AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 1 plaza del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingeniero/a Superior de Minas de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).
Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).
Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.
En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),
RESUELVO
Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 1 plaza del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingeniero/a Superior de Minas de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la oferta de empleo extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).
Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales.
BASES ESPECÍFICAS
Primera.—Distribución de plazas.
1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 1 plaza del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingeniero/a Superior de Minas, Grupo A, Subgrupo A1, en turno de acceso libre ordinario, en régimen de funcionario de carrera de la Administración del Principado de Asturias.
Segunda.—Requisitos de participación.
2.1. Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las Bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. No poseer la condición de funcionario/a de carrera del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingeniero/a Superior de Minas de la Administración del Principado de Asturias.
2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Ingeniero de Minas o aquél que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero de Minas, según establecen las Directivas Comunitarias.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación o enseñanza.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Tercera.—Estructura de la fase de oposición.
3.1. El programa de la oposición para las plazas convocadas es el que se recoge en el anexo I de las presentes bases específicas.
3.2. La fase de oposición tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y estará integrada por las pruebas que a continuación se indican.
3.3. Cada una de las pruebas se calificará por el sistema de puntos establecido. La calificación de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de ellas.
Primera prueba.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas que versarán sobre las materias del programa. El cuestionario contará con 10 preguntas adicionales de reserva que servirán para sustituir las posibles preguntas del cuestionario que pudieran anularse, en estricto orden numérico.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,375 puntos. La pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,125 puntos.
Segunda prueba.
Consistirá en la resolución por escrito de uno o varios supuestos prácticos, relacionados con las materias del Programa.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 3 horas.
El ejercicio podrá ser leído públicamente por los aspirantes ante el Tribunal, previo señalamiento de fecha, hora y lugar. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.
Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos.
Si los supuestos prácticos se dividen en preguntas o apartados a los que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación, éste deberá informar a los aspirantes, antes del comienzo de la prueba, de la distribución de la puntuación realizada.
A efectos de calificación de la prueba el tribunal valorará el rigor analítico, los conocimientos teóricos y la capacidad para aplicar dichos conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen; así como la claridad de ideas y la capacidad de expresión escrita y, en su caso, de exposición del aspirante.
El Tribunal determinará, con carácter previo al inicio de la prueba, y dejando constancia en acta, los criterios de corrección para la valoración de la prueba.
Cuarta.—Calificación de las pruebas.
4.1. Para la superación de la fase de oposición será necesario obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo en el total de la fase de oposición, serán objeto de calificación única como no aprobadas y, a partir de ese momento, quedarán excluidas del proceso selectivo.
4.2. Finalizada la segunda prueba el Tribunal calificador hará público, en los medios previstos en la Resolución por la que se aprueban las bases generales, la calificación de la fase de oposición.
Quinta.—Fase de concurso. Méritos específicos.
5.1. De conformidad con la Resolución por la que se aprueban las bases generales, siendo Ingeniero Superior de Minas una profesión regulada los méritos a valorar en el apartado “C.1. Méritos profesionales” son los contenidos en los subapartados a, b, c, d y e.
Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 8.2.a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D., la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021-BOPA 20/09/2021).—Cód. 2022-10579.
Bases específicas del proceso selectivo para la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, de 1 plaza del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Ingeniero/a Superior de Minas, Grupo A, Subgrupo A1, en turno de acceso libre ordinario, en régimen de funcionario de carrera de la Administración del Principado de Asturias (OEP Extraordinaria 2022)
Anexo I
PROGRAMA
La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución que señale el comienzo de las pruebas.
Apartado A): parte general
1. La Constitución española de 1978: Título Preliminar; De los derechos y deberes fundamentales (Título I); De la organización territorial del Estado (Título VIII).
2. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias: Título Preliminar; De las competencias del Principado de Asturias (Título I); De los órganos institucionales del Principado de Asturias (Título II).
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones Generales (Título Preliminar); De los interesados en el procedimiento (Título I); De la actividad de las Administraciones Públicas (Título II); De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común (Título IV); De la revisión de los actos en vía administrativa (Título V).
4. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación (artículo 2); El personal al servicio de las Administraciones Públicas (Título II); Derechos, deberes y Código de conducta de los empleados públicos (Título III); Adquisición y pérdida de la relación de servicio; Situaciones administrativas (Título VI); Régimen disciplinario (Título VII).
5. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (I): Ámbito de aplicación de la Ley y delimitación de los tipos contractuales. Las partes en el contrato: órgano de contratación; capacidad y solvencia del empresario: normas generales de aptitud para contratar con el sector público. La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: normas generales y procedimientos.
6. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (II): El contrato de obras: Actuaciones preparatorias, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.
7. El Tratado de la Unión Europea: Disposiciones sobre las instituciones (Título III). Los efectos de las diferentes fuentes del derecho comunitario: tratados, reglamentos, directivas y decisiones.
8. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios de protección de datos; Derechos de las personas.
9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo 1.º); política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo (Capítulo 2.º); derechos y obligaciones (Capítulo 3.º); servicios de prevención (Capítulo 4.º).
Parte específica
Apartado B)
1. La Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas. El Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el reglamento general para el régimen de la minería. Ámbito de aplicación y clasificación de los recursos. La Ley 54/1980, de modificación de la Ley de minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos. El Real Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fijan los criterios de valoración para configurar la sección A) de la Ley de minas.
2. El régimen jurídico de los recursos de la sección A), B), C) y D). Autorizaciones. Permisos de exploración. Permisos de investigación. Concesiones de explotación. Terrenos francos y terrenos registrables. Demasías. Condiciones generales.
3. La ocupación temporal y la expropiación forzosa de terrenos necesarios para la localización de los trabajos, instalaciones y servicios para la exploración, investigación, explotación o aprovechamiento de los recursos mineros. Cotos mineros. Establecimientos de beneficio.
4. Planes de labores de las industrias extractivas. Modelo oficial en Asturias.
5. Terminación de expedientes que se tramiten para otorgamiento de derechos mineros y cancelación de inscripciones. Caducidad de los derechos mineros. Transmisión de derechos mineros. Competencia administrativa y sanciones.
6. Geodesia y cartografía. Las diferentes proyecciones cartográficas en la legislación minera española. Las coordenadas geográficas y las de la proyección UTM. Los sistemas de referencia geodésicos: evolución a través de la legislación minera y características de cada uno. Sistemas de navegación por satélite. Tipos, características principales y precisiones esperables.
7. Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria: Disposiciones generales. Seguridad y calidad industrial. Registro Integrado Industrial.
8. Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
9. Seguridad minera. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, de 2 de abril de 1985. Ámbito de aplicación y fines. Disposiciones generales. Su desarrollo mediante Instrucciones Técnicas Complementarias. Disposiciones Internas de Seguridad: concepto.
10. La Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE S.M. 02.1.01- Documento sobre seguridad y salud: Conceptos generales y contenido mínimo. Especial referencia a las Disposiciones Internas de Seguridad.
11. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias: Medidas de salvamento. Labores subterráneas.
12. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias: Especificaciones para minas subterráneas de carbón y labores con riesgo de explosión.
13. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias: Trabajos especiales, prospecciones y sondeos.
14. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias: Trabajos a cielo abierto. Escombreras.
15. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad e Instrucciones Técnicas Complementarias: Electricidad.
16. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera e Instrucciones Técnicas Complementarias: Explosivos.
17. Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad e Instrucciones Técnicas Complementarias: Establecimientos de beneficio de minerales. Certificaciones y homologaciones. Suspensión y abandono de labores. Competencia administrativa. Sanciones.
18. El Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Minero. Ámbito de aplicación. Contratación. Órganos especializados.
19. La Comisión Nacional de Seguridad Minera y la Comisión Regional de Seguridad Minera. Ámbitos de actuación y competencias.
20. Métodos de investigación de accidentes e incidentes laborales: método del árbol de causas. Análisis de la cadena causal. Estadística de accidentes. La seguridad en la minería de Asturias. Datos más relevantes. Índices más importantes.
21. Ley 1/1997, de 4 de abril, del Principado de Asturias, de infracciones y sanciones en materia de seguridad minera.
22. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Principios básicos de la actividad preventiva. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.
23. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Modalidades de prevención.
24. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
25. El Real Decreto 1389/1997, de 5 de diciembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y salud de los trabajadores en las actividades mineras. Disposiciones Generales. Obligaciones del empresario.
26. Seguridad en las máquinas y equipos de trabajo. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
27. Atmósferas explosivas. Real Decreto 144/2016, de 8 de abril, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas; Criterios que determinan la clasificación de los grupos de aparatos en categorías.
28. Aspectos reglamentarios y técnicos en la utilización de explosivos. Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos: Uso de explosivos. Seguridad laboral e industrial en el uso y manejo de explosivos: Regulación.
Apartado C)
1. Los yacimientos minerales. Concepto. Clasificación según el marco tectónico. Tipología. Metodología para la investigación y evaluación de los yacimientos.
2. Modelización de yacimientos y evaluación de reservas. Modelo geológico. Modelo económico. Sistemas de clasificación de reservas y recursos. Definiciones básicas. Clasificación de reservas por métodos geoestadísticos.
3. El proyecto minero. Fases de desarrollo de un proyecto minero. Viabilidad económica. Factores a considerar en los estudios de viabilidad. Conceptos de minería sostenible.
4. Estudio de impacto ambiental y estudio preliminar de impacto ambiental en industrias extractivas.
5. Minería energética. La reestructuración y reordenación de la minería del carbón. El Instituto para la Transición Justa.
