BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 215 del viernes 16 de septiembre de 2005

AYUNTAMIENTOS

DE AVILES

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Unidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, a las personas físicas titulares de los vehículos denunciados que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos con el 50% de bonificación, siempre que se realicen antes de que se dicte la resolución sancionadora.

Igualmente, se señala que en aquellos casos en que el titular del vehículo no sea el conductor responsable en la fecha de la infracción, se le requiere para que en el improrrogable plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, comunique a este órgano instructor el nombre, apellidos, D.N.I. y domicilio del conductor del vehículo en la fecha de la denuncia, advirtiéndole que el incumplimiento de dicho deber será sancionado como falta grave, de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 del texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto).

Forma y lugar de pago 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en plaza España, 1, mediante la presentación de esta notificación.

Horario: De lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

2. Enviando giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, en el que se indicará obligatoriamente datos personales, dirección, n.º de boletín de denuncia y matrícula.

3. A través de entidades colaboradoras, indicando obligatoriamente datos personales, dirección, n.º de boletín de denuncia y matrícula.

OMC: Ordenanza Municipal de Circulación.

RDL: Ley sobre Tráfico.

RGC: Reglamento General de Circulación

Anexo (Véase en formato PDF)

En Avilés, a 25 de agosto de 2005.—El Concejal Delegado (P.D. Sr. Alcalde de 25-6-2003).—14.612.