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Boletín Nº 183 del jueves 19 de septiembre de 2024

OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Resolución de 5 de septiembre de 2024, del Vicerrector de Estudios y Docencia de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueba la convocatoria de certificación de proyectos de innovación docente destinada al personal docente e investigador de la Universidad de Oviedo.

Antecedentes de hecho

Primero.—La convocatoria de Certificación de Proyectos de Innovación Docente para el curso académico 2024/2025 se concibe como un medio para potenciar cambios metodológicos hacia enfoques de enseñanza-aprendizaje sostenibles y adaptables al desarrollo de una docencia en entornos mixtos. Con ello se pretende ayudar a mejorar la calidad docente vinculada a los procesos de innovación educativa.

Segundo.—Esta convocatoria de certificación de proyectos de innovación docente se caracteriza por: 1) estar orientada a la certificación de proyectos innovadores desarrollados en una o varias asignaturas de los planes de estudio de las diferentes titulaciones oficiales, 2) no requerir de una solicitud previa al desarrollo de la innovación docente, más allá de contar con el visto bueno de la Dirección del Departamento responsable de la docencia de los/as profesores/as implicados/as, así como con la del Coordinador/a de Máster o la del Director/a o Decano/a del Centro responsable del título o títulos afectados, 3) una vez llevada a cabo la innovación docente, el profesorado decide someterla a su valoración por parte del Comité de Innovación Docente, en los términos que se recogen en la presente convocatoria.

Fundamentos de derecho

En virtud de lo dispuesto en la Resolución de 17 de julio de 2024, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al personal docente e investigador que se conceden por el Programa de Promoción y Apoyo a la Innovación Docente de la Universidad de Oviedo, en régimen de concurrencia competitiva (BOPA n.º 149, del 31 de julio de 2024),

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expuestos y, en su virtud,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la convocatoria que se incluyen en la presente Resolución, por la que se regirán la concesión de certificaciones de proyectos de innovación desarrollados por el personal docente e investigador de la Universidad de Oviedo.

Segundo.—Objetivo, alcance y líneas prioritarias.

2.1. El objetivo principal de la presente convocatoria es promover la participación del personal docente e investigador de la Universidad de Oviedo en la mejora de la enseñanza y aprendizaje impulsando el desarrollo e implementación de metodologías docentes innovadoras.

2.2. La presente convocatoria está destinada a apoyar las iniciativas y experiencias de innovación docente impulsadas por un/a profesor/a o grupo de profesores/as.

2.3. Los proyectos presentados deben responder al menos a una de las líneas prioritarias señaladas a continuación:

1. Innovación en el ámbito de la metodología docente.

a) Fomento de nuevas estrategias de enseñanza-aprendizaje activas que contribuyan a favorecer un cambio metodológico centrado en el estudiantado.

b) Impulso de la innovación docente en la enseñanza híbrida mediante la integración de nuevos recursos y estrategias didácticas.

c) Fomento de la participación activa del alumnado en la formación presencial, semipresencial o virtual.

d) Impulso de iniciativas encaminadas a evitar el abandono temprano del alumnado.

e) Propuesta de actividades y materiales adaptados a los diferentes estilos de aprendizaje del estudiantado con especial atención a sus necesidades educativas especiales.

f) Desarrollo de acciones de innovación docente destinadas a la creación de contenidos y/o materiales digitales y cursos en línea.

g) Impulso de acciones formativas encaminadas a potenciar el trabajo colaborativo.

h) Diseño de sistemas de evaluación fiables adaptados a nuevas metodologías aprovechando el uso de las herramientas digitales.

i) Estrategias para la incorporación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a la docencia.

2. Innovación docente en materia de igualdad, atención a la diversidad y emprendimiento.

a) Desarrollo de iniciativas docentes orientadas a la igualdad de género, la interculturalidad, la inclusión y la atención a la diversidad.

b) Desarrollo de acciones de orientación profesional del alumnado de los últimos cursos de la carrera.

c) Ejecución de acciones de inserción laboral y emprendimiento entre el estudiantado promoviendo la realización de experiencias innovadoras en relación con su profesionalización.

