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Boletín Nº 146 del lunes 31 de julio de 2023

AUTORIDADES Y PERSONAL

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Resolución de 27 de julio de 2023, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de varias plazas de funcionarios interinos de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo, grupo A, subgrupo A1, mediante el sistema de acceso libre.

El proyecto de Universidades Europeas Erasmus + Ingenium es un proyecto estratégico para la Universidad de Oviedo y para Asturias financiado por la UE y el gobierno de España. La Universidad de Oviedo es coordinadora del mismo, lo que conlleva mantener constantes relaciones con los socios y con la agencia ejecutiva europea, así como la gestión financiera y administrativa del proyecto. Esta coordinación supone una gran carga de trabajo, para la que se requiere contar con personal cualificado, con el perfil adecuado, dado que con el personal existente no sería posible asumir las nuevas tareas. Con este proyecto se quiere establecer una nueva estructura a nivel europeo con las diez universidades socias de la alianza. Ingenium, que es nombre simplificado elegido para el programa, nace para crear una gran “universidad europea”, resultante de la suma de diez grandes instituciones académicas de educación superior, cuyo objetivo es el de convertirse en un “referente internacional de la innovación, el pensamiento crítico y la ciencia e investigación de alta calidad”.

Con arreglo al artículo 10.1c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, es preciso seleccionar a tres funcionarios interinos de la Escala de Técnicos de Gestión, en ejecución del programa temporal Ingenium, por lo que, este rector, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como el artículo 60 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias,

Resuelve

Convocar, con carácter urgente, un proceso selectivo para la selección de tres funcionarios interinos de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo, Grupo A —Subgrupo A1—, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.—Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para la selección de tres funcionarios interinos de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo, Grupo A —Subgrupo A1—, en ejecución del programa Ingenium, con una duración máxima de tres años, ampliable hasta doce meses más, previa acreditación de la vigencia del programa, la necesidad de ampliación, y la existencia de dotación presupuestaria. Los nombramientos serán financiados con cargo a la aplicación 18.04-134B-602.01, “Proyectos de la Unión Europea”.

1.2. A este proceso selectivo les serán aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la medida que continúe vigente, la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso oposición, con arreglo a los baremos y pruebas que se especifican en esta convocatoria. De entre los aspirantes presentados, serán nombrados funcionarios interinos los más meritorios, conforme a la mayor puntuación obtenida en el proceso.

1.4. Características de los puestos: denominación, requisitos específicos de acceso, retribuciones y funciones:

Puesto 1.

Denominación: Gestor económico-administrativo de Proyecto.

Requisitos específicos de acceso:

• Estar en posesión del Grado universitario en Economía, ADE o titulación equivalente.

• Inglés B2.

• Español nativo o nivel C2.

Retribuciones: Las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, y las complementarias correspondientes a un complemento de destino, nivel 26 y un complemento específico de 500 euros mensuales.

Funciones:

• Elaboración de memorias justificativas e informes diversos.

• Gestión de presupuestos y control de gestión, así como de gastos en la plataforma aplicable.

• Elaboración y control de pagos a proveedores.

• Registro y contabilización de facturas y gastos.

• Gestión del inventario de material adquirido.

• Gestión de las convocatorias y gastos de las movilidades y acciones realizadas.

• Administración y control en las diferentes áreas económicas y administrativas de los proyectos del Vicerrectorado de Internacionalización relacionados con Ingenium, incluyendo las convocatorias relacionadas.

• Comprensión y comunicación de las actividades del personal participante en el proyecto y coordinación con agentes externos y socios de apoyo al mismo.

• Gestión de RRSS relacionadas con Ingenium y con la movilidad internacional de la Universidad de Oviedo.

• Organización de eventos y otras actividades relacionadas.

• Seguimiento de proyectos y de las acciones de los mismos.

• Gestión de viajes institucionales y convocatorias asociadas a Ingenium.

• Participación en curos y eventos que se determinen.

Puesto 2.

Denominación: Gestor de Proyecto.

Requisitos específicos de acceso:

• Estar en posesión de Grado universitario o titulación equivalente.

• Español nativo o nivel C2.

• Inglés nivel B2.

Retribuciones: Las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, y las complementarias correspondientes a un complemento de destino, nivel 26 y un complemento específico de 500 euros mensuales.

