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CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA
Con fecha 27 de octubre de 2003, la Ilma. Sra. Consejera de Medio Rural y Pesca ha dictado la siguiente Resolución:
“Examinado el expediente de deslinde total del monte de utilidad pública número 226, denominado “Peñamayor”, sito en el término municipal de Laviana.
Primero.— El Monte “Peñamayor” se encuentra inscrito en el catálogo de los de utilidad pública de la Provincia con el número 226. Sito en el término municipal de Laviana de la pertenencia de los pueblos de Condado, Pola y Tiraña.
Segundo.— Con fecha 21 de enero de 2002, se solicita al Ilmo. Sr. Consejero de Medio Rural y Pesca, la autorización para la ejecución del deslinde y se resuelve ordenando su ejecución.
Tercero.— Por Resolución publicada en el Boletin Oficial del Principado de Asturias de fecha 4 de marzo de 2002 se acuerda señalar la fecha 4 de junio de 2002 para el inicio del deslinde total del monte, a las 10 horas de la mañana en el punto más al norte conocido como “Pico de los Ortigales”, nombrando a don José Enrique Correa Liró como Ingeniero Operador.
Cuarto.— En la Consejería de Medio Rural y Pesca se presentó la siguiente documentación:
• 369 Documentos en plazo.
• 12 Documentos Fuera de plazo.
• 76 Certificaciones de Catastro.
De esta documentación el Servicio Jurídico clasificó dentro del apartado A 24 fincas y el resto de las fincas de los otros documentos en el apartado B.
Quinto.— El día 3 de junio de 2002, se procedió por el Ingeniero Operador don José Enrique Correa Liró, acompañado por el Guarda Mayor don Roberto Casielles García y el Gerente de la Mancomunidad de Montes de Peñamayor don Andrés Alvarez Pozueco al reconocimiento general de linderos.
Sexto.— El apeo se comenzó el día 4 de junio de 2002 en el piquete número 1 “Pico de Los Ortigales” y se completó la vuelta al perímetro principal el día 1 de octubre.
El día 16 de octubre se terminaron de reconocer los exclavados y el día 28 de noviembre se hizo el último acta dándose por terminado el apeo.
Séptimo.— Las actuaciones del Ingeniero Operador fueron en primer lugar estudio previo de la cartografía existente y ortofotos de catastro con visitas al monte para primeras aproximaciones.
En segundo término estudio de la documentación aportada y la visita para contrastar documentación aportada de las fincas in situ.
Octavo.— El apeo se comenzó el día 4 de junio de 2002 en el piquete número 1 “Pico de Los Ortigales” y se completó la vuelta al perímetro principal el día 1 de octubre.
El día 16 de octubre se terminaron de reconocer los exclavados y el día 28 de noviembre se hizo el último acta dándose por terminado el apeo.
Noveno.— Al no haber acuerdo en los deslindes de términos municipales de Laviana con Bimenes, Laviana con Nava y Laviana con Sobrescobio se realizaron dobles líneas
Décimo.— El día 1 de marzo de 2003 se publica en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias el anuncio de apertura del periodo de vista, presentándose las siguientes reclamaciones.
Reclamaciones por Ayuntamientos:
1. Sobrescobio.
2. Nava.
3. Laviana.
Prevalece la propuesta del Ingeniero Operador hasta no haber acuerdos municipales o sentencia judicial que dicten otras alternativas.
Reclamaciones presentadas por particulares:
Don Agapito Amable Díaz Rodríguez reclama sobre la finca “Llagos”, después de nueva visita al lugar y a la vista de los signos fehacientes sobre el terreno, cerrada de piedra, y comprobada su existencia desde 1970 con la foto aérea se admite como particular.
La presentada por doña Maximina Llaneza Hevia de finca en Valle Cepeda en el enclave de Callacente. Visitado el lugar se aprecia la existencia de restos de cierre, y cabaña se acepta dicha reclamación y se reconoce como particular.
Don José Flores Noriega Blanco, reclama sobre finca situada en el Polígono 4, parcela 11.714 del catastro. Visitado el terreno se comprueba la existencia de un prado cerrado con un tendejón. Se reconoce como de propiedad particular tal como figura en catastro.
La presentada por doña Amor García Martínez sobre finca en el exclavado Gamma y situada en el polígono 13, anexa a la parcela 548 del polígono 15, se acepta la reclamación en base a su existencia en 1970 según foto aérea y a la visita al campo y comprobar la existencia de prado cerrado.
