Boletín Nº 92 del miércoles 21 de abril de 2004
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACIóN PúBLICA
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo ha dictado Sentencia de fecha 8 de enero de 2004 en el procedimiento abreviado número 105/2003 interpuesto por la representación procesal de Talleres Agüería, S.A., contra la Resolución de fecha 7 de marzo de 2003 de la Consejería de Hacienda del Principado por la que se resuelve la reclamación económico-administrativa número 408/2001 en materia de Impuesto de Actividades Económicas.
La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.
En consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado Sr. Díaz Suárez, en nombre y representación de Talleres Agüería, S.A., contra la Resolución de fecha 7 de marzo de 2003, dictada por la Consejería de Hacienda del Principado de Asturias, por la que se resuelve la reclamación económico-administrativa en materia de Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), declarando:
Primero: La disconformidad a derecho de la resolución impugnada y su anulación.
Segundo: Sin hacer imposición de las costas devengadas en este procedimiento a ninguna de las partes litigantes.”
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—El Consejero de Economía y Administración Pública.—5.415.