AYUNTAMIENTOS
DE ALLER
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Bases para la provisión de dos plazas de Agentes de Desarrollo Local para la Agencia de Desarrollo Local "Montaña Central" aprobadas por la Comisión Municipal de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 23 de octubre de 2002.
Las plazas que se pretenden cubrir y cuya selección se regula mediante las presentes bases surgen en virtud del convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Aller, en calidad de representante de la Agrupación de Municipios de la Montaña Central, y el Principado de Asturias, en vigor para el período comprendido entre el 2000 y el 2002, que tiene por objeto el mantenimiento y optimización de la Agencia de Desarrollo Local Montaña Central, incluida dentro de la Medida de Optimización de la Red Asturiana de Desarrollo Local del Pacto Institucional por el Empleo.
Se trata de un convenio que se desarrollará entre los años 2000 a 2003, por lo que la relación entre el Ayuntamiento de Aller y la persona seleccionada se hará en régimen de contratación laboral temporal, al amparo del Real Decreto 2.546/94, formalizándose contrato para obra o servicio con plena dedicación, siendo incompatible con cualquier otra actividad relacionada con el desempeño de este puesto de trabajo y con las características y condiciones que se indican en la presente convocatoria.
La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición y las funciones a desarrollar serán las propias de un agente de desarrollo local, a saber:
• Asesorar y acompañar los procesos de planificación relacionados con el desarrollo territorial.
• Fomentar la relación entre el tejido económico, los instrumentos de desarrollo y los subsistemas de cualificación.
• Impulsar el desarrollo económico del territorio, propiciando el empleo por cuenta ajena y propia y la economía social.
• Planificar, gestionar, evaluar y justificar los programas locales de empleo.
• Colaborar con la administración del Principado de Asturias para la coordinación y seguimiento de las acciones.
2º.— Características del puesto de trabajo.
• Se establece un período de prueba de seis meses.
• Le será de aplicación el convenio colectivo provincial de oficinas y despachos.
3º.— Condiciones de los aspirantes.
• Nacionalidad comunitaria y mayoría de edad laboral.
• No padecer enfermedad o defecto psíquico que impida el normal ejercicio de las funciones a desarrollar, ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
• No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio en cualquiera de las administraciones públicas y sus organismos autónomos, ni haber sido objeto de despido procedente por parte de cualquier empresa o entidad pública o privada.
• Estar en posesión del título en cualquier licenciatura.
• Estar en posesión del carné de conducir de clase B-1.
Los citados requisitos, al igual que los méritos en su caso alegados para la fase de concurso, se entienden referidos y de obligado cumplimiento a la finalización del plazo de presentación de las instancias de solicitud.
4º.— Solicitudes.
Los aspirantes a las plazas deberán dirigir su instancia al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aller, en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en Boletin Oficial del Principado de Asturias haciendo constar, bajo su responsabilidad, que reúnen los requisitos exigidos en la base tercera.
Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la Avda. Constitución nº 1 de Cabañaquinta, según la fórmula establecida en el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, debiendo acompañarse currículum vitae y acreditación de todos los méritos que en el mismo se aleguen.
A la instancia se acompañará:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia del carné de conducir.
• Título de licenciado.
• Currículum Vital, en el que se especificarán los méritos que se aleguen para la Fase de Concurso, así como documentos acreditativos de dichos méritos, en original o fotocopia compulsada.
5º— Admisión de los aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos que se hará pública en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Aller y del resto de los Ayuntamientos que integran la Agrupación de Municipios de la Montaña Central (Lena, Mieres, Morcín, Ribera de Arriba y Riosa), concediéndose un plazo de diez días (art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) a los aspirantes excluidos para la presentación de reclamaciones o subsanación de algún defecto, entendiéndose caducado este derecho por el transcurso del plazo sin efectuarlo.
Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública en la forma antes indicada y en la que se señalará, igualmente, la composición del Tribunal, el lugar, la fecha y hora de comienzo de la primera prueba de la fase de oposición.
6º— El tribunal.
Estará constituido el tribunal de la siguiente forma:
• Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aller.
• Vocales: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mieres; Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Morcín; Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lena; un representante a designar por la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo y un técnico designado por el Consorcio Montaña Central.
• Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Aller o funcionario en quien delegue.
El tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas legalmente.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, y su actuación habrá de ajustarse a las bases de la convocatoria. No obstante, quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en estas bases.
A los efectos de asistencias abonables a los miembros del tribunal, ésta será de categoría cuarta.
