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Boletín Nº 100 del viernes 26 de mayo de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDAD

Resolución de 27 de abril de 2023, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se deniegan solicitudes de subvención destinadas a la ejecución de proyectos de instalación de redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en fábricas, centros y dependencias ubicadas en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial del Principado de Asturias (Línea 3), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 17 de junio de 2022, se aprueba la cuarta modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad (BOPA n.º 122, de 27 de junio de 2022), que incluye la línea de subvenciones para el refuerzo de conectividad en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial.

Segundo.—Por Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones con destino a la ejecución de proyectos de instalación de redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en fábricas, centros y dependencias ubicadas en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial del Principado de Asturias (BOPA n.º 4, de 9 de enero de 2023).

Tercero.—Con esta línea de subvenciones se pretende contribuir a la consecución del objetivo contemplado en el componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, inversión C15.I2 “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial” que incluye acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos (Programa UNICO Industria y empresas) y al objetivo total cuantitativo del CID #238 que señala que al menos 1.600 pequeños polígonos industriales y ámbitos empresariales en España alcancen una velocidad de conectividad de 1 Gigabit, correspondiendo al Principado de Asturias la realización de 27 actuaciones.

Cuarto.—Las actuaciones subvencionables serán financiadas con recursos provenientes de la Unión Europea a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que forma parte del Fondo de Recuperación “Next Generation EU”.

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en su reunión de fecha 23 de diciembre de 2022, autorizó con cargo a las aplicaciones presupuestarias 19.03.521A.785036 y 19.03.521A.775039, un gasto para la financiación de esta subvención por un importe global de 1.691.250 euros.

Quinto.—Las subvenciones se podrán otorgar en las zonas geográficas descritas en el apartado a) del artículo 52.3 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021 (Reglamento de exención por categorías o Reglamento GBER), es decir, las zonas tradicionalmente conocidas como zonas blancas de acceso de nueva generación NGA, incluidas en el resultado de la consulta pública llevada a cabo por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (Setid) en el año 2022.

La relación de zonas elegibles NGA de cada zona de concurrencia está disponible en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital:

https://avancedigital.mineco.gob.es/banda-ancha/zonas-blancas-NGA/Paginas/2022.aspx.

Sexto.—Los solicitantes relacionados en el anexo a esta propuesta, presentaron solicitudes de subvención al amparo de la Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 27 de diciembre de 2022 siendo valoradas por el órgano instructor de conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras.

Fundamentos de derecho

Primero.—El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia no competitiva, siendo la concesión por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ya que se destinan a financiar actuaciones o situaciones concretas que no requieren de valoración comparativa con otras propuestas.

Segundo.—La competencia para otorgar estas subvenciones corresponde al titular de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, conforme a lo establecido en el Decreto 87/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad; en la Ley 2/1995, de 13 marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; en la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; y en los artículos 41 y 67.4 del texto refundido de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias aprobado por Decreto Legislativo 2/1998.

Tercero.—Resultan de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de subvenciones del Principado de Asturias; y la Resolución de 27 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones con destino a la ejecución de proyectos de instalación de redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en fábricas, centros y dependencias ubicadas en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial del Principado de Asturias.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho de aplicación,

RESUELVO

Primero.—Denegar las solicitudes relacionadas en el anexo I por los motivos indicados en el mismo.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber que pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de la posibilidad de interponer previamente recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Anexo I

SOLICITUDES DENEGADAS

Ver boletin en PDF para consultar la tabla

Oviedo, a 27 de abril de 2023.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad, Borja Sánchez García.—Cód. 2023-04317.