AYUNTAMIENTOS
DE LLANERA
Anuncio. Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a ONG, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para proyectos de cooperación, sensibilización y educación al desarrollo en el concejo de Llanera, año 2021.
BDNS(Identif.): 557128.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557128).
Primero.—Objeto:
Es objeto de convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones, colectivos legalmente constituidos y entidades sin ánimo de lucro, así como personas físicas, en representación particular de un grupo sin finalidad lucrativa, con sede social, delegación o domicilio en el Concejo de Llanera, para la organización de actividades y proyectos dirigidos a la cooperación, sensibilización y educación al desarrollo, así como aquellas entidades que desarrollen las actividades de sensibilización de sus proyectos en Llanera, independientemente de donde se realicen las labores de cooperación al desarrollo o acción humanitaria.
Segundo.—Créditos presupuestarios:
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son de 12.000,00 euros, siendo esta la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro del crédito disponible, con cargo a la aplicación presupuestaria 231.48901 del presupuesto municipal para 2021.
Tercero.—Beneficiarios. Requisitos:
1. Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las personas físicas o jurídicas a las que se refiere el artículo primero de estas bases y que pretendan desarrollar las actividades previstas en el ámbito de esta convocatoria.
2. Para ser beneficiarias de las ayudas deberán cumplir los requisitos que se indican en el artículo 4 de la ordenanza.
Cuarto.—Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Las solicitudes de las subvenciones vendrán suscritas por el Presidente o representante legal de la entidad o persona facultada para tal fin, y dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Llanera en el modelo normalizado que consta en el anexo I de la ordenanza. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Llanera, sito en Avda. Prudencio González, 2 o en cualquiera de las formas previstas en la legislación de procedimiento administrativo.
La solicitud se acompañará de la documentación que se indica en el artículo 9 de la ordenanza.
Quinto.—Más información:
El texto íntegro de la ordenanza (que incluye los criterios de valoración en el artículo sexto y anexos normalizados) se podrá consultar en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número n.º 107, de 10 de mayo de 2018, tablón de anuncios y página web.
Posada de Llanera, a 12 de abril de 2021.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2021-03710.