Don Olegario García Morán reclama sobre fincas situadas en el polígono 7, parcelas 884 y 883 del catastro, se acepta la reclamación y se reconocen las fincas antes citadas como particulares, corrigiendo el deslinde que ahora va en línea recta de piquete M52 al M55.
La presentada por doña María Rogelia Piloñeta Alonso, visitado el lugar y viendo signos de existencia de antigua finca, se acepta la reclamación reconociendo como particular la finca 1.935 del polígono 9 del catastro, si bien en los planos de catastro figura desplazada del lugar de ubicación real de dicha finca. Se acepta según la ubicación real que es la que reflejamos en nuestro nuevo plano del deslinde.
Don Enrique Blanco Argüelles reclama sobre la finca “Llana Oscura” situada en la zona de Villarín (Tiraña), pero sin saber su situación. Se tienen determinadas todas las fincas de la zona con su correspondiente propietario y no corresponde a ninguna de ellas, por tanto no se acepta la reclamación.
La presentada por don Samuel González García al girar visita sobre el terreno se acepta dicha reclamación respecto a la finca situada en la parcela número 231 del polígono número 7, sita en el pueblo de Condado, corrigiendo el deslinde en línea más o menos recta, por la pared y línea de árboles, del piquete 99 al 102.
Respecto a la reclamación presentada por don Alfredo Alonso Rodríguez de la finca El Cortorial, situada en el polígono 12, parcela 358, no se aprecian en el terreno signos o restos de cierre primitivo de piedra o sebes de la ampliación reclamada de la finca 358, aceptando solamente la finca que figura en catastro. No se acepta la reclamación.
La reclamación presentada por don Manuel Martínez Barbon sobre finca situada en La Caborna, después de visitado el terreno y comprobado que la delimitación de la finca es igual que otras muchas carcovas del terreno en monte público, consultado el catastro que asigna la parcela al monte y consultada la foto aérea de 1970 donde tampoco se reconoce finca alguna, no se acepta la reclamación.
Don Agustín Rodríguez Trapiella sobre la parcela El Casoyal, después de la visita al terreno se comprueba que la reclamación expuesta coincide con lo representado en el deslinde y considerada la finca particular.
Doña Katherine Rubio González reclama sobre finca que considera de su propiedad, sobre la que ya existe una denuncia y un arrasamiento (expediente MOC-50/95), no figura en catastro ni se aprecian restos de cierres antiguos. No se acepta la reclamación.
Doña Isidora Fernández Alvarez, reclama sobre la finca Breza, situada en la Campa de Breza con una superficie de 20 áreas y 37 ca., sobre dicha finca hemos de informar que en el catastro no encaja ni siquiera la construcción, no existe en el terreno signo alguno de finca, tampoco en la foto aérea de 1970 no existe símbolo alguno de la finca. Y la escritura, en la que figura una 1ª inscripción fue realizada sin consulta del Servicio de Montes.
No se acepta la reclamación de propiedad y debe anularse la inscripción, pudiendo legalizar la situación solicitando la construcción como ocupación para uso ganadero.
Se remiten las reclamaciones citadas al Servicio de Asuntos Generales, emitiendo éste su informe considerando que deben ser rechazadas en los términos contenidos en el informe del Jefe del Servicio del Montes.
Undécimo.— Consta en el expediente del informe propuesta del Jefe del Servicio de fecha 20 de octubre de 2003.
Duodécimo.— Que el emplazamiento de cada uno de los piquetes se describe con precisión en las actas de apeo y quedan reflejados en los planos que figuran en el expediente.
Fundamentación jurídica
Primero.— Que la Consejería de Medio Rural y Pesca es competente para conocer y resolver acerca del contenido y objeto del presente expediente de deslinde total del monte de utilidad pública número 226 del catálogo de utilidad pública de la provincia, denominado “Peñamayor”, sito en el término municipal de Laviana, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por el Ordenamiento Jurídico.
Segundo.— Que el presente expediente ha sido tramitado con observancia a los requisitos formales de aplicación previstos en la legislación de montes, habiendo sido cumplimentados los trámites de publicación y de comunicación previstos en garantía de los intereses concurrentes.
Tercero.— Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa para cuestiones relacionadas con la tramitación o de carácter administrativo se podrá interponer Recurso de Súplica, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que estime conveniente interponer en defensa de sus intereses.
Para cuestiones relativas al dominio o a la posesión queda expedita la vía judicial civil.
