Boletín Nº 92 del miércoles 21 de abril de 2004
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACIóN PúBLICA
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 6 de Oviedo ha dictado Sentencia de fecha 18 de diciembre de 2003, en el procedimiento abreviado número 187/2003, interpuesto por la representación procesal de don Carlos Rodríguez Brañanova, contra la desestimación presunta del recurso de súplica interpuesto frente a la Resolución de fecha 11 de diciembre de 2002 de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos, por la que se denegó el reconocimiento de los servicios previos instados.
La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.
En consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Carlos Rodríguez Brañanova contra la desestimación presunta del Consejo de Gobierno del Principado del recurso de súplica interpuesto por aquél frente a la Resolución de la Consejería de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos de 11 de diciembre de 2002 por la que se solicita el reconocimiento de servicios previos en los años 1975 a 1977, y 1978 a 1982.
Declarar la conformidad a derecho de la actuación impugnada. Sin costas.”
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—El Consejero de Economía y Administración Pública.—5.416.