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Boletín Nº 92 del miércoles 21 de abril de 2004

CONSORCIOS

CONSORCIO DE AGUAS

En ejecución del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en la Zona Central de Asturias, en su sesión de 4 de febrero de 2004, se anuncia convocatoria de concurso-oposición para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, vacantes en la plantilla de personal laboral de la entidad, con arreglo a las siguientes Bases:

1ª.—Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, vacantes en la plantilla de personal laboral del Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en la Zona Central de Asturias, dotadas con las retribuciones recogidas en la tabla salarial del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la entidad.

La relación laboral de quienes resulten seleccionados se regirá por lo establecido en el Convenio Colectivo en vigor, quedando vinculados al Consorcio por contrato de trabajo por tiempo indefinido, con periodo de prueba de tres meses. Prestarán sus servicios en cualquiera de los centros de trabajo del Consorcio, en los que les corresponderán desarrollar trabajos de mecanografía, cálculo sencillo, manejo de máquinas reproductoras, fotocopiadoras y similares, así como de tratamiento de textos; recepción, despacho, archivo y distribución de correspondencia y otras tareas de análoga naturaleza.

2ª.—Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:

a) Nacionalidad española, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 17/1993, de 23 de noviembre, y Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo, que la desarrolla.

b) Edad comprendida en los dieciocho años cumplidos y la legal de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Bachillerato o de Técnico Superior de Formación Profesional, familia de Administración o equivalentes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones asignadas al puesto descritas genéricamente en la base precedente.

e) No haber sido separado, por sanción disciplinaria, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente en el momento. Este requisito se entiende referido a la fecha de toma de posesión, en su caso.

3ª.—Presentación de instancias.

1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se habrán de dirigir al Presidente del Consorcio de Aguas de Asturias y en las mismas se hará constar expresamente que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base anterior. Se formularán conforme al modelo que figura en el anexo I de la presente convocatoria.

2. Las instancias se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en el Registro General del Consorcio de Aguas de Asturias (calle Santa Susana, nº 15, Oviedo) o a través de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. A la instancia acompañarán los solicitantes necesariamente:

a) Currículum vitae, acompañado de la documentación acreditativa de los méritos que aleguen a efectos de que puedan ser valorados por el Tribunal en la fase de concurso.

b) Justificante de haber ingresado en la Tesorería del Consorcio, la cantidad de 30 euros, cantidad que será devuelta en el caso de exclusión del solicitante.

4ª.—Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia del Consorcio se adoptará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista de admitidos y excluidos a la práctica de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias e indicará el lugar donde se encuentre expuesta de aspirantes admitidos y excluidos (con indicación del plazo de subsanación que, conforme al artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se conceda a los aspirantes excluidos), así como la determinación del lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador.

5ª.—Pruebas de selección.

1. La selección se hará mediante el procedimiento de concurso-oposición.

2. La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

a) Primer ejercicio, que consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, dos temas extraídos al azar, correspondientes uno a cada parte del programa del anexo II de la presente convocatoria. Los aspirantes deberán dar pública lectura a sus respectivos ejercicios ante el Tribunal).

b) Segundo ejercicio, que constará de dos partes, que se puntuarán de forma independiente. La primera consistirá en la copia en ordenador, durante diez minutos, de un texto facilitado por el Tribunal, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto; y la segunda, en la realización, en el tiempo que conceda el Tribunal que no será superior a una hora, de un ejercicio práctico de tratamiento de textos y hoja de cálculo en Microsoft Office 2000.

c) Tercer ejercicio, que consistirá en desarrollar por escrito un tema de carácter general. Se valorarán los conocimientos y formación evidenciada en el trabajo desarrollado, así como su redacción y ortografía.

Cada uno de los ejercicios se calificará por los miembros del Tribunal de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener como nota media un mínimo de cinco puntos para su aprobación. En el segundo ejercicio, cada parte se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener una nota media mínima de 2,5 puntos en cada una de ellas para resultar aprobado en el ejercicio.