Funciones:

• Estudio y análisis de las tareas necesarias para el desarrollo de los paquetes de trabajo asignados.

• Redacción y supervisión de convenios internacionales y de colaboración. Tramitación de los mismos.

• Coordinación del partenariado: planificación de reuniones, atención de demandas de los socios, solución de conflictos.

• Atención de consultas sobre normativa, con especial atención a la europea.

• Realización de Informes de seguimiento.

• Redacción de informes y presentaciones. Apoyo en la gestión de viajes y representación.

• Relaciones institucionales, organización de eventos y otras actividades relacionadas.

• Colaboración con el Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Oviedo, en las relaciones de Ingenium y de la propia Universidad con otros países.

• Gestión de convocatorias y titulaciones asociadas a Ingenium.

• Asistencia a reuniones, seguimiento y desarrollo de las actividades de los paquetes de trabajo que se asignen.

• Participación en curos y eventos que se determinen.

Puesto 3.

Denominación: Gestor Estratégico del Proyecto.

Requisitos específicos de acceso:

• Estar en posesión del Grado universitario en Derecho, Ciencias Jurídicas, Relaciones Internacionales o titulación equivalente.

• Español nativo o nivel C2.

• Inglés C1.

Retribuciones: Las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, y las complementarias correspondientes a un complemento de destino, nivel 26 y un complemento específico de 700 euros mensuales.

Funciones:

• Dirección estratégica de proyectos y captación de nuevos proyectos.

• Fomento de proyectos entre los socios de la alianza o entidades externas.

• Coordinación de programas y proyectos de estudios internacionales.

• Planificación estratégica, financiación pública y recaudación de fondos, relaciones institucionales, organización de eventos y otras habilidades relacionadas.

• Redacción de propuestas para programas europeos; coordinación y gestión de los mismos

• Dirección y seguimiento de proyectos: concepción y planificación de las distintas acciones y seguimiento de hitos. Realización de modificaciones.

• Relación con las autoridades de gestión, y coordinación con los responsables de gestión del Vicerrectorado de Internacionalización y de sus proyectos.

• Búsqueda de socios: identificación perfiles de socios, seguimiento de la configuración del partenariado, reuniones con socios potenciales.

• Coordinación y organización de eventos y otras actividades relacionadas.

• Revisión, redacción y supervisión de convenios relacionados con Ingenium y el ámbito internacional de la Universidad de Oviedo. Seguimiento de los mismos.

• Elaboración y gestión de las convocatorias asociadas a Ingenium.

• Coordinación de los Gestores del proyecto.

1.5. Con la firma de la solicitud para participar en este proceso selectivo, se autoriza el uso de los datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en página web de la Universidad de Oviedo y en los Boletines Oficiales.

2.—Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública establecidos en el artículo 56 de texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como los específicos de esta convocatoria:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación específica exigida para cada puesto objeto de convocatoria.

f) Poseer el conocimiento de los idiomas en el nivel exigido para el puesto al que se concurre.

2.2. Los requisitos enumerados en la Base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento del nombramiento como personal funcionario interino.

3.—Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud que figura como anexo I.

3.2. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, n.º4, Oviedo), en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio Administrativo del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo”A” de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, C/Catedrático Valentín Andrés Álvarez) y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (C/La Ferrería, n.º 7-9), y, electrónicamente, sólo a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, así como en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el 16 de agosto de 2023, y se dirigirán al rector de la Universidad de Oviedo.

3.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones para cumplimentar la solicitud:

3.3.1. En el recuadro de la solicitud destinado a “Cuerpo o Escala” se hará constar “Escala de Técnicos de Gestión” de la Universidad de Oviedo, indicando el puesto o puestos a los que se opta.

3.3.2. En el recuadro destinado a “Forma de acceso” señalarán la letra L.

3.3.3. En supuestos de discapacidad se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, debiendo cumplimentar, en el caso en que sea necesario, la adaptación de tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de la entrevista.

