OTRAS DISPOSICIONES
UNIVERSIDAD DE OVIEDO
Resolución de 23 de diciembre de 2022, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo para 2022 durante el ejercicio 2023.
Los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, establecen en su artículo 198.4. que “Si el presupuesto no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se prorrogará el del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo, por Resolución del Rector. Ésta contendrá la pertinente depuración de los gastos e ingresos que sean exclusivos del ejercicio prorrogado.”
En el mismo sentido se manifiesta el artículo 26 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de enero de 2022, que establece que “1. De acuerdo con el artículo 198 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, si el presupuesto del ejercicio no estuviese aprobado antes del 1 de enero se considera prorrogado, teniendo como límite la estimación del total de ingresos propios del ejercicio, excluyendo, además, los servicios o programas específicos de gasto que deban terminar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan. 2. El Presupuesto prorrogado podrá ser objeto de todas las modificaciones presupuestarias previstas legalmente. 3. De acuerdo con lo que establezcan las correspondientes Bases de ejecución presupuestaria, el Rectorado dictará la oportuna Resolución, a propuesta de la Gerencia, delimitando los aspectos previstos en los apartados anteriores y realizará las adaptaciones que, por razones técnicas, resulten necesarias para garantizar la adecuada gestión y ejecución del presupuesto, incluyendo la incorporación de los remanentes afectados.”
Teniendo en cuanta que la Universidad de Oviedo no ha podido culminar el trámite de aprobación de los Presupuestos para el ejercicio 2023, estando pendiente la aprobación de los mismos por el Consejo Social de la Universidad de Oviedo, la cual no se producirá antes del 31 de diciembre de 2022, se hace obligado establecer la prórroga para el ejercicio 2023 del Presupuesto del ejercicio 2022, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias N.º 20 de 31 de enero de 2022, por Resolución de 25 de enero de 2022, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se ordena la publicación del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2022.
Por lo expuesto, y atendiendo a las previsiones recogidas en los artículos 198.4 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, 31 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad para 2022 y 26 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo, a propuesta del Gerente, y previa deliberación del Consejo Rectoral,
RESUELVO
Primero.—Ámbito de aplicación.
Considerando lo dispuesto en el artículo 198.4 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, artículo 31 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad para 2022 y artículo 26 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la Universidad de Oviedo, desde el 1 de enero de 2023, y hasta la aprobación y entrada en vigor de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo para 2023, se prorrogan los Presupuestos de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2022, aprobados por unanimidad en el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de diciembre de 2021 y elevados al Consejo Social para su aprobación.
Segundo.—Alcance de la prórroga.
La prórroga del presupuesto alcanza, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para 2022, tanto a los créditos del presupuesto -en los términos establecidos en el apartado tercero de esta Resolución- como a las normas establecidas en las Bases de Ejecución.
Tercero.—Créditos prorrogados.
1. En los términos contenidos en los artículos 198.4 de los Estatutos de la Universidad y 31 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad para 2022, se prorrogan los créditos iniciales aprobados para el presupuesto del ejercicio 2022 adaptados a la estructura presupuestaria incluida en el proyecto de presupuestos de la Universidad de Oviedo para 2023, salvo aquellos destinados a servicios o programas cuya vigencia temporal estuviese limitada al ejercicio presupuestario anterior.
2. Se prorrogan los créditos del capítulo 1, que podrán adaptarse a la estructura y relación de puestos de trabajo aprobados y en vigor a 31 de diciembre de 2022 y a los acuerdos y convenios de carácter vinculante suscritos con anterioridad a dicha fecha.
3. Se prorrogan los créditos de los capítulos 2 y 4 minorados en las aplicaciones que corresponda en las cantidades equivalentes a aquellos ingresos específicos y finalistas que figuraban como estimaciones en el presupuesto inicial 2022.