3. Innovación para el establecimiento de redes de innovación interdisciplinares.

a) Desarrollo de acciones docentes para la interacción y colaboración con otras universidades (nacionales e internacionales) en procesos de mejora de la enseñanza a través de la colaboración entre alumnado y profesorado de diferente procedencia.

b) Impulso de acciones para potenciar una vinculación con el sector productivo y social (empresas, organismos e instituciones).

c) Desarrollo de actividades de coordinación con centros de Educación Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, que permitan crear sinergias y favorezcan la posterior incorporación del alumnado a la Universidad.

2.4. Los proyectos que podrán someterse a valoración para su certificación serán aquellos desarrollados durante el curso académico 2024/2025 en asignaturas de las diferentes titulaciones oficiales de la Universidad de Oviedo.

Tercero.—Requisitos de los/as solicitantes y de las solicitudes.

3.1. En calidad de responsable, se podrá presentar solo un proyecto de innovación docente para su certificación en esta convocatoria.

3.2. El proyecto de innovación docente podrá tener uno/a o dos responsables, que deberán pertenecer a la Universidad de Oviedo.

3.3. El profesorado que desarrolle, como responsable, un proyecto de innovación en la presente convocatoria no podrá liderar otro proyecto de innovación en la convocatoria pública de ayudas para el desarrollo de proyectos de innovación docente (2025-2026) en régimen de concurrencia competitiva.

3.4. Podrán participar en la presente convocatoria el personal docente e investigador de la Universidad de Oviedo.

3.5. Podrán participar en los proyectos de innovación personal externo a la Universidad de Oviedo, siempre y cuando esté justificada por su naturaleza.

3.6. La solicitud podrá ser presentada por un/a único/a profesor/a que será el/la responsable del proyecto de innovación o por un grupo de profesores/as que deberán tener vinculación con la/s asignatura/s implicada/s en la misma o, en su defecto, indicar claramente qué tareas concretas asumen.

3.7. Las solicitudes deberán contener una propuesta de innovación original y novedosa respecto a las solicitudes anteriores del equipo de responsable del proyecto. La evaluación de las solicitudes contendrá un apartado específico para valorar este criterio. Aquellas solicitudes que no se ajusten a dicho criterio serán propuestas para su exclusión.

Cuarto.—Presentación de solicitudes.

4.1. Previo al desarrollo de los proyectos de innovación docente, el/la responsable o responsables deberán contar con el visto bueno de la Dirección del Departamento, así como con la del Coordinador/a de Máster o la del Director/a o Decano/a del Centro del título o títulos afectados, al que están adscritas las asignaturas implicadas en el proyecto de innovación.

4.2. En caso de que fueran varios los departamentos, centros o títulos los implicados en el proyecto de innovación docente, se deberá contar con la aprobación de todos y cada uno de ellos.

4.3. Todas las aprobaciones anteriores se justificarán por medio del anexo II. Visto bueno y firmas de aceptación, que deberá ser entregado en el momento de efectuar la solicitud de certificación del proyecto de innovación docente y que incluirá las firmas y el visto bueno de los/as responsables pertinentes con fecha anterior a la realización del proyecto.

4.4. Una vez desarrolladas los proyectos de innovación docente, los plazos de presentación de solicitudes de certificación serán hasta el 15 de febrero de 2025 para asignaturas del primer cuatrimestre del curso 2024-2025 y hasta el 15 de junio de 2025 para las materias del segundo cuatrimestre o anuales del curso 2024-2025.

4.5. Las solicitudes se presentarán conforme al impreso recogido en el anexo I. Solicitud y memoria para la certificación de proyectos de innovación docente, conteniendo los datos básicos de la solicitud, del profesor/a responsable y de los miembros del equipo, así como su vinculación con la Universidad de Oviedo y la Memoria con la descripción del proyecto llevado a cabo y los resultados obtenidos, con una extensión no superior a las 5000 palabras.

4.6. Las solicitudes se incorporarán en una aplicación web destinada al efecto, y en ella se adjuntarán los anexos en formato pdf:

• Anexo I. Solicitud y memoria.

• Anexo II. Visto bueno y firmas.

