Boletín Nº 216 del sábado 17 de septiembre de 2005
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
En recurso contencioso-administrativo número P.A. 172/2005, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo por doña Carmen Jiménez Viñuela, contra la desestimación presunta de reclamación formulada en materia de horarios, ha recaído Sentencia de dicho Juzgado, con fecha 21 de diciembre de 2004, la cual ha adquirido firmeza, habiendo por ello de observarse, en orden a su ejecución, los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias; en consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Marcelino Suárez Baró, en nombre y representación de doña Carmen Jiménez Viñuela, contra la desestimación presunta de la reclamación formulada el 23 de diciembre de 2004 ante la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, en relación con la resolución del Director del Instituto de Educación Secundaria Menéndez Pidal de Avilés relativa a la asignación de horario para el curso 2004-2005 en cuanto se refiere a la asignatura de Taller de Aprendizaje, adscrito al Departamento de Historia, por ser contrarias a derecho y, en consecuencia, nulas. Cada parte soportará sus propias costas.”
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 29 de julio de 2005.—El Consejero de Educación y Ciencia.—14.630.