3.4. Los derechos de examen serán de 42 euros por participar en la convocatoria, y se ingresarán en Unicaja, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, “Proceso selectivo funcionarios interinos de la Escala de Técnicos de Gestión”. Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

3.5. A la solicitud se acompañará:

3.5.1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española. (Su omisión es causa de exclusión)

3.5.2. Justificante de haber abonado los derechos de participación en la convocatoria en el plazo previsto para la presentación de instancias (Su omisión es causa de exclusión)

3.5.3. Fotocopia de la titulación académica exigida para el acceso. (Su omisión es causa de exclusión)

3.5.4. Fotocopia de la nacionalidad o del certificado que acredita el conocimiento del idioma exigido para la plaza o plazas a las que se opte. (Su omisión es causa de exclusión)

3.5.5. Fotocopia de los títulos, contratos y documentos que se estimen oportunos para la justificación de los méritos invocados en la solicitud. Han de invocarse con el debido detalle todos los méritos académicos y profesionales, acompañando la justificación correspondiente. No se tendrán en cuenta los méritos no invocados aunque estén debidamente justificados.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.—Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de Oviedo, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará Resolución en el plazo máximo de 10 días hábiles, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y parte del número del documento de identidad.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en la página web de la Universidad de Oviedo, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

Asimismo, sólo en este plazo será admitida documentación acreditativa de los méritos ya invocados en la solicitud y no justificados.

4.3. Finalizado el plazo de subsanación, y en el plazo de 10 días hábiles, el rector de la Universidad, a propuesta del Tribunal, dictará Resolución, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo. En dicha Resolución se hará constar la fecha de realización del ejercicio de la fase de oposición. Contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.—Sistema de selección.

El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones que se especifican en el anexo II de esta convocatoria.

Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán nombrados por el orden de puntuación obtenida por estos a lo largo de todo el proceso para el desempeño del puesto que hayan especificado en su instancia. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo IV de esta convocatoria, de acuerdo con la legislación en vigor en la fecha del examen.

Este proceso selectivo será desarrollado en el plazo máximo de 4 meses desde su publicación.

La fase de oposición se celebrará transcurridos dos meses, como máximo, desde la publicación de esta convocatoria, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.3 el lugar y la fecha de realización.

La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se publicará una vez finalizada la fase de oposición.

6.—Tribunales.

6.1. El Tribunal calificador de este proceso es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.

6.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de esta convocatoria en los cinco años anteriores a la publicación de la misma.

El presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.3. En su caso, la autoridad convocante publicará en el “Boletín Oficial del Principado de Asturias” Resolución por la que se nombre a los miembros del Tribunal que sustituyan a los que hayan perdido su condición por causa de abstención o recusación.

6.4. Actuará como secretario, al amparo de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un funcionario al servicio de la Universidad de Oviedo, que actuará con voz y sin voto.

6.5. Previa convocatoria del presidente, para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del presidente, el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de este proceso selectivo.

6.6. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta convocatoria y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de los mismos deberá comunicarse al rector de esta Universidad, a fin de que sea formulada la oportuna Resolución de nombramiento.

6.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de gestión de personal (la gerencia de la Universidad, Plaza de Riego, número 4, Oviedo), en el que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.

6.9. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el apartado IX del anexo II de las bases de ejecución de los Presupuestos de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2023.

6.10. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.

Cuando se produzca la renuncia de un aspirante seleccionado antes del nombramiento como personal funcionario interino, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan al propuesto, para su posible nombramiento como funcionario interino.

7.—Desarrollo del proceso selectivo y propuesta de nombramiento.

7.1. Según lo dispuesto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la secretaría de estado de política territorial y función pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los candidatos se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “U”. En el supuesto de que no existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “U”, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “V”, y así sucesivamente.

7.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

7.3. Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba en único llamamiento, siendo excluidos de la selección quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

7.4. Si la Comisión tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al rector de esta Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7.5. Concluida la prueba de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad de Oviedo, la relación de aspirantes con las puntuaciones obtenidas, confiriendo a los aspirantes trámite de alegaciones para que en el plazo de 3 días hábiles aleguen las que consideren oportunas.

7.6. Seguidamente, se harán públicas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, confiriendo a los interesados trámite de alegaciones para que en el plazo de 3 días hábiles aleguen las que consideren oportunas, y fijará el lugar, fecha y hora de realización de la entrevista.

