AYUNTAMIENTOS
DE GIJÓN
Edicto. Aprobación inicial de la ordenanza para la prestación patrimonial de carácter público no tributario de los servicios de recogida, tratamiento y eliminación de residuos de Gijón, ejercicio 2021.
Edicto
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2020, aprobó inicialmente la Ordenanza de la Prestación Patrimonial de Carácter Público no Tributario, de los Servicios de Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos de Gijón.
Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, puedan los interesados examinar el expediente en el Servicio de Gestión de Ingresos de este Ayuntamiento, sito en el Edificio Administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, en horas de 9 a 14, de lunes a viernes, y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas (artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado reclamación o sugerencia alguna, dicho acuerdo quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el referido Acuerdo Plenario, en los términos que a continuación se indican:
Único.—Aprobar inicialmente la Modificación de la Ordenanza Local de la Prestación Patrimonial de Carácter Público no Tributario, de los Servicios de Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos de Gijón, de aplicación para el ejercicio 2021.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra el acuerdo de aprobación definitiva podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 52.1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En Gijón/Xixón, a 29 de octubre de 2020.—La Jefe del Servicio de Gestión de Ingresos (firma delegada el 26/01/2017).—Cód. 2020-09122.