AYUNTAMIENTOS
DE LANGREO
Anuncio. Bases para la dotación por el procedimiento de libre designación del puesto de Recaudador.
Bases por las que ha de regirse la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo que se indican en el anexo I incluido en la RPT del Ayuntamiento de Langreo modificada al efecto
(Informadas por la Mesa General de Negociación de fecha 9 de marzo de 2021 y aprobadas por Resolución del Concejal Delegado de Personal de fecha 5 de abril de 2021)
Primera.—Objeto de la convocatoria y requisitos.
1) El sistema de Libre Designación consiste en la apreciación discrecional por la Alcaldía de la idoneidad de las personas candidatas en relación con los requisitos exigidos para el desarrollo de los puestos convocados. Atendiendo a la especial responsabilidad y confianza, se proveerán por éste sistema únicamente, los puestos de trabajo así calificados en la Relación de Puestos de Trabajo, RPT, del Ayuntamiento de Langreo.
2) El objeto de la presente convocatoria es la provisión, a través del procedimiento de Libre Designación, del puesto de trabajo incluido en el anexo I de las presentes Bases conforme a los requisitos incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Langreo (RPT), que se indican en el anexo citado, que han sido modificadas puntualmente para adaptar la denominación, funciones y tareas a desempeñar por el titular de éste puesto de trabajo.
3) Podrán participar en el presente concurso quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Reunir las condiciones y requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Langreo (RPT), indicados en el anexo I, respecto al puesto de trabajo que se quiera concurrir.
b) Encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas para los empleados municipales públicos al Servicio del Ayuntamiento de Langreo, salvo la de suspensión firme, los empleados municipales que se encuentren en ésta situación no podrán participar mientras dure la misma.
Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios municipales de carrera en la situación de excedencia por: cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por razón de violencia terrorista, y, los que se encuentren en la situación administrativa de servicios especiales, siempre que cumplan los requisitos generales de la presente convocatoria.
Los funcionarios municipales que se encuentren en las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por interés particular y excedencia voluntaria por agrupación familiar, sólo podrán participar en la presente convocatoria si ha transcurrido el plazo de dos años desde su pase a ésta situación.
Segunda.—Solicitudes, modelos y plazos.
Las presentes Bases así como sus anexos se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y en la página Web del Ayuntamiento de Langreo www.langreo.as y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Langreo. Los sucesivos anuncios que se deriven de la presente convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Langreo, así como en los tablones de anuncios de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Langreo y en la página Web del mismo www.langreo.as
Las solicitudes se presentarán junto a la documentación a adjuntar, conforme a modelo que se publica en el anexo de II de estas Bases, en el Registro General del Ayuntamiento de Langreo, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, BOPA, y Tablones de Anuncios del Ayuntamiento de Langreo.
La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación, será la del día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta la fecha de toma de posesión del puesto de trabajo.
Tercera.—Documentación a acompañar a la instancia y elementos de valoración.
Con su solicitud de participación en la presente convocatoria, los interesados deberán adjuntar certificación acreditativa de su pertenencia a la Administración del Ayuntamiento de Langreo, plaza de la que sean titulares y puesto de trabajo que ocupan, así como “currículum vítae” en el que se harán constar cuantos méritos se consideren oportunos a los fines de la convocatoria, relacionándolos con los documentos acreditativos de los mismos, referidos a puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración, como, en el sector privado, estudios y cursos realizados, idiomas, etc..., siempre que estén relacionados con las funciones y tareas del puesto de trabajo al que se opte, acorde a lo que figura en el anexo I de las presentes Bases.
Además de lo anterior, el aspirante deberá presentar con la instancia una Memoria o Proyecto organizativo de la Unidad de Recaudación Municipal, dependiente del área de Tesorería Municipal, en especial en lo referido al área de actividad del puesto de trabajo al que se concurre, mecanografiada y firmada, en la que se indique la organización que estima más adecuada, los medios necesarios para llevarla a cabo, el análisis de las tareas que debe desempeñar el ocupante del puesto de trabajo solicitado y las propuestas de reorganización y mejora que considere necesario implantar. La indicada memoria constará, como máximo, de diez folios.
