OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se nombra el Órgano Técnico de Valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Antecedentes de hecho
De conformidad con las bases de la Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de Catedráticos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, procede publicar el órgano técnico de valoración del procedimiento selectivo de referencia.
Fundamentos de derecho
Es competente para la resolución del presente expediente la persona titular de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y en el Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, así como en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
En base a todo lo anterior,
RESUELVO
Primero.—Aprobar la composición del órgano técnico de valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020.
Comisión de valoración titular |
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Presidente | José Manuel López Guerrero |
Vocales | Miguel Alonso Ponga |
Manuel García Escobar |
José Manuel Zamora Santiago |
María Carmen Martínez Valdés |
Verónica Suárez Vázquez |
Juana María Muñoz Miguel |
Secretario | José Luis Hernández Martínez |
Segundo.—A los efectos de garantizar la objetividad y la imparcialidad en el funcionamiento del órgano técnico de valoración previsto en la Resolución de 16 de diciembre de 2020, así como la eficacia del proceso de selección, se concede un plazo de diez días hábiles, desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para que las personas interesadas puedan alegar las causas de abstención y/o recusación previstas en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.
Tercero.—La comisión de valoración tendrá su sede en la Consejería de Educación, sita en la Plaza de España, 5, 33007 Oviedo.
Cuarto.—La comisión de valoración iniciará sus actividades para la valoración de los méritos aportados por los participantes a partir del 1 de febrero de 2021.
Quinto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el portal educativo www.educastur.es y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga la persona recurrente su domicilio o esté la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, 15 de febrero de 2021.—La Consejera de Educación, Carmen Suárez Suárez.—Cód. 2021-01679.