AYUNTAMIENTOS
DE SIERO
Don Juan José Corriols Fernández, Concejal-Delegado del Area de Organización, Régimen Interior, Recursos Humanos y Participación Ciudadana.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de las resoluciones o propuestas de resolución recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, concediéndose un plazo de 10 días para que comparezcan en las dependencias municipales a fin de notificarles la correspondiente resolución o propuesta de resolución.
Transcurrido dicho plazo sin que hubieren comparecido, se entenderá producida a todos los efectos legales la notificación, siendo la fecha de notificación la del día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer (artículos 105 y 124 de la Ley General Tributaria).
• “Expediente: 232NF0FT. Titular del vehículo: Don David Molina Cano, D.N.I. número: 10871790, boletín número 1.355/2003, fecha de la denuncia: 23 de abril de 2003, hecho denunciado: Estacionar sobre la acera en calle Antonio Machado, 1, de Lugones. Datos del vehículo: Marca Nissan Terrano, matrícula O-8471-CD. Precepto infringido: Artículo 39, apartado 2.e) del Real Decreto 13/1992, artículo 94.2.e) del Reglamento General de Circulación y 39.2.I de la Ordenanza Municipal de Tráfico, infracción leve, sanción: 60,10 euros.”
Contra esta resolución podrá, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde, que se entenderá desestimado por el transcurso de un mes desde la interposición sin que se notifique su resolución. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la notificación y contra la resolución tácita, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente en que se produzca el acto presunto (artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 14.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, ambos en su nueva redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, artículo 107 y Disposición Adicional quinta de la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de que pueda ejercitar en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En caso de no hacer uso del recurso de reposición en el plazo establecido, la resolución será firme y deberá hacer efectiva la multa impuesta dentro de los quince días hábiles siguientes, transcurridos los cuáles, sin haber satisfecho la deuda en periodo voluntario, se exigirá en vía ejecutiva según el artículo 21 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
En Pola de Siero, a 22 de octubre de 2003.—El Concejal-Delegado del Area de Organización, Régimen Interior, Recursos Humanos y Participación Ciudadana.—16.448.