Aquellos aspirantes que obtengan una valoración mejor en su cualificación profesional y adaptación a las necesidades del puesto, podrán ser invitados a mantener una entrevista, previamente a la adopción de la decisión de su adjudicación.
Cuarta.—Justificación de requisitos.
Los requisitos exigidos deberán estar referidos al último día del plazo para la presentación de solicitudes.
Los datos que el interesado haga constar en el “curriculum vítae” que se acompañará necesariamente a la solicitud, solamente se justificarán documentalmente en el caso de que no exista constancia en su propio expediente personal.
A tal efecto, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrán consultar los interesados su expediente personal para comprobar la documentación que obra en el mismo, aportando, en su caso, las certificaciones académicas, cursos, acreditación de experiencia y cualesquiera otros méritos que estime oportuno, a través de certificación, diploma, justificante o cualquier otro sistema admitido en derecho.
Quinta.—Nombramiento.
El órgano competente para resolver sobre la provisión de puestos de trabajo mediante libre designación, es la Alcaldía del Ayuntamiento de Langreo, debiendo realizar el nombramiento, previos los informes o consultas que tenga por conveniente solicitar, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, pudiendo prorrogarse si se estima necesario por un mes más.
Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos para el adecuado desempeño del puesto de trabajo a dotar, a la competencia para adoptar el acuerdo y, a la observancia del procedimiento debido.
Aún cuando el aspirante cumpla los requisitos formales para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, la Alcaldía podrá declarar desierta la adjudicación del puesto de trabajo, si considera que ninguno de los candidatos presentados resulta idóneo para su desempeño.
Sexta.—Toma de posesión.
El candidato elegido deberá tomar posesión del puesto de trabajo correspondiente en el plazo máximo de tres días hábiles a contar desde la fecha de notificación de la resolución de nombramiento, efectuada la toma de posesión el plazo posesorio, antes citado, se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso de la situación de excedencia.
Séptima.—Cese.
Los empleados municipales nombrados para ocupar puestos de trabajo de libre designación podrán ser cesados con carácter discrecional mediante Resolución de la Alcaldía. La Resolución de cese solo requerirá fundamentación en lo referente a la competencia para dictar la misma, fundamentando la misma en razones organizativas o en causas fundadas de pérdida de confianza para no incurrir en arbitrariedad.
Al objeto de no perjudicar el derecho a la carrera profesional de los empleados municipales que resulten discrecionalmente nombrados, el nombramiento por libre designación comportará, en el supuesto de que sea cesado del puesto que se adjudique de forma permanente, a ser adscrito a un puesto de trabajo perteneciente a su Cuerpo y Escala que no sea inferior en más de dos niveles al de su grado personal consolidado.
Octava.—Recursos e impugnaciones.
La presente convocatoria y cuantos actos dimanen de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Anexo I
Puesto de trabajo que se convoca, especificaciones referidas al mismo en la RPT, inclusive las funciones y tareas que tiene encomendadas en el Manual de Funciones del puesto de trabajo convocado, así como también los requisitos que deben cumplir los aspirantes que se presenten:
A) Un puesto de Recaudador-a Municipal: Con destino a la Unidad de Recaudación dependiente de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Langreo, con nivel 22 de Complemento de Destino, y demás retribuciones y requisitos establecidas en la RPT.
1º.—Requisitos de los empleados solicitantes.
Los solicitantes deberán documentar con la instancia su condición de empleado fijo de la plantilla al Servicio del Ayuntamiento de Langreo, acreditando tener la categoría de Técnico de las Unidades Administrativas o Económicas o Administrativo, de los Grupos, A1, A2, C1, al servicio del Ayuntamiento de Langreo con más de dos años de antigüedad.
2º.—Requisitos para el desempeño del puesto de trabajo.
Denominación: Recaudador-a.
Funciones: Las establecidas en el Manual de Funciones para el puesto de trabajo indicado.