4. Se prorrogan los créditos de capítulos 6 y 7 con excepción de los correspondientes a obras y proyectos que hayan finalizado o cuya anualidad prevista para el ejercicio 2023 sea inferior o afectada a ingresos estimados en el ejercicio 2022 no susceptibles de ser percibidos en el ejercicio 2023.
5. Se prorrogan los créditos de capítulo 8, teniendo en cuenta los acuerdos vigentes a 31 de diciembre de 2022.
6. Se prorrogan los créditos de los capítulos 3 y 9 que dan cobertura a vencimientos y obligaciones previstos durante 2023.
Cuarto.—Financiación de los créditos prorrogados.
1. Se mantendrán en todo momento los principios de suficiencia financiera y equilibro presupuestario.
2. Se prorrogan las previsiones iniciales del estado de ingresos, con excepción de aquellos ingresos de carácter finalista o cuya previsión sea inferior a la prevista en las estimaciones iniciales del proyecto de presupuestos para 2023
Quinto.—Incremento provisional de las retribuciones de personal.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 de esta Resolución, con efectos de 1 de enero de 2023, las retribuciones del personal al servicio de la Universidad de Oviedo experimentarán el incremento previsto en la normativa básica estatal para todas las administraciones públicas, incremento que tendrá carácter provisional y que se percibirá a cuenta de la dotación específica que el Principado de Asturias asigne a la Universidad, por los mecanismos presupuestarios pertinentes, para esta finalidad.
Sexto.—Gestión de personal.
En tanto no se aprueben los Presupuestos de la Universidad para 2023 la oferta de empleo público se formará exclusivamente con las vacantes dotadas presupuestariamente en el presupuesto prorrogado, cuya provisión se considere inaplazable o prioritaria para el adecuado funcionamiento de los servicios.
Séptimo.—Contabilidad presupuestaria.
1. La apertura de la contabilidad presupuestaria del presupuesto prorrogado se efectuará de acuerdo al detalle de ingresos y gastos que, conforme a las instrucciones de esta Resolución, efectúe la Gerencia.
2. Aprobados, en su caso, los Presupuestos de la Universidad para 2023 la Gerencia elaborará una relación de equivalencias entre los conceptos presupuestarios del presupuesto aprobado y del presupuesto prorrogado a fin de imputar a este último las operaciones contables realizadas durante el período que transcurra desde el 1 de enero de 2023 hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto.
Octavo.—Modificaciones de crédito.
La tramitación de modificaciones de crédito no tendrá restricciones especiales respecto a las que se tramiten en otros ejercicios y se realizarán según lo previsto en la Resolución de 30 de junio de 2011 del Rector de la Universidad de Oviedo por la que se regulan las Modificaciones de Crédito del Presupuesto de esta Universidad.
Noveno.—Limitaciones presupuestarias.
Cuando razones de eficacia y equilibrio presupuestario lo requieran el rector, mediante resolución, y previo informe motivado del gerente, podrá establecer retenciones de crédito en las aplicaciones presupuestarias de gasto que resulten oportunas, con información posterior al Consejo de Gobierno y al Consejo Social.
Décimo.—Instrucciones de desarrollo.
Se autoriza al gerente para dictar, con el visto bueno del Rector, las instrucciones de carácter económico-administrativo que sean necesarias para la aplicación de la prórroga del Presupuesto 2022 de la Universidad de Oviedo, salvaguardando en todo caso:
a) La gestión de los derechos de ingreso.
b) El cumplimiento de los compromisos de gasto.
c) La adaptación de la estructura orgánica del presupuesto a las modificaciones normativas del mismo en vigor.
d) La aplicación de las bases de ejecución en términos de coherencia con el ejercicio 2022.
Undécimo.—Información y entrada en vigor.
a) De la presente Resolución se informará al Consejo de Gobierno y al Consejo Social de la Universidad.
b) Esta Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y se remitirá al BOPA para su publicación.
Oviedo, 23 de diciembre de 2022.—El Rector.—Cód. 2022-10659.