La puntuación de cada ejercicio se obtendrá sumando las otorgadas por todos y cada uno de los miembros de Tribunal que se hallen presentes y dividiendo por el número de éstos. Las calificaciones extremas que otorguen los miembros del Tribunal, cuando disten entre sí más de dos enteros (o más de un entero en el caso de las partes del segundo ejercicio), quedarán eliminadas, apreciándose únicamente las restantes, entre las que se hará la media. A los aspirantes que no alcancen en cada ejercicio la puntuación mínima exigida para los mismos, el Tribunal podrá hacer pública la calificación con la simple mención de “no apto”.

3. La fase de concurso constará de dos partes. En la primera, procederá el Tribunal a la valoración de los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Servicio prestados a las Administraciones Públicas en virtud de relación funcionarial o de contrato laboral, realizando funciones análogas a las del puesto a cubrir, 0,20 puntos por cada año o fracción, con un máximo de 2 puntos.

b) Servicios prestados a empresas privadas en virtud de contrato laboral, realizando funciones análogas a las del puesto a cubrir, 0,10 puntos por cada año o fracción, hasta un máximo de 2 puntos (para la acreditación de estos servicios, además de los documentos justificativos de la relación laboral, será necesario aportar justificación documental de haber estado en alta y cotizado a la Seguridad Social durante los mismos).

c) Expediente académico correspondiente al título exigido para la admisión a las pruebas: 1 punto, calificación media de notable; y 2 puntos, calificación media de sobresaliente.

d) Otros méritos que pueda alegar, tales como títulos, cursos realizados, etc., relacionados con las funciones asignadas al puesto, hasta un máximo de 2 puntos.

La segunda parte de la fase de concurso, consistirá en la realización por el Tribunal de una entrevista personal a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, cuyo resultado se calificará entre cero y dos puntos.

4. La suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la de concurso, dará la puntuación total de los aspirantes, cuya relación por orden de mayor a menor puntuación será publicada en el tablón de anuncios del Consorcio, así como la propuesta de nombramiento que formule el Tribunal a favor de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación.

5. En el caso de empate entre aspirantes en el segundo puesto, se realizará por los mismos un ejercicio adicional consistente en desarrollar un tema, elegido por sorteo, de la parte segunda del programa del anexo II (excluido el seleccionado en el primer ejercicio de la fase de oposición), cuya calificación determinará la propuesta de nombramiento del Tribunal.

6ª.—Desarrollo de las pruebas.

1. La convocatoria para la realización de los ejercicios se efectuará en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, acreditada, que apreciará el Tribunal resolviendo lo que proceda, quedando eliminados quienes no comparezcan.

2. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará en la fecha que se indique en el anuncio a que se refiere la base 4ª, debiendo mediar como mínimo el plazo de un mes desde la publicación de dicho anuncio y el inicio del citado ejercicio. La convocatoria de los restantes ejercicios se hará mediante anuncios en el lugar donde se hayan celebrado los mismos, al hacer pública su calificación, y en el tablón de anuncios del Consorcio.

3. Entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente, se observará, con carácter general, un intervalo mínimo de dos días y máximo de veinte.

A efectos de fijar el orden de actuación de los aspirantes se estará al resultado del sorteo público efectuado el 21 de febrero de 2003 en el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, iniciándose el llamamiento por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “D”.

7ª.—Tribunal Calificador.

1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: El Presidente del Consorcio o miembro de la Junta de Gobierno en quien delegue.

- Vocales:

• Uno, a propuesta del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”.

• El Director Técnico del Consorcio en funciones de Gerente.

• Un técnico o experto designado por el Presidente del Consorcio.

• Un trabajador laboral del Consorcio, perteneciente a igual o superior grupo de titulación del área funcional administrativa, designado asimismo por el Presidente del Consorcio.

- Secretario: El Secretario del Consorcio.

2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de actuar si en ellos concurriera alguna de las circunstancias del artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común. Por las mismas causas podrán ser recusados por los aspirantes, resolviéndose la recusación de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de dicha Ley.

3. Para constituirse y actuar habrán de estar presentes, al menos, la mitad más uno de los miembros del Tribunal.

4. El Tribunal está facultado para resolver cualquier incidencia no prevista en estas bases o en la legislación aplicables, así como para tomar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo prevenido en ellas.

