Buscar en el BOPA :

Consultar una disposición

Boletín Nº 288 del sábado 14 de diciembre de 2002

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente AT-7130, incoado en esta Consejería solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario:Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación:

—Ampliación del centro de transformación, tipo edificio, denominado "Fozaneldi", consistente en la sustitución del actual transformador por otro de 630kVA de potencia y relación de transformación 22kV/B2, así como los actuales cuadros de baja tensión por unos de doce salidas.

Emplazamiento:Calle Darío d Regoyos, nº 6 de Oviedo, concejo de Oviedo.

Objeto:Atender la demanda de energía eléctrica en la zona.

Esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 4.100/1982, de 29 de diciembre, 386/1985, de 9 de enero y 836/1995, de 30 de mayo.

RESUELVE

1.—Autorizar la instalación eléctrica solicitada.

2.— Aprobar el proyecto de la instalación reseñada.

La presente resolución se otorga de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, con las condiciones especiales siguientes:

Primera.— Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán estrictamente a los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión que le sean de aplicación.

Segunda.— El plazo de puesta en servicio será de un año contado a partir de la presente resolución.

Tercera.— Una vez ejecutado el proyecto, se presentara la correspondiente solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como con las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia.

Cuarta.— Se dará cumplimiento, además, a las condiciones técnicas impuestas por los organismos y corporaciones cuya jurisdicción resulte afectada por esta instalación, las cuales han sido puestas en conocimiento del titular y aceptadas expresamente por él.

Contra esta resolución se puede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 28 de la Ley 2/95 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 30 de octubre de 2002.—El Consejero de Industria, Comercio yTurismo.—(P.D.Resolución de 20-8-01 BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 24-8-01).— El Director General de Industria y Minería.—18.605.