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Don Rubén del Valle Martínez, Secretario de la Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias,
Doy fe y testimonio: Que en la reclamación número 059/2003 tramitada ante esta Junta, se ha dictado Laudo cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen literalmente lo siguiente:
En Oviedo, a dieciséis de septiembre de dos mil tres, constituida la Junta Arbitral del Transporte integrada por su Presidente, don Luis Pérez-Herrerín García, por el Vocal, don Javier Fernández Torres y por su Secretario, don Rubén del Valle Martínez y en ausencia del Vocal representante de Empresas Cargadoras, que excusó su asistencia, ha dictado el siguiente Laudo en reclamación número 059/2003 promovida por don Manuel Fernández Méndez, en nombre y representación de la entidad mercantil Open European Fleet, S.A., contra la mercantil Vicenser 97, S.L. evaluada económicamente en 92.083 pesetas, es decir, quinientos cincuenta y tres euros con cuarenta y tres céntimos (553,43 euros) de principal, más intereses y costas.
Fallo
En atención a lo expuesto esta Junta Arbitral, por unanimidad, acuerda declararse no competente para conocer de la reclamación planteada por don Manuel Fernández Méndez en nombre y representación de la entidad mercantil Open European Fleet, S.A., contra la mercantil Vicenser 97, S.L., conservando la entidad reclamante las acciones legales oportunas para ejercitarlas ante el órgano competente.
Contra el presente Laudo puede ser interpuesto recurso de anulación ante la Audiencia Provincial de Asturias, de conformidad con lo establecido por el artículo 9.8 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diez días siguientes a su notificación.
Y para que sirva de notificación a la entidad Vicenser 97, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el Boletin oficial del Principado de Asturias y fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Portugalete.
En Oviedo, a 6 de noviembre de 2003.—El Secretario de la Junta Arbitral del Transporte.—16.678 (5).