OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO
Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueba anticipadamente la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria.
BDNS (Identif.): 668819.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/668819).
Primero.—Beneficiarios:
Podrá solicitar estas subvenciones cualquier asturiano residente en el Principado de Asturias mayor de edad que cumpla los requisitos exigidos por la Resolución de convocatoria.
La línea 1 es la destinada a aquéllos autónomos que se dediquen profesionalmente al ámbito cultural y que, por tanto, estén dados de alta en el impuesto de actividades económicas al efecto.
La línea 2 se dirige a las personas que no se dediquen profesionalmente al ámbito cultural y que, por tanto, no estén dadas de alta en el impuesto de actividades económicas al efecto, pues, en este caso, la línea de subvención procedente será la 1.
Segundo.—Finalidad:
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación literaria de obras originales e inéditas, con el fin de apoyar la vocación artística de todos los ciudadanos y el desarrollo pleno de sus capacidades, obras que habrán de estar escritas en cualquiera de las lenguas de Asturias, tanto en castellano como en asturiano o eonaviego (gallego-asturiano), en alguna de las siguientes modalidades:
a) Narrativa (novela, novela corta y libro de relatos): un mínimo de 30.000 palabras.
b) Poesía: un mínimo de 500 versos.
c) Teatro: mínimo 20.000 palabras.
d) Cómic y novela gráfica: mínimo 40 páginas.
e) Ensayo, sobre un tema propio del campo de las humanidades: mínimo 30.000 palabras.
f) Literatura juvenil: mínimo de 20.000 palabras.
Tercero.—Bases reguladoras:
Resolución de 11 de agosto de 2022, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación literaria (BOPA n.º 162, de 23 de agosto de 2022).
Cuarto.—Importe: 40.000 euros.
El importe de la subvención a conceder en cada una de las dos líneas por modalidad literaria será de 3.000 euros por cada beneficiario y proyecto. Asimismo, el número máximo de subvenciones a conceder en cada una de las líneas será de 5, ordenando los proyectos por puntuación de mayor a menor en cada línea.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.
Sexto.—Otros datos de interés.
Las actividades o proyectos culturales objeto de la presente convocatoria deberán estar terminadas el 15 de septiembre de 2023, día inclusive. El plazo de justificación finalizará el día 30 de septiembre de 2023, día inclusive.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio AYUD0439, en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria y el formulario normalizado de solicitud.
Oviedo, a 30 de diciembre de 2022.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo.—Cód. 2023-00037.