7.7. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de los Registros General y Auxiliares de la Universidad y en su página web las calificaciones obtenidas por los aspirantes, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de parte del documento de identidad, concediendo un plazo de alegaciones de 3 días hábiles a los solos efectos de corregir posibles errores u omisiones. No se admitirá en este trámite la presentación de documento adicional alguno.

Las plazas se adjudicarán a los aspirantes que obtengan mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.

7.8. El presidente del Tribunal enviará propuesta de nombramiento del personal interino para el desempeño temporal de los puestos convocados al rector de la Universidad.

Contra dicha propuesta cabe interponer recurso de alzada ante el rector en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, a tenor de lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.—Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario interino.

8.1. El rector, a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios interinos, mediante Resolución, que se publicará como en la página web de la Universidad de Oviedo.

8.2. En el plazo de 5 días hábiles, a contar desde la publicación de la Resolución de nombramiento de funcionario interino, los aspirantes propuestos deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Oviedo o en sus Registros Auxiliares, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

8.3. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la referida documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base 2, el propuesto no podrán ser nombrado funcionario interino de la Escala de Técnicos de Gestión, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.—Norma final.

Contra la presente convocatoria se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, a 27 de julio de 2023.—El Rector.—Cód. 2023-07035.

Anexo II

CONCURSO-OPOSICIÓN

1.—El proceso selectivo consta de dos fases: concurso y oposición

1.1 Fase de oposición: Esta fase consiste en la realización de un ejercicio práctico en el que se dará contestación a tres preguntas elegidas por cada aspirante de entre cinco formuladas por el Tribunal, relacionadas con el temario que figura en el anexo IV de la convocatoria.

La duración total de la prueba no podrá exceder de tres horas.

Para la realización de la prueba, los aspirantes podrán disponer de cualquier tipo de material impreso.

1.2 Fase de concurso: No tendrá carácter eliminatorio. Se valorarán, conforme al apartado 2.2 de este anexo, los méritos académicos y profesionales, tanto en la esfera pública como en la privada, así como una entrevista, mediante la que el Tribunal podrá verificar la idoneidad de cada candidato para el desempeño del puesto.

2.—Calificación de las pruebas

2.1 Fase de Oposición: Puntuación máxima: 30 puntos.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar la puntuación mínima de 18 puntos para superar la fase de oposición. Se valorará, fundamentalmente, la formación general y específica, la originalidad, la claridad y el orden de exposición de ideas, así como la corrección de la expresión escrita.

2.2 Fase de concurso:

Baremo para seleccionar candidato para los puestos 1 y 2

Puntuación máxima: 50 puntos.

A. Méritos académicos (máximo, 15 puntos)

• Máster o doctorado en actividades relacionadas con las funciones o con la titulación exigida para el acceso (máximo 6 puntos).—Se valorará cada Máster oficial a razón de 3 puntos y el Doctorado con 3 puntos.

• Becas de colaboración en servicios universitarios o entidades públicas (máximo 2 puntos).—Se valorará a razón de 2 puntos por cada año de disfrute de la beca o fracción superior a 6 meses.

• Movilidad Erasmus durante los estudios (máximo 2 puntos).—La movilidad Erasmus durante los estudios superiores se valorará con 2 puntos.

• Cursos relacionados con las funciones (máximo 3 puntos).—Se valorarán los cursos de formación con aprovechamiento a razón de 0,10 puntos la hora.

• Otros idiomas comunitarios (máximo 2 puntos).—Se valorarán los cursos de formación con aprovechamiento en idiomas comunitarios distintos a los exigidos para el acceso a razón de 0,10 puntos la hora. Si se acredita un nivel A1 o A2, se otorgarán 0,5 puntos; si se acredita un nivel B1, se otorgará 1 punto; si se acredita un nivel B2 o superior se otorgarán 2 puntos.

B. Méritos profesionales (máximo 20 puntos)

• Experiencia en entidades nacionales o comunitarias en ámbitos relacionados con las funciones (máximo 10 puntos).—Se valorará a razón de 2 puntos por cada año de prestación de servicios o fracción superior a 3 meses.

• Experiencia como gestor de proyectos (máximo 5 puntos).—Se valorará a razón de 2 puntos por cada año de prestación de servicios o fracción superior a 3 meses.

• Experiencia en tareas de emprendimiento y cultura científica (máximo 5 puntos).—Se valorará a razón de 2 puntos por cada año de prestación de servicios o fracción superior a 3 meses.