7º.— Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
Los aspirantes serán convocados mediante llamamiento único para la realización del ejercicio de la fase de oposición, conforme se determina en la base quinta, quedando excluido quien no comparezca. En el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aller y del resto de los Ayuntamientos que integran la Agrupación de Municipios de la Montaña Central (Lena, Mieres, Morcín, Ribera de Arriba y Riosa) se hará público el lugar, día y hora.
El orden de actuación de los aspirantes será el alfabético.
8º.— Pruebas a desarrollar.
1ª— Fase de concurso. Siendo objeto de valoración los siguientes términos:
Experiencia laboral:
Experiencia en actividades relacionadas con el desarrollo local, la promoción económica y el empleo del desarrollo de programas europeos.
Los méritos a valorar serán los siguientes:
• Gestión y asesoría económica y administrativa. (0,2 por año).
• Programas vinculados al desarrollo local o la gestión de programas europeos a desarrollar en el ámbito local. (0,2 por año).
• Otros programas de promoción económica y empleo. (0,2 por año).
La experiencia se valorará hasta un máximo de 5 puntos, a razón de 0,2 puntos por año, puntuándose proporcionalmente los períodos inferiores a 1 año.
2ª— Fase de oposición. Esta fase consistirá en desarrollar de forma oral y en un tiempo máximo de 20 minutos, dos temas extraídos al azar de los que a continuación se relacionan:
1.— El Pacto Institucional por el empleo del Principado de Asturias.
2.— Acciones locales de empleo.
3.— Programa de ayudas a empresas.
4.— Programa de ayudas al empleo. Fomento del empleo autónomo, ayudas a la contratación.
5.— Plan complementario de reactivación de las comarcas mineras del Principado de Asturias.
6.— Plan de la Minería del Carbón y del Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
7.— Los Fondos Estructurales. Los programas e iniciativas comunitarias.
8.— Proder. Proder Montaña Central.
9.— Los Planes de Excelencia y Dinamización Turística. Plan de Dinamización Turística "Valles Mineros de Asturias".
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarla.
3ª.— Fase de entrevista.
El tribunal entrevistará a los aspirantes (que hayan superado las pruebas anteriores) sobre cuestiones que estimen de interés y propias del cargo a desarrollar.
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar 5 puntos para superarla.
9º.— Clasificación definitiva y nombramiento.
Finalizadas las pruebas y terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aller y del resto de los Ayuntamientos que integran la Agrupación de Municipios de la Montaña Central (Lena, Mieres, Morcín, Ribera de Arriba y Riosa) la relación de los mismos por orden de puntuación, con propuesta concreta del aspirante seleccionado para cubrir la plaza convocada y elevará dicha propuesta a la Presidencia para el correspondiente nombramiento y formalización de contrato, según lo establecido en los párrafos siguientes.
En el contrato se hará constar un período de prueba, de conformidad con lo establecido en el convenio laboral de oficinas y despachos. Durante dicho plazo el trabajador tendrá todos los derechos inherentes a la naturaleza del contrato de trabajo suscrito, salvo los derivados de la resolución laboral, que podrá producirse en cualquier momento y a instancia de cualesquiera de las partes.
El tribunal podrá, asimismo, elevar propuesta de que se declaren desiertas las pruebas selectivas, por no haber alcanzado ningún aspirante la puntuación exigida para superar la totalidad de los ejercicios.
10º.— Acreditación de requisitos y presentación de documentos.
Con carácter previo a la formalización del contrato, el aspirante seleccionado deberá presentar, en el plazo máximo de cinco días naturales, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las funciones.
c) Declaración jurada de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público o privado que dejará de desempeñar una vez suscrito el contrato.
d) Fotocopia compulsada del carné de conducir clase B-1.
e) Fotocopia compulsada del título requerido.
f) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al estado, comunidad autónoma, entidad local o sus organismos autónomos, ni haber sido despedido de relación laboral anterior por causa de incumplimiento grave y culpable del trabajador.
11º.— Formalización del contrato.
Efectuado el nombramiento, el designado tomará posesión y firma del contrato dentro del plazo de diez días, desde la notificación del mismo.
La inobservancia de estos plazos supondrá el decaimiento en el derecho excepto en el caso de eventual y justificada solicitud de concesión de prórroga.
Si no pudiera formalizarse el contrato o la plaza quedase vacante por cualquier causa se asignará la misma al siguiente aspirante en puntuación.
12º.— Impugnaciones.
Sin perjuicio de su revisión de oficio, la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnadas en los casos y la forma que establece la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable.
13º.— Derecho supletorio.
En todo no lo previsto en estas bases será de aplicación la legislación estatal o autonómica de régimen local, procedimiento administrativo y laboral que resulte de aplicación.
En Aller, a 22 de noviembre de 2002.— El Alcalde.— 18.716.