8ª.—Propuesta y contratación.

1. El Tribunal formulará propuesta de nombramiento y contratación a favor de los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, obtengan la mayor puntuación conjunta sumada la de la fase de oposición a la de la fase de concurso.

2. Quienes resulten propuestos habrán de presentar, en el plazo de los veinte días siguientes a la fecha de publicación de la relación de aprobados, los documentos al objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2ª de esta convocatoria:

a) Partida de nacimiento.

b) Título académico exigido, aportando el original con fotocopia para su compulsa o copia autorizada mediante fedatario competente por razón de la materia o recibo acreditativo, en su caso, del pago de los derechos para su expedición.

c) Certificado expedido por la mutua o entidad sanitaria que designe el Consorcio, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes a la plaza.

d) Declaración jurada o bajo personal responsabilidad acreditativa de los requisitos enumerados en los epígrafes e) y f) de la base 2ª.

3. Una vez aportada correctamente por los aspirante propuestos la documentación enumerada en el apartado anterior, será adoptada por el Presidente del Consorcio la correspondiente resolución en orden a su contratación, la cual será publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Quienes resulten contratados deberán comparecer para la formalización del contrato en plazo no superior a un mes a partir de la fecha en que le sea notificada la resolución antes citada.

10ª.—Derecho supletorio.

En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las normas a que remite el artículo 134.2 del Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

Anexo I

Modelo de solicitud de admisión a las pruebas selectivas

Primer apellido ........................................................................

Segundo apellido .....................................................................

Nombre ....................................................................................

D.N.I. nº ...................................................................................

Fecha de nacimiento ................................................................

Domicilio actual (calle, nº, código postal, concejo, provincia y nº de teléfono) ........................................................................ ..................................................................................................

EXPONE:

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Que a efectos de su valoración en la fase de concurso adjunta el currículum vitae con la enumeración de los méritos que alega, así como la justificación documental de los mismos.

SOLICITA:

Ser admitido para participar en la pruebas del concurso-oposición convocado por resolución del Presidente del Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en la Zona Central de Asturias para cubrir dos plazas de Auxiliar Administrativo vacantes en la plantilla de personal laboral de dicha entidad, declarando, bajo su responsabilidad, que son ciertos todos los datos arriba consignados y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

En ......................, a ........ de....................de 2004.

(firma)

ILMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE AGUAS DE ASTURIAS.

Anexo II. Programa

Parte primera.

Tema 1.—La Constitución Española. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2.—La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 3.—Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía y su significado.

Tema 4.—El Principado de Asturias. Organos institucionales.

Tema 5.—Competencias del Principado de Asturias. Organización de la Administración del Principado del Principado de Asturias.

Tema 6.—Principios de generales de actuación de las Administraciones públicas. Organos de las Administraciones públicas y su competencia.

Tema 7.—Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público.

Tema 8.—El acto administrativo. Requisitos. Eficacia.

Tema 9.—El procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo general.

Tema 10.—Los recursos administrativos: Principios generales y clases. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones laborales.

Tema 11.—La responsabilidad de las Administraciones Públicas.

Tema 12.—Los contratos administrativos. Requisitos para contratar con la Administración. Actuaciones relativas a la contratación. Tipos de contratos administrativos.

Parte segunda.

Tema 1.—Régimen local español. Organización provincial: Competencias.

Tema 2.—El Concejo. Organización municipal: Competencias.

Tema 3.—Otras entidades locales: Mancomunidades municipales. Parroquias rurales. Los Consorcios para la prestación de servicios locales: Regulación y naturaleza jurídica.

Tema 4.—El Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en la Zona Central de Asturias: constitución, fines y organización.

Tema 5.—La función pública local y su organización.

Tema 6.—El procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 7.—Organos locales. Funcionamiento de los órganos colegiados: convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

Tema 8.—Los bienes de las entidades locales.

Tema 9.—Formas de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 10.—Los presupuestos locales. Régimen jurídico del gasto público local.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—El Director Técnico en Funciones de Gerente.—5.508.