Grupos: A1, A2, C1
Escalas: Administración General y Especial
Subescala: Técnica y Administrativa
Clase: Técnico Superior, de Grado Medio o Administrativo
Concurrencia: Funcionarios de la plantilla.
VPPT: 2108 puntos.
3º.—Clave, funciones y tareas asignadas al puesto de trabajo convocado.
05.03.002 Recaudador-a
Funciones genéricas:
1. Dirigir, coordinar, impulsar y supervisar el correcto funcionamiento del servicio de acuerdo con los objetivos y directrices generales remitidos por la Tesorera/o Municipal.
2. Autorizar con su firma o visado los informes, actos de gestión, oficios, requerimientos, comunicaciones, citaciones y emplazamientos que generen en el servicio.
3. Gestión, estudio, informe y propuesta de resolución en los expedientes del servicio. Tramitación y responsabilidad de los mismos en aquellos aspectos que revistan mayor dificultad.
4. Colaborar con la Tesorería en cuantos asuntos sean competencia de esta, tanto en materia de recaudación como de tesorería.
5. Manejo y adecuada utilización de loes medios y aplicaciones informáticas disponibles, hojas de cálculo, bases de datos, etc., que se deban utilizar en el servicio (tesorería y recaudación).
6. Confeccionar los partes mensuales referentes al personal del servicio, calendario de vacaciones, permisos, absentismo, etc.
7. Atención al público en determinados momentos, sobre todo en temas conflictivos.
Funciones específicas:
8. Responder y rendir cuentas ante la Tesorera/o de los resultados del trabajo de la Unidad y de los objetivos conseguidos, participando en la fijación de los mismos, presupuestando los cobros, informando de las incidencias de la gestión recaudatoria, etc.
9. Ejecutar los acuerdos de los Órganos de Gobierno que incidan en la recaudación o su gestión.
10. Concertar con las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación las actuaciones necesarias para los cobros de los recibos domiciliados y de los cobros por ventanilla (plazos y modalidades de pago) conforme a la normativa del Consejo Superior Bancario.
11. Preparación de la cobranza de padrones, liquidaciones y fraccionamiento o aplazamientos, creación de ficheros y envío a la entidad cobradora.
12. Planificación de los plazos cobratorios de los padrones de conformidad a los plazos establecidos en el Calendario del Contribuyente.
13. Seguimiento y control de la cobranza y solución de problemas que surjan en la misma. En especial deberán detectarse los expedientes sin notificar, comunicándolos a la Unidad de Rentas para su notificación.
14. Control de posibles duplicidades de cobro, emisión de informe y propuesta de devolución.
15. Control de situación de cargos, remitiendo a los Servicios Tributarios del Principado de Asturias los valores no abonados en período voluntario, así como la recepción y contabilización anual del apartado F del Convenio firmado con los citados servicios.
16. Gestión y tramitación de los aplazamientos y/o fraccionamientos solicitados.
17. Preparación de los expedientes de compensación.
18. Control de las cuentas de recaudación.
19. Control y propuesta de devolución de avales y fianzas por pago de deudas.
20. Control y materialización definitiva de las propuestas de baja.
21. Materialización de la situación de los valores aplazados y control de los cobros para la posterior liquidación de intereses.
22. Emisión de informes y estudios que le sean requeridos por los órganos competentes de la Corporación o por sus superiores jerárquicos.
23. Colaboracion en la elaboración y modificación de las Ordenanzas Fiscales, y confección del calendario del contribuyente, de los Edictos y Bandos, así como de su publicación en el BOPA y en la Web municipal.
24. Elaborar la liquidación mensual de la recaudación y acumular las operaciones contables resultantes de la misma, para su incorporación a la contabilidad municipal.
25. Custodiar las llaves de tesorería, en caso de ausencia de la tesorera/o.
26. Cualquier otra tarea o función de similar naturaleza que con carácter extraordinario le sean encomendada por la Tesorería Municipal, siempre que sea acorde legalmente a su cualificación técnico-profesional.
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Langreo, 5 de abril de 2021.—El Concejal Delegado de Personal.—Cód. 2021-03539.