AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 5 plazas de la Categoría de Operario/a Agroganadero/a y de Obras Públicas de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).
Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).
Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.
En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),
RESUELVO
Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 5 plazas de la categoría de Operario/a Agroganadero/a y de Obras Públicas de la Administración del Principado de Asturias, correspondientes a la oferta de empleo extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).
Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales.
BASES ESPECÍFICAS
Primera.—Distribución de plazas.
1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 5 plazas de la categoría de Operario/a Agroganadero/a y de Obras Públicas, Grupo E, en turno de acceso libre, en régimen de personal laboral fijo de la Administración del Principado de Asturias.
Segunda.—Requisitos de participación.
2.1 Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las Bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. No poseer la condición de personal laboral fijo de la categoría de Operario/a Agroganadero/a y de Obras Públicas de la Administración del Principado de Asturias.
2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Graduado Escolar.
También podrán presentarse las personas que estén en posesión del Certificado de Escolaridad o del certificado sustitutorio del Certificado de Escolaridad, de conformidad con los artículos 2 y 3 de la Orden EDC/1417/2012, de 30 de junio de 2012, por el que se establece la equivalencia del Certificado de Escolaridad y de otros estudios con el título de Graduado Escolar regulado en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a efectos laborales (BOE 30/06/2012). Asimismo, podrán presentarse las personas que hayan obtenido resolución individualizada de equivalencia con el Graduado Escolar a efectos laborales, de conformidad con los artículos 4, 5 y 6 de la Orden EDC/1417/2012.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación o enseñanza.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Tercera.—Estructura de la fase de oposición.
El programa de la oposición para las plazas convocadas es el que se recoge en el anexo I de la presente convocatoria.
La fase de oposición estará integrada por la prueba que a continuación se indica, teniendo carácter obligatorio y eliminatorio.
Prueba única:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 40 preguntas con 10 preguntas de reserva. Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
Las preguntas tendrán carácter teórico y práctico y versarán sobre las materias del programa.
El tiempo para la realización de esta prueba única será de 50 minutos.
Esta prueba se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 30 puntos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar en la carátula del cuadernillo de examen, de los criterios de corrección del ejercicio, sin que en ningún caso, para alcanzar la mitad de la puntuación máxima posible, se pueda exigir más de la mitad de aciertos netos.
La calificación esta prueba se obtendrá mediante la transformación de las puntuaciones directas obtenidas por los aspirantes, a la escala de calificación establecida en las presentes bases, en función del criterio de corrección acordado por el Tribunal. La transformación de las puntuaciones se realizará conforme a la fórmula establecida en el anexo II.
Cuarta.—Fase de concurso. Méritos específicos
4.1 De conformidad con la Resolución por la que se aprueban las bases generales, no siendo las funciones de la categoría Operario Agroganadero y de Obras Públicas propias de una profesión regulada los méritos a valorar en el apartado “C.1. Méritos profesionales” son los contenidos en los subapartados a, b, c y d.
Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 8.2 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 3.f) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D., La Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021-BOPA 20/09/2021).—Cód. 2022-10682.
Bases específicas del proceso selectivo para la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, de 5 plazas de la categoría de Operario/a Agroganadero/a y de Obras Públicas, Grupo E, en turno de acceso libre, en régimen de personal laboral fijo de la Administración del Principado de Asturias (OEP Estabilización 2022)
Anexo I
PROGRAMA
La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución por la que se designe al Tribunal Calificador.
1. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: artículo 8 concepto y clases de empleados públicos (artículo 8), definición de personal laboral (artículo 11) y derechos de los empleados públicos (artículos 14 y 15). Regulación en materia de jornada, horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias: Jornada: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2019 (BOPA de 27/05/2019); Horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013 (BOPA de 03/05/2013), modificado por sendos Acuerdos de 27 de enero de 2016 (BOPA de 29/01/2016).
2. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo I). Derecho a la protección frente a los riesgos laborales y Principios de la acción preventiva (artículos 14 y 15). Condiciones de seguridad y salud en los trabajos de mantenimiento y conservación de carreteras y en actividades agroganaderas. Buenas prácticas preventivas. Medidas de protección. Equipos de protección individual.
3. Definición de las distintas clases de carreteras y vías. Elementos constitutivos de la carretera. Definición y descripción de las obras de tierra.
4. Definiciones y descripción de los firmes y pavimentos y sus componentes. Definición y descripción de los materiales elementales más usuales de la carretera. Señales de tráfico y elementos de balizamiento.
5. Descripción de los trabajos más usuales en la conservación de carreteras: limpieza de arcenes y cunetas; bacheos; limpieza de obras de fábrica; señalización y balizamiento de obras; plantaciones. Herramientas.
6. Nociones básicas de aritmética: suma, resta, multiplicación y división. Sistemas de medidas. Nociones básicas de geometría: áreas, perímetros y volúmenes.
7. Principales producciones ganaderas en el Principado de Asturias: Vacuno (carne y leche), porcino, ovino, caprino y caballar (carne). Alimentación del ganado. Bases del racionamiento. Uso de concentrados. Saneamiento ganadero. Normas de higiene y sanidad en la explotación ganadera.
8. Las plagas y las enfermedades de los principales cultivos en Asturias*: enfermedades forestales, en frutales, en cultivos hortícolas y en cultivos forrajeros. Prevención y lucha contras las plagas. Normas de uso de los plaguicidas. Obligaciones de los particulares.
*Principales cultivos en Asturias:
A. Especies Forestales: Castaño, roble, haya, pino, eucalipto, mezcla de frondosas autóctonas, especies de riberas.
B. Frutales (con más de 50 ha): Manzano, kiwi, arándano, vid
C. Cultivos Hortícolas y Forrajeros:
Tipo de cultivo | Especie |
---|
Cereales | Trigo escanda |
Maíz-grano |
Leguminosas grano | Judía seca |
Tubérculos consumo humano | Patata |
Cultivos forrajeros | Gramíneas (incluye maíz forrajero) |
Leguminosas (alfalfa/trébol) |
Tubérculos |
Praderas |
Hortalizas | Lechuga |
Berza |
Calabacín |
Tomate |
Pimiento |
Cebolla |
9. Descripción y formas de utilización de la principal maquinaria utilizada habitualmente en las explotaciones ganaderas y agrícolas asturianas: Desbrozadora manual; motocultor; motosierra; podadoras; equipos para tratamientos fitosanitarios como pulverizadora, atomizadoras; Tractor agrícola con diferentes aperos (desbrozadora, subsolador, arado de vertedera, fresa, atomizador de tratamientos).
Anexo II
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