OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se fija la distribución definitiva de los créditos estimativos previstos en la convocatoria de subvenciones públicas para 2022-2023, con destino a la financiación de programas de formación conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as ocupados/as.
En relación con la Convocatoria de subvenciones públicas para 2022-2023 con destino a la financiación de programas de formación conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as ocupados/as
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 1 de agosto de 2022 (BOPA de 10 de agosto de 2022), del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias se convocan subvenciones públicas para 2022-2023 con destino a la financiación de programas de formación conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as ocupados/as
Dicha convocatoria se rige por las bases reguladoras recogidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (BOE número 78, de 1 de abril de 2019), por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE número 217, de 10 de septiembre de 2015) y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (BOE número 159, de 5 de julio de 2017).
Segundo.—Que, el apartado Séptimo de la citada Convocatoria preveía una financiación para la realización de los programas de formación, y con carácter estimativo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, de tres millones novecientos sesenta mil (3.960.000,00 €), con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.741.001; 85.01.322J.761.006; 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2022/000180) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, y con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
Partida | PEP | Total | 2022 | 2023 |
---|
85.01.322J.741.001 | 2022/000180 | 5.000,00 € | 3.000,00 € | 2.000,00 € |
85.01.322J.761.006 | 8.333,33 € | 5.000,00 € | 3.333,33 € |
85.01.322J.771.012 | 2.375.000,00 € | 1.425.000,00 € | 950.000,00 € |
85.01.322J.781.032 | 1.571.666,67 € | 943.000,00 € | 628.666,67 € |
TOTAL | 3.960.000,00 € | 2.376.000,00 € | 1.584.000,00 € |
Tercero.—Que las solicitudes en fecha 19 de octubre de 2022 han sido analizadas por la Comisión de Valoración prevista en el apartado “Décimo” de la citada Convocatoria pública. Procediéndose a su publicación en la web www.trabajastur.com durante un plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación para formular alegaciones, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 2 de septiembre de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se acuerda la tramitación de urgencia del procedimiento iniciado por Resolución de 1 de agosto de 2022. Dicho plazo finalizo el 27 de octubre de 2022.
Cuarto.—Con fecha 7 de noviembre de 2022, Adalid Servicios Corporativos, S. L. con CIF: B83685552, procede a desistir de su solicitud de subvención.
Quinto.—Con fecha 15 de noviembre de 2022, la Comisión de Valoración analiza las alegaciones presentadas por las entidades agrupadas Carac Siglo XXI, S. L. y AFA Formación Continua, S. L., se acepta el desistimiento a la solicitud presentada por la entidad Adalid Servicios Corporativos, S. L., correspondiendo a asignar el sobrante de la cantidad desistida a la entidad Asturias Educación, S. L. y Galeno Training, S. L., procediéndose a formular la correspondiente propuesta de concesión/denegación de subvenciones.
Sexto.—Que, a la vista de la mencionada propuesta, resulta necesario fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2022-2023 con destino a la financiación de programas de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad, dirigidos prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as: Tres millones trescientos setenta y dos mil seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (3.372.666,66 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2022/000179) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
Tres millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y dos euros (3.959.942,00 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2022/000180) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
• 2022: Dos millones trescientos setenta y cinco mil novecientos sesenta y cinco euros con veinte céntimos (2.375.965,20 €): 1.995.891,72 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 380.073,48 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2023: Un millón quinientos ochenta y tres mil novecientos setenta y seis euros con ochenta céntimos (1.583.976,80 €): 1.330.594,48 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 253.382,32 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de cincuenta y ocho euros (58,00 €) que no se destina a la programación de programas de formación para el empleo, al no haber más entidades solicitantes para la concesión de subvenciones, y con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
Aplicación | Anualidad 2022 | Anualidad 2023 | Total |
---|
85.01.322J.781.032 | 34,80 € | 23,20 € | 58,00 € |
Total | 34,80 € | 23,20 € | 58,00 € |
Fundamentos de derecho
Primero.—El Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias es competente para resolver el presente expediente, conforme a lo dispuesto en los Decretos 81/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica y el Decreto 39/2009, de 3 de junio, de la Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias, por el que se aprueba la estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
Segundo.—El Presidente del Servicio Público de Empleo es competente para conocer de los hechos objeto del expediente, en virtud del artículo 11.1 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación publicada en el BOE de 1 de abril de 2019.
Tercero.—Dispone el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/20006, de 21 de julio (BOE de 25 de julio de 2006), que en aquellas convocatorias, en las que se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria.
Cuarto.—Según lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con el artículo 8.a), de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, así como con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos sujetos al derecho administrativo de los órganos de gobierno del Servicio Público de Empleo, no agotan la vía administrativa y son recurribles en alzada ante el titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica. Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados y que son de aplicación.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados y que son de aplicación,
RESUELVO
Primero.—Fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2022-2023 con destino a la financiación de programas de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad dirigidas prioritariamente a los/as trabajadores/as ocupados/as, que queda como sigue:
Tres millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y dos euros (3.959.942,00 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2022/000180) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
• 2022: Dos millones trescientos setenta y cinco mil novecientos sesenta y cinco euros con veinte céntimos (2.375.965,20 €): 1.995.891,72 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 380.073,48 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2023: Un millón quinientos ochenta y tres mil novecientos setenta y seis euros con ochenta céntimos (1.583.976,80 €): 1.330.594,48 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 253.382,32 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de cincuenta y ocho euros (58,00 €) que no se destina a la programación de programas de formación, al no ser suficiente para la concesión de subvenciones a una nueva acción formativa, y con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
Aplicación | Anualidad 2022 | Anualidad 2023 | Total |
---|
85.01.322J.781.032 | 34,80 € | 23,20 € | 58,00 € |
Total | 34,80 € | 23,20 € | 58,00 € |
Segundo.—Notificar a los interesados, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándoles que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno
En Oviedo, a 20 de diciembre de 2022.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2022-10432.