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Boletín Nº 287 del viernes 13 de diciembre de 2002

AYUNTAMIENTOS

DE PILOñA

DE PILOñA

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El Pleno del Ayuntamiento de Piloña, en fecha 28-11-02, por unanimidad de los miembros presentes, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1) Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal del Ayuntamiento de Piloña.

2) Publicar en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias la relación de puestos de trabajo del personal del Ayuntamiento de Piloña.

3) Remitir una copia de la relación de puestos a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados potestativa y alternativamente los siguientes recursos: A) Recurso administrativo de reposición ante el órgano autor del acto en el plazo de un mes. B) Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses. En su caso, podrá interponerse cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente para la mejor defensa de sus derechos. Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, LRJPAC, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE PILOÑA (Véase en formato PDF)

Código: Se utiliza una codificación de 5 dígitos, el primero y segundo para designar el área, el tercero el tipo de contrato, el cuarto y el quinto el número ordinal.

Denominación: Dentro de cada área los puestos se ordenan según su dependencia de los puestos de la estructura municipal.

Dotación: Se expresan el número de puestos de trabajo dotados presupuestariamente.

Grupo: Grupo de titulación.

Nivel: Nivel de complemento del puesto de trabajo o de destino, asignado a cada puesto de trabajo, que viene determinado por la valoración y clasificación de puestos de trabajo.

Complemento específico: Se expresa el importe anual en euros.

T.P.: Tipo de puesto, singularizado (S), aquel cuyas funciones específicas lo distingan de los restantes puestos de trabajo, de confianza (C) o no singularizado (N).

F.P.: Forma de provisión, concurso (C), libre designación (L).

ADM: Adscripción a otras Administraciones, Cuerpos de Habilitación Nacional (A3), Administración Local (Al), Adm.

Institucional (A3).

TP: Tipos de colectivos, funcionario (F), laboral (L).

TITUL: Titulación académica, Licenciado en Derecho (1), Licenciado en Políticas (2), Licenciado en Económicas (3), Arquitecto o Ingeniero (4), Trabajadora Social (5).

En Infiesto, a 29 de noviembre de 2002.—El Alcalde. —18.967.