4.7. Es preceptivo el uso de los impresos normalizados y disponibles para su descarga. Los documentos poseen una estructura definida y unas restricciones de extensión que deben ser respetados en su integridad. Las solicitudes presentadas utilizando otros formatos o incumpliendo la extensión máxima no serán aceptados.

4.8. Una vez recibidas las solicitudes se procederá a revisar la documentación aportada, y en el caso de que sea necesario subsanar defectos de forma, se comunicará al responsable concediendo un plazo de cinco días para ello.

Quinto.—Evaluación de las solicitudes de certificación.

5.1. La evaluación de las solicitudes se realizará por el Comité de Innovación Docente, órgano creado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de fecha 3 de julio de 2009, y que actualmente se rige por el Reglamento aprobado el 20 de abril de 2018.

5.2. La evaluación de las solicitudes, donde se debe incluir la memoria con la descripción del proyecto de innovación docente desarrollado, así como los resultados obtenidos, se efectuará en función de los siguientes criterios:

5.3. Las solicitudes serán valoradas con puntuaciones que oscilan entre el 0 y el 10. Cuando la puntuación resultante de la aplicación de los criterios de evaluación sea inferior a 6, el proyecto de innovación no será certificado.

5.4. Una vez realizada la evaluación de los proyectos y recabada toda la documentación, el Vicerrectorado de Estudios y Docencia redactará lista provisional de los proyectos a certificar, que incluirá al menos, los proyectos que serán certificados, así como aquellos que sean desestimados por no alcanzar la puntuación mínima recogida en el punto 5.3.

5.5. Dicha propuesta se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo y en el dUO concediendo un plazo de 5 días naturales en el que, si algún solicitante no está de acuerdo con las valoraciones realizadas, pueda interponer reclamación.

5.6. Examinadas, en su caso, las alegaciones presentadas o transcurrido el plazo señalado en el punto 5.5, el Vicerrectorado de Estudios y Docencia publicará la resolución definitiva que incluirá, al menos, la relación de proyectos a certificar, así como aquellos que sean desestimados por no alcanzar la puntuación mínima recogida en el punto 5.3. Dicha resolución será publicada en la web de la Universidad de Oviedo e informada a través del dUO.

5.7. Los/as responsables de los proyectos de innovación docente se comprometen a que cualquier actividad divulgativa, evento o publicación derivada de la puesta en marcha de un proyecto de innovación docente de esta convocatoria contenga de forma visible la referencia a la convocatoria de la Universidad de Oviedo en la que ha sido certificada.

Sexto.—Régimen de reconocimiento.

En los proyectos de innovación, siempre y cuando se hayan propuesto para su certificación, supondrá:

6.1. Una certificación del proyecto de innovación desarrollado mediante la expedición de un diploma acreditativo electrónico. Dicha certificación supone un reconocimiento en las acreditaciones para los cuerpos docentes impulsadas por las agencias de calidad.

6.2. El reconocimiento, en el marco de las Jornadas Internacionales de Innovación Docente, de aquellos proyectos que destaquen a partir de las puntuaciones obtenidas u de otras acciones de difusión que se organicen.

6.3. Todos los proyectos de innovación certificados podrán participar en dichas Jornadas presentando un póster o una comunicación oral o escrita.

6.4. La participación en las Jornadas de Innovación Docente tendrá su correspondiente certificado.

Séptimo.—Condiciones para llevar a cabo los proyectos de innovación docente.

En caso de conflicto entre los Planes Docentes afectados y los requisitos que pudiera conllevar cualquier proyecto de innovación docente, prevalecerán las condiciones recogidas por los Planes Docentes.

Octavo.—Aceptación de las normas de desarrollo.

La participación en la presente convocatoria supondrá la plena aceptación de las normas de desarrollo, correspondiendo al Vicerrectorado de Estudio y Docencia su interpretación y desarrollo.

Noveno.—Recurso.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de la AA. PP. Previamente, y con carácter potestativo, cabe interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo, de conformidad con lo previsto en el artículo 110.1 de los Estatutos de la Universidad (artículo 115.1 a partir de la entrada en vigor de los nuevos Estatutos).

En Oviedo, a 5 de septiembre de 2024.—El Vicerrector de Estudios y Docencia.—Cód. 2024-07807.