AYUNTAMIENTOS
DE OVIEDO
Edicto. Aprobación definitiva de proyecto de actuación de la Unidad de Gestión del Área Industrial de Cerdeño. Expte. 1197-170001.
Edicto
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 15 de septiembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación de la Unidad de Gestión del Área Industrial de Cerdeño, presentado el 20 de enero de 2017, excepto los Estatutos y Bases de Actuación, que se aprueban los presentados el 24 de marzo y la previsión contenida en su apartado IV “Garantía de Urbanización”.
Segundo.—Publicar este acuerdo en el BOPA y notificarlo a los propietarios afectados.
Asimismo, se hace constar que de conformidad con lo establecido en el art. 173 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias: “Los propietarios incluidos en el polígono o unidad de actuación dispondrán del plazo preclusivo de un mes desde la notificación del acuerdo municipal aprobatorio del Proyecto de Actuación para incorporarse a la Junta de Compensación. Si no lo hicieran, sus fincas serán expropiadas a favor de la Junta de Compensación, que tendrá la condición jurídica de beneficiaria.”
Recursos
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme a lo establecido en los artículos 114 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 1 de octubre de 2015 y 52.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985.Contra la misma, podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, el de reposición, ante el mismo órgano que dictó la presente resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación (arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015).
b) El contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo (arts. 8 de la Ley reguladora de dicha Jurisdicción, de 13 de julio de 1998.
c) Con independencia de lo expuesto anteriormente, los interesados podrán también solicitar de la Administración Pública la revocación de sus actos, la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos, así como interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno (artículos 109 Ley 39/2015).
Oviedo, 19 de septiembre de 2017.—El Concejal de Gobierno de Urbanismo.—Cód. 2017-10505.