Vistos: La Ley de Montes de 8 de junio de 1957, el Reglamento de la misma aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y el informe propuesta del Jefe del Servicio de Montes de esta Consejería.
RESUELVO
Que se apruebe el deslinde total del monte de utilidad pública número 226 “Peñamayor” de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la descripción siguiente:
• Provincia: Asturias.
• Monte de utilidad pública número 226 “Peñamayor”.
• Término municipal: Laviana.
• Pertenencia de los pueblos de Condado, Pola y Tiraña.
• Límites:
- Norte: Monte de utilidad pública 193 Peñamayor de la pertenencia y término municipal de Bimenes.
- Este: Monte de utilidad pública 155 Peñamayor término municipal de Nava; Monte 169 “La Muriosa” término municipal de Piloña; Monte de utilidad pública 157 “ La Carbazosa y Fardiello” término municipal de Piloña y Monte de utilidad pública 228 “Comillera”término de Sobrescobio.
- Sur: Carretera de Rioseco.
- Oeste: Fincas particulares de El Condado, La Sierra, Rebollada, Pielgos, Sertera, Los Veneros, Ordaliega y Bimenes.
• Descripción de linderos:
- Partiendo del punto más al norte “Pico de los Ortigales” y caminando en el sentido de las agujas del reloj dejando el monte a la derecha a buscar el cruce de arroyos en la Majada de Anes y luego a una gran piedra en forma de menhir que algunos lo llaman “El Xerron de Neres” y de aquí al Pico Treme y al Pico Rosellón, lindando en este primer tramo con el monte de utilidad pública número 155 Peñamayor de Nava. Del Pico Rosellón continua aguas vertientes por el Pico los Negros, Pico La Fuente, Pico Los Mielatos y Pico Arrudo lindando en este segundo tramo con los montes de utilidad pública número 169 y 157 denominados “La Muriosa” y “La Carbazosa” del término municipal de Piloña. Del Pico Arrudo sube al Pico La Chamoca y al Pico Saus y después de alcanzar la cota 1.074 baja a la Riega Comillera por la que baja hasta la carretera AS-17 y baja por esta en dirección sur hasta lugar de Cueva Maor y aquí cambia a rumbo Norte librando fincas de El Condado, La Aldea, Boroñes y La Xerra llegando a la Campa Fresneo cambiando ahora a rumbo sur-oeste librando fincas de La Xerra y Ferrera llegando a la zona conocida por La Collada y luego Campa de los Difuntos y Campa El Salgueru donde encontramos los exclavados Alfa y Beta; sigue al nor-este y luego al oeste bordeando fincas de La Robella, se disgrega el monte en los exclavados Delta en la Campa Espineres y el Gamma, más al oeste en la zona de Picu Blanco.Sigue bordeando fincas de Veneros hacia la zona de Les Xinariegues, La Llana’l Rubio, el Picuetón, Xerru Gües y Pico Los Ortigales donde cierra el Deslinde. Al oeste de este último tramo está el exclavado Epsilon que va desde La Vauga hasta el Pico La Arquera y El Rasu lindando al norte con el término municipal de Bimenes y al sur con fincas particulares de Villarín y Cortina.
El monte cuenta con los 5 exclavados mencionados y con un total de 69 enclaves.
• Exclavados.
Se han determinado 5 exclavados:
- Alfa: Próximo a la Campa de los Difuntos, de 8,59 Has. Sin enclavados.
- Beta: En la Campa El Salguero, de 22,63 Has. Sin enclavados.
- Gamma: En Picu Blanco, de 27,21 Has. Con un enclavado
- Delta: En La Campa La Espinera de 5,58 Has. Sin enclavados.
- Epsilon: En la zona de Pico L’Arquera colindante con el Término Municipal de Bimenes. De 110,29 Has. Con 8 enclaves.
Suman un total de 181,22 Has con 6,92 Has. de enclaves lo que implica un total de 174,30 Has de superficie pública resultante.
• Enclavados.
Se han determinado un total de 69 enclavados que suman en total 122,80 Has.
• Cabida.
La cabida total del monte de utilidad pública número 227 “Peñamayor” es de 1.763,79 Has. como resultado de la siguiente operación:
- Superficie del sector principal del monte + 1.705,37 Has.
- Superficie exclavados + 181,22 Has.
- Superficie enclavados - 122,80 Has.
- Total superficie pública resultante 1.763,79 Has.
Y que se proceda al amojonamiento del Monte”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Oviedo, a 7 de noviembre de 2003.—El Secretario General Técnico.—16.829.