AYUNTAMIENTOS
DE BIMENES
Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local, órgano competente por delegación expresa de la Alcaldía, en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2005, las bases para la provisión, mediante concurso, en turno de promoción interna, de una plaza de Oficial de Primera (Servicios Múltiples) y una plaza de Oficial de Primera (Ciclo del Agua), vacantes en la plantilla de personal laboral fijo de esta corporación e incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2005, por medio del presente se efectúa la convocatoria, con arreglo a las siguientes:
BASES DEL CONCURSO EN TURNO DE PROMOCION INTERNA, CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE BIMENES PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA (SERVICIOS MULTIPLES) Y UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA (CICLO DEL AGUA)
Primera.—Características de las plazas convocadas.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso, en turno de promoción interna, de una plaza de Oficial de Primera (Servicios Múltiples) y una plaza de Oficial de Primera (Ciclo del Agua), vacantes en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, clasificadas en el nivel VIII de la Tabla de Niveles incluida en el Convenio General del Sector de la Construcción del Principado de Asturias, que les será de aplicación.
Segunda.—Condiciones de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso, los aspirantes deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
a) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo de este Ayuntamiento, en un grupo inferior al de las plazas convocadas.
b) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo por haber completado los estudios correspondientes, del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
Tercera.—Instancias y documentación.
Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Presidente de la corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente cumplimentadas en el modelo oficial, durante el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil.
La documentación que deberá aportarse por los aspirantes junto con la instancia será la siguiente:
1. Fotocopia del D.N.I.
2. Certificaciones, títulos y diplomas justificativos de los méritos alegados para su valoración en la fase de concurso, conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos alegados que no se justifiquen documentalmente, en original o fotocopia compulsada.
La baremación se hará teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Cuarta.—Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será expuesta en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la exposición en el tablón de edictos del acuerdo de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, siempre y cuando se trate de un defecto subsanable.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Quinta.—Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración estará constituida por:
Presidente: El de la corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario/a: La de la corporación o funcionario en quien delegue.
Vocales:
- Un/a representante de la Mancomunidad de la Comarca de la Sidra, con categoría igual o superior a la de las plazas convocadas.
- Un/a técnico/a experto/a en la materia, designado/a por la Alcaldía.
- Un/a trabajador/a del Ayuntamiento designado/a por los/as delegados/as de personal.
- Dos Concejales/as designados/as por la Alcaldía.
Los/as Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta.—Méritos del concurso.
La valoración de los méritos previamente alegados y justificados conforme a la base tercera, se ajustará al siguiente baremo:
1. Experiencia profesional:
- Por cada año completo de servicios prestados en la administración local, en igual puesto al convocado, 0,25 puntos, computándose la fracción correspondiente a meses a razón de 0,020 puntos.
- Por cada año completo de servicios prestado en la administración local, en puesto de trabajo de categoría, clase o subescala inmediatamente inferior al convocado, 0,20 puntos, computándose la fracción correspondiente a meses a razón de 0,012 puntos.
- Por cada año completo de servicios prestados en otras administraciones públicas, en igual puesto de trabajo al convocado, 0,10 puntos, computándose la fracción correspondiente a meses a razón de 0,008 puntos.
No se computarán nunca, a efectos de experiencia profesional, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento:
a) Por la realización en centros oficiales que tengan una duración mínima de 20 horas, se concederán 0,0003 puntos por cada hora recibida, hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación máxima de este apartado no podrá exceder de 2 puntos.
Séptima.— Valoración de méritos y adjudicación de puestos.
La Comisión valorará los méritos alegados y acreditados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de la base sexta. Posteriormente, se hará pública la lista provisional de la puntuación de la fase de concurso de los aspirantes. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar sus alegaciones o reclamaciones respecto a la valoración provisional de méritos en la fase de concurso. La relación de las puntuaciones definitivas de la fase de concurso se publicará una vez resueltas por la Comisión de Valoración las alegaciones y reclamaciones formuladas por los aspirantes.
La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación según el baremo previsto en la base sexta. En caso de empate en la puntuación total tendrá preferencia el trabajador de mayor antigüedad.
La propuesta de adjudicación será sometida a la Alcaldía que resolverá motivadamente adjudicando de forma definitiva los puestos convocados.
El acuerdo definitivo del concurso se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sirviendo de notificación a los interesados, a los efectos legales oportunos. No obstante se publicará igualmente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
Octava.—Toma de posesión.
El plazo para la toma de posesión del nuevo destino será de un mes contado a partir del siguiente a la publicación del acuerdo definitivo del concurso en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Novena.—Recursos y reclamaciones.
La presente convocatoria, sus bases y demás actos administrativos que deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Martimporra, Bimenes, a 16 de mayo de 2006.—El Alcalde.—8.373.