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Boletín Nº 94 del viernes 23 de abril de 2004

AYUNTAMIENTOS

DE LANGREO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Policía Local de Langreo, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan en anexo, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido prácticar.

Contra estas resoluciones, definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo que por turno corresponda. No obstante lo anterior, podrá presentar potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, que se entenderá desestimado si transcurrido otro no se ha resuelto expresamente, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime procedente.

Las multas podrán ser abonadas dentre de los 15 días siguiente a la fecha de su firmeza administrativa, transcurridos los cuales sin haberla satisfecho, se exigirán en vía ejecutiva según el art. 21 del R.D. 320/1994, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

Langreo, a 2 de abril de 2004.—El Jefe del Negociado de Sanciones.—El Concejal Delegado.—5.820.

Anexo (Véase en formato PDF)