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Boletín Nº 211 del viernes 30 de octubre de 2020

AYUNTAMIENTOS

DE GIJÓN

Edicto. Aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas reguladoras de tributos y precios públicos municipales, ejercicio 2021.

Edicto

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2020, aprobó provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Reguladoras de Tributos y Precios Públicos Municipales para su aplicación durante el ejercicio 2021.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, puedan los interesados examinar el expediente en el Servicio de Gestión de Ingresos de este Ayuntamiento, sito en el Edificio Administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, en horas de 9 a 14, de lunes a viernes, y presentar las reclamaciones que estimen oportunas (artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado reclamación alguna, quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el referido Acuerdo Plenario, en los términos que a continuación se indican:

Primero.—Aprobar provisionalmente las ordenanzas reguladoras de tributos y precios públicos municipales, modificando las tarifas y articulado, en el importe y forma que figuran en los correspondientes desarrollos adjuntos a la propuesta, que figuran unidos al expediente de razón, para su aplicación durante el ejercicio 2021, correspondientes a los siguientes conceptos:

1. Impuestos:

N.º 1.02 Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

2. Tasas:

N.º 3.06 Tasa por tramitación ambiental de apertura de establecimientos y licencia de apertura o por actos de control o comprobación de declaraciones responsables de zanjas.

N.º 3.57 Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos.

3. Precios públicos:

A) Patronato Deportivo Municipal:

N.º 2 Precio público por utilización de instalaciones deportivas municipales.

N.º 4 Precio público para cursos y actividades deportivas organizadas por el Patronato Deportivo Municipal

4. Clasificación de vías públicas por categorías a efectos de aplicación de tributos y precios públicos.

5. Clasificación de vías públicas por categorías a efectos de aplicación del impuesto sobre actividades económicas

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra el acuerdo de aprobación definitiva podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Gijón/Xixón, a 29 de octubre de 2020.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos (firma delegada el 26/01/2017).—Cód. 2020-09120.