OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el calendario de actuaciones del procedimiento de admisión del alumnado, en la modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias, para el curso académico 2022-2023.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define las enseñanzas de idiomas como enseñanzas de régimen especial que tienen por objeto capacitar al alumno para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo.
La citada ley orgánica regula en sus artículos 59, 60, 61 y 62 las enseñanzas de idiomas de régimen especial y establece que se organizarán en tres niveles: básico, intermedio y avanzado.
Por Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto.
Por Decreto 63/2018, de 10 de octubre, se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas en régimen especial en el Principado de Asturias.
La Resolución de 5 junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, aprueba el procedimiento de admisión del alumnado, en la modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias, modificada por Resolución de 19 de junio de2019, de primera modificación. En la base segunda se establece que, en cada curso académico, se publicará el calendario de actuaciones del procedimiento de admisión en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Por lo expuesto,
RESUELVO
Primero.—Aprobar el calendario de actuaciones, que figura como anexo a la presente Resolución, a desarrollar durante el procedimiento de admisión del alumnado en la modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del Principado de Asturias, para el curso académico 2022-2023.
Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la personal titular de la Consejería de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Oviedo, a 19 de mayo de 2022.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2022-03856.
Anexo
CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS, EN LA MODALIDAD PRESENCIAL, EN LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL CURSO 2022-2023
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