JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
DE SIERO NÚMERO 3
Edicto. Juicio verbal 206/2016.
Demandante: Panificadora de Siero y Noreña, S. L.
Procurador: D. José Antonio Menéndez Arango.
Abogado: D. Juan Ignacio Castañón Suárez.
Demandado: D. Juan José Llamedo Canto.
D.ª Isabel Alfaro Uría, Letrada de la Administración de Justicia, del Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 3 de Siero, por el presente,
Anuncio: En el presente procedimiento seguido a instancia de Panificadora de Siero y Noreña, S. L., frente a Juan José Llamedo Canto se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia n.º 29/2019
En Pola de Siero, a 5 de marzo de 2019.
Vistos por mí, don Víctor Luis Martín Llera, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Pola de Siero y de su partido judicial los presentes autos de juicio verbal con número 206/2016 a instancia de la entidad Panificadora de Siero y Noreña, S. L., representada por el Procurador de los Tribunales el Sr. Menéndez Arango y bajo la dirección Letrada del Sr. Castañón Suárez, frente a don Juan José Llamedo Canto declarado en rebeldía procesal.
Fallo
Debo estimar como estimo íntegramente la demanda articulada por la entidad Panificadora de Siero y Noreña, S. L., frente a don Juan José Llamedo Canto y condeno a éste a que abone a la anterior la cantidad de 3.364,31 euros, más el interés legal devengado desde la fecha de interposición de la demanda.
Se declara la expresa imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. En la misma fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Magistrado que la suscribe, celebrando audiencia pública. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, Juan José Llamedo Canto, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Siero, a 31 de julio de 2020.—La Letrada de la Administración de Justicia.—Cód. 2021-03543.