C. Entrevista (máximo 15 puntos)

Se realizará a los candidatos que cumplan los requisitos exigidos siempre que hayan superado la fase de oposición y hayan obtenido en la valoración de méritos un mínimo de 15 puntos. La entrevista versará sobre las funciones del puesto a cubrir, experiencia profesional y todos aquellos aspectos que ayuden a valorar la competencia, idoneidad y capacidad de la persona entrevistada. El Tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido del programa.

Baremo para seleccionar candidato para el puesto 3

Puntuación máxima: 70 puntos.

A. Méritos académicos (máximo, 10 puntos)

• Máster oficial o doctorado en actividades relacionadas con estudios internacionales o europeos (máximo 6 puntos).—Se valorará cada Máster oficial a razón de 2 puntos y el Doctorado con 4 puntos.

• Movilidad Erasmus durante los estudios.—(Máximo 2 puntos). La movilidad Erasmus durante los estudios superiores se valorará con 2 puntos.

• Otros idiomas comunitarios (máximo 2 puntos).—Se valorarán los cursos de formación con aprovechamiento en idiomas comunitarios distintos a los exigidos para el acceso a razón de 0,10 puntos la hora. Si se acredita un nivel A1 o A2, se otorgarán 0,5 puntos; si se acredita un nivel B1, se otorgará 1 punto; si se acredita un nivel B2 o superior se otorgarán 2 puntos.

B. Méritos profesionales (máximo 40 puntos)

• Experiencia en entidades nacionales y/o comunitarias en ámbitos relacionados con las funciones (máximo 20 puntos).—Se valorará a razón de 5 puntos por cada año de prestación de servicios o fracción superior a 6 meses.

• Experiencia en gestión de políticas educativas europeas (máximo 10 puntos).—Se valorará a razón de 5 puntos por cada año de prestación de servicios o fracción superior a 6 meses.

• Publicaciones y conferencias y cursos impartidos relacionados con la educación superior y los programas europeos (máximo 10 puntos).—Se valorarán a razón de 2 puntos por cada publicación y 1 conferencia o curso impartido.

C. Entrevista (máximo 20 puntos)

Se realizará a los candidatos que cumplan los requisitos exigidos siempre que hayan superado la fase de oposición y hayan obtenido en la valoración de méritos un mínimo de 25 puntos. La entrevista versará sobre las funciones del puesto a cubrir, experiencia profesional y todos aquellos aspectos que ayuden a valorar la competencia, idoneidad y capacidad de la persona entrevistada. El Tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido del programa.

Anexo III

TRIBUNAL CALIFICADOR

Titulares

Presidente: Don Celestino Ordóñez Galán

Vocales:

1.º Doña Maria Luisa Sánchez Rodríguez

2.º Don Fernando Sánchez Lasheras

3.º Don Juan Eduardo González González, elegido por sorteo

4.º Don Ignacio del Río Calvo

Secretaria: Doña Marta González Prieto, con voz y sin voto

Suplentes:

Presidente: Don Francisco Javier de Cos Juez

Vocales:

1.º Doña Laura Bonavera

2.º Don Francisco Javier Carrizo Medina

3.º Don Antonio Arias Rodríguez, elegido por sorteo

4.º Doña M.ª del Carmen Fernández Rubio

Secretaria: Doña María Mercedes García San Millán, con voz y sin voto

Anexo IV

Temario

1.—Programa Erasmus + 2021-2027. Objetivos generales, características, estructura del programa y acciones.

2.—La iniciativa de Universidades Europeas dentro de Erasmus +. Convocatorias y acciones.

3.—Convocatorias de movilidad internacional de la Universidad de Oviedo. Reglamento y desarrollo. Gestión de las mismas.

4.—La Universidad Europea Ingenium. Proyecto y paquetes de trabajo.

5.—Entidad legal y proyectos piloto para universidades europeas.

6.—Financiación de proyectos europeos con el sistema Lump-Sum.

7.—El proyecto BI4E y su desarrollo en el marco de Ingenium.

8.—La iniciativa Researchers at Risk de la EUA. Acciones realizadas y propuestas.

9.—Gestión económica y presupuestaria pública.

10.—Los presupuestos de la Universidad de Oviedo.