OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Extracto de la Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales correspondiente al año 2023. Línea 1: Desarrollo de zonas forestales.
BDNS (Identif.): 695534.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695534).
Primero.—Beneficiarios:
1.1. Las Entidades Locales del Principado de Asturias que ejecuten y/u organicen las actuaciones para las que se dirigen las mismas.
Segundo.—Objeto:
Aprobar la convocatoria plurianual de concesión, conforme a lo establecido en el Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales en régimen de convocatoria pública, de ayudas para financiar los programas y actividades que desarrollen las Entidades Locales del Principado de Asturias en el ámbito de competencias de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, y concretamente en las siguientes líneas de actuación:
— Línea 1: Desarrollo de zonas forestales: Medida 08 “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques”, medidas gestionadas por la Dirección General de Infraestructuras Rurales y Montes.
Submedidas a subvencionar:
— Para la reforestación y creación de superficies forestales. Submedida 8.1 del PDR.
— Para el establecimiento y el mantenimiento de sistemas agroforestales. Submedida 8.2 del PDR.
— Para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes. Submedida 8.3 del PDR.
— Para reparación de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes. Submedida 8.4 del PDR.
— Para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales. Submedida 8.5 del PDR.
— Para el incremento del potencial económico de los bosques. Submedida 8.6 del PDR.
Tercero.—Bases reguladoras:
Resolución de 1 de junio de 2016, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, publicada en el BOPA de 9-VI-2016 (n.º 133).
Cuarto.—Importe:
Línea 1: Desarrollo de zonas forestales: Para 2023: 350.000 euros. Para 2024: 350.000 euros.
La ayuda que podrá concederse a cada solicitud será:
— El 40% para la submedida 8.6.
— El 80% para la submedida 8.2.
— El 100% para el resto de las submedidas.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
30 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca la publicación de este extracto en el BOPA.
Sexto.—Otros datos:
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) están publicadas las Fichas de Servicio que se podrán localizar introduciendo el código AYUD0137T01 para la Línea 1: Desarrollo de zonas forestales, en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Oviedo, 16 de mayo de 2023.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2023-04434.