia-Porcía

• Asociación para el Desarrollo Rural Integral del Oriente de Asturias

• Centro para el Desarrollo de la Comarca de Oscos-Eo

• Centro para el Desarrollo del Valle del Ese-Entrecabos

Fundamentos de derecho

Primero.—La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones se encuentra delegada en el titular de la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación, en virtud de lo dispuesto en la letra c) del ordinal Quinto de la parte dispositiva de la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se delegan competencias en los titulares de diversos órganos de la Consejería (Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 140 de 21 de julio de 2020); por tratarse de concesión de subvenciones en el ámbito de la gestión del fondo europeo FEADER.

Segundo.—La regulación comunitaria aplicable en esta materia viene constituida fundamentalmente por el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones Comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos; el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo; el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política Agraria Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78 (CE) n.º 165/91 (CE) n.º 2799/98 (CE) n.º 814/2000 (CE) n.º 1290/2005 (CE) n.º 485/2008 del Consejo; el Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022; así como sus reglamentos delegados y de ejecución.

Tercero.—Las previsiones contenidas en la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; en relación con la Ley 39/2015, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y examinadas diversas razones de índole jurídica y práctica, entre las que se encuentra que la jefatura del servicio competente en la materia no está cubierta, se entiende procedente la avocación de las competencia que se detalla en el acuerdo de la presente Resolución en el Titular de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial,

RESUELVO

Único.—Avocar la competencia delegada en el titular de la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación, en virtud de lo dispuesto en la letra c) del Resuelvo Quinto de la Resolución de 16 de julio de 2020, en lo que tiene que ver con la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones de las convocatorias plurianuales de 2020 de ayudas de los grupos de acción local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus estrategias de desarrollo rural participativo (PDR FEADER 2014-2020).

En Oviedo, a 4 de marzo de 2021.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2021-03815.