BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 124 del miércoles 26 de junio de 2024

OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Extracto de la Resolución de 18 de junio de 2024, del Gerente de la Universidad de Oviedo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de subvenciones de matrícula de estudios universitarios para el curso 2023/2024, destinadas a personal jubilado de la Universidad de Oviedo o, en su caso, viudos/as y huérfanos/as de personal fallecido antes de alcanzar la edad de jubilación en la Universidad de Oviedo.

BDNS (Identif.): 769355.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769355).

Primero.—Beneficiarios.

Personal jubilado de la Universidad de Oviedo y, en su caso, viudos/as y huérfanos/as de personal funcionario de carrera o laboral con contrato fijo o indefinido, fallecido antes de alcanzar la edad de jubilación en la Universidad de Oviedo.

Segundo.—Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto compensar los gastos de la matrícula de estudios universitarios en el curso 2023/2024 al personal jubilado de la Universidad de Oviedo y, en su caso, viudos/as y huérfanos/as de personal funcionario de carrera o laboral con contrato fijo o indefinido, fallecido antes de alcanzar la edad de jubilación en la Universidad de Oviedo.

Tercero.—Bases reguladoras.

Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo de 15 de junio de 2023 (BOPA núm. 125 de 30-06-2023), mediante la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de matrícula de estudios universitarios, destinados a personal jubilado de la Universidad de Oviedo o, en su caso, viudos/as y huérfanos/as de personal fallecido antes de alcanzar la edad de jubilación en la Universidad de Oviedo.

Cuarto.—Cuantía.

La suma total de las subvenciones a conceder no podrá superar los 6.000 euros. Para el cálculo de las subvenciones se tendrá en cuenta el precio abonado por el alumno por asignaturas en primera y segunda matrícula, sin que la cuantía resultante pueda superar, en ningún caso, los precios establecidos, en primera matrícula, para sesenta créditos del nivel experimental de los estudios de que se trate, con el límite de 1.549,80 € (equivalente al nivel experimental más elevado), conforme a lo previsto en el Decreto 38/2023, de 16 de junio, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2023/2024.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes de subvenciones de matrícula objeto de esta convocatoria es de quince días hábiles, computados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS) por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Sexto.—Otros datos.

En la web de la Universidad de Oviedo (https://intranet.uniovi.es/rrhh/programas/ayudasestudio) se encontrará el texto íntegro de la resolución y de las bases de la convocatoria.

Oviedo, 18 de junio de 2024.—El Gerente.—Cód. 2024-05404.