AYUNTAMIENTOS
DE CARREÑO
Anuncio. Acuerdo de aprobación inicial de modificación de ordenanzas fiscales: impuestos y tasas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), ap. 2, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Carreño, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo provisional:
1. Modificación de los tipos de gravamen y de la Ordenanza Fiscal núm. 302 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
2. Modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 303, reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
3. Establecimiento de una nueva tasa y modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 104, reguladora de la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal de San Bernardo.
4. Modificación del cuadro de tarifas por el servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos y de la Ordenanza Fiscal núm. 106, reguladora de la tasa.
5. Establecimiento de nuevas tasas por paso de vehículos a través de aceras, por reserva de espacios en la calzada y por entrega de placa y derogación de la anterior. Aprobación de la Ordenanza Fiscal núm. 118 reguladora de la tasa por la que se ha de regir.
6. Establecimiento de nuevas tasas por instalación de puestos de venta en la calle y similares y derogación de la anterior. Modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 111, reguladora de la tasa por la utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público municipal.
7. Establecimiento de nuevas tasas por la prestación del servicio de comedor y derogación de los anteriores precios públicos. Aprobación de la Ordenanza Fiscal núm. 119, reguladora de la tasa por la que se ha de regir.
8. Establecimiento de nuevas tasas por la prestación del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria y derogación de los anteriores precios públicos. Aprobación de la Ordenanza Fiscal núm. 120, reguladora de la tasa por la que se ha de regir.
Este acuerdo provisional y las ordenanzas fiscales en él referidas se hallan a disposición del público para su examen en las dependencias de este Ayuntamiento (expte. 2024/4540) al objeto de que, de conformidad con el artículo 17 TRLRHL, aps. 1 y 3, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias se puedan presentar las reclamaciones que se estimen oportunas, significándose que de no presentarse ninguna contra el acuerdo o la ordenanza a que se ha hecho mención, quedarán automáticamente elevados a definitivos.
En Candás, a 25 de octubre de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-09347.