6. Minería metálica. Características del sector. Mercados. Principales yacimientos metálicos en Asturias.
7. Las rocas industriales. Especial referencia al Principado de Asturias: Espato-Flúor. Caolín. Áridos y otros productos de cantera.
8. Las aguas minerales y termales. Macizos de protección.
9. El sector de las grandes instalaciones de combustión. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
10. El sector de la siderurgia. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
11. El sector de la metalurgia. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
12. El sector cementero. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
13. El sector carboquímico y el coque. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
14. El sector industrial de la gestión de residuos. Situación en Asturias. Aspectos ambientales relevantes.
15. Instalaciones de residuos mineros en industrias extractivas: definición y tipologías. Especial referencia a Asturias.
16. Sistemas de laboreo. Minería subterránea no energética. Características generales. Principales métodos: Cámaras y Pilares. Corte y Relleno. Voladura por subniveles.
17. Sistemas de laboreo. Explotación de labores subterráneas clasificadas respecto al riesgo de presencia de grisú y otros gases inflamables. Condicionantes técnicos y de seguridad. Electrificación de minas con grisú. Grados y modos de protección. Clasificación de labores por su nivel de peligrosidad.
18. Sistemas de laboreo a cielo abierto. Cortas. Minería de transferencia.
19. Sistemas de arranque, carga y transporte en minería a cielo abierto.
20. Sistemas de transporte y de extracción en minería subterránea.
21. Técnicas de sostenimiento de labores en minería subterránea. Conceptos básicos. Mampostas hidráulicas y bastidores. Tecnologías de bulonado. Hormigón proyectado.
22. Métodos de tratamiento del post-taller. Sistemas con relleno. Sistemas con hundimiento.
23. Ventilación. Aspectos básicos: ventilación principal y secundaria. Circulación de la corriente de aire: velocidades máximas y mínimas. Control de la atmósfera de mina: gases, polvo, caudal de ventilación, temperatura y humedad.
24. Explosivos. Características generales. Tipos utilizados en minería. Seguridad en su destrucción.
25. Explosivos. Voladuras en banco: Variables de diseño.
26. Explosivos. Voladuras de interior. Avance de galerías y túneles: zonas de voladura y tipos de cueles. Disposiciones especiales para trabajos con gases o polvos inflamables o explosivos: clasificación de labores y modalidades de disparo.
27. Explosivos. Voladuras especiales. Prevención de los efectos ambientales de las voladuras: vibraciones y onda aérea.
28. La problemática del polvo y el ruido en las explotaciones mineras. Evaluación de riesgos y medidas de prevención
29. Abandono definitivo de labores de aprovechamiento. Principales actuaciones en industrias extractivas a cielo abierto y de interior. Especial referencia a Asturias.
30. Medidas previstas para la rehabilitación del espacio natural afectado por la investigación y explotación de recursos minerales, incluidas las instalaciones y servicios anejos. Restauración de terrenos afectados por la actividad minera a cielo abierto. Principales problemas asociados: estabilidad de taludes, instalaciones de residuos, aguas de mina.
31. Problemática general de las escombreras. Ubicación. Deslizamientos. Lixiviados. Fuegos.
32. Subsidencia minera. Efectos en superficie: Relación entre método de laboreo y los efectos externos. Cálculo del cono de influencia. Medidas correctoras. Macizos de protección.
Apartado D)
1. Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras: Disposiciones Generales. Plan de restauración.
2. Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras: El plan de gestión de residuos. Garantías financieras o equivalentes. Inspecciones y efectos transfronterizos. Régimen sancionador. Evaluación ambiental estratégica de planes y programas y evaluación de impacto ambiental de proyectos. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
3. Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.
4. Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. La autorización ambiental integrada de instalaciones industriales. Situación en Asturias.
5. La autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera. La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
6. La calidad del aire. El Real Decreto 102/2011 de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire. La Red de Control de la Calidad del Aire del Principado de Asturias.
7. La autorización de vertido a los sistemas públicos de saneamiento. Ley del Principado de Asturias 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.
8. La autorización de vertido a dominio público hidráulico. El Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. El reglamento de dominio público hidráulico.
9. Régimen jurídico de la producción y gestión de residuos. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. El Plan estratégico de residuos del Principado de Asturias.
10. Régimen jurídico de las operaciones de la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. El Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
11. Régimen jurídico de las actividades clasificadas en Asturias. El reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y Peligrosas aprobado por decreto 2414/1961, de 30 de noviembre
12. La autorización de emisión de gases de efecto invernadero. El comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. La Ley 1/2005, de 9 de marzo.
13. Régimen jurídico de la Responsabilidad Medioambiental. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, modificada por Ley 11/2014, de 3 de julio. Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre. Análisis de riesgos ambientales.
14. Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.