JUZGADOS DE LO SOCIAL
DE PONFERRADA (LEÓN) NÚMERO 2
Edicto. Despido/ceses en general 198/2020.
Demandante: María Aránzazu Fernández Sánchez.
Abogado: Dionisio Villamandos Fierro.
Demandados: Fogasa, Bilur 2000 SL , Protección y Seguridad Técnica SA, Entidad de Gestión de Gastos Comunes del Centro Comercial El Rosal, Servicios Securitas SA.
Abogados: Letrado de Fogasa, Alberto Diz López, Alberto Iglesias García, Miguel Ángel Sebastián Anuncibay.
D. Sergio Ruiz Pascual, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada,
Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 0000198/2020 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.ª María Aranzazu Fernández Sánchez contra la empresa Bilur 2000 SL, Protección y Seguridad Técnica SA, Entidad de Gestión de Gastos Comunes del Centro Comercial El Rosal, Fogasa, Servicios Securitas SA, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, sentencia n.º 39/21 de fecha 2 de febrero de 2021, cuyo fallo se adjunta:
“Estimando parcialmente la demanda de resolución de contrato y despido interpuesta por María Aránzazu Fernández Sánchez contra las empresas Bilur 2000 S.L, Prosetecnisa SA, Entidad de Gestión de Gastos Comunes del Centro Comercial El Rosal, Le Retail El Rosal Retail SL, y Servisecuritas SA, rechazando por falta de acción la extinción de la relación a instancia del trabajador, declaro la improcedencia del despido efectuado por la empleadora, condenando a Bilur 2000 SL, y Prosetecnisa, a que readmitan al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiestan por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnicen con la cantidad de 989,23 €; así como, en el caso de proceder a la readmisión, abonen los salarios de trámite. Igualmente se les condena a abonar a la actor de manera solidaria la cantidad de 2.051,52 euros con más del interés del 10 por ciento.
Se absuelve a las restantes demandadas de los pedimentos en su contra efectuados.
El Fogasa habrá de estar a la responsabilidad legalmente determinada.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación.
Llévese la presente sentencia al libro de su clase dejando testimonio bastante en autos.
Así lo acuerdo, mando y firmo S.S.ª D. Daniel Prieto Francos.
Seguidamente se cumple lo acordado, doy fe.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a Bilur 2000 SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial de León.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Ponferrada, a 2 de febrero de 2021.—El Letrado de la Administración de Justicia.—Cód. 2021-03471.