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Boletín Nº 64 del lunes 03 de abril de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se publican los importes actualizados de los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados para el año 2023.

Antecedentes de hecho

Primero.—La Ley del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2023 (BOPA 30/12/2022), en su anexo II fija el importe de los módulos económicos por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el año 2023.

Segundo.—En el ámbito estatal, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, BOE de 24 de diciembre de 2022, fija en su anexo IV los módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados para el año 2023, dotándolos con un incremento sobre los publicados para el año 2022.

Tercero.—Esta previsto en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta de la Ley del Principado de Asturias 10/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2023, que si se modificasen los importes de los módulos para el sostenimiento de los centros concertados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, los importes de los módulos autonómicos se actualizarán en la misma proporción.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 117.1 de la Ley Orgánica 2/2006, estipula que el importe de los fondos públicos necesarios para sostener los centros concertados, a fin de garantizar la gratuidad de las enseñanzas, se incluirá en los presupuestos de las distintas Administraciones Públicas.

Para distribuir la cuantía global se fijarán, tal y como se regula en el artículo 117.2 de la LOE, los módulos económicos por unidad escolar en los Presupuestos Generales del Estado y, si es necesario, en las de las comunidades autónomas, no siendo éste inferior al estatal en ninguna de las cuantías en que se divide el módulo por unidad.

Segundo.—De conformidad con el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos, la asignación de fondos para financiar la suscripción o renovación de los conciertos educativos se realizará dentro de la cuantía global establecida en los presupuestos generales de la administración educativa en función de los módulos económicos por unidad escolar y nivel educativo que se fijen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y en su caso de las Comunidades Autónomas.

Tercero.—El artículo 13 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, ha dispuesto que el importe del módulo económico por unidad escolar es el fijado en el anexo IV de dicha Ley, en el cual quedan establecidos, con efectos de 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023, los importes anuales y el desglose de los módulos económicos por unidad escolar, en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas.

Cuarto.—De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta de la Ley 10/2022 del Principado de Asturias, si se modificasen los importes de los módulos para el sostenimiento de los centros concertados previstos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, los importes de los módulos fijados en el anexo II de la citada ley 10/2022, se actualizarán en la misma proporción.

Por lo tanto al haberse producido un incremento en el módulo de sostenimiento en el ámbito estatal para el año 2023, procede publicar por parte de la Consejería de Educación, un anexo I que recoja el incremento de los módulos de sostenimiento de los centros concertados a nivel autonómico para el año 2023.

En virtud de ello, vistos los antecedentes de hecho concurrentes y los fundamentos de derecho aplicables,

RESUELVO

Primero.—Ordenar la publicación de los módulos económicos por unidad escolar, actualizados según se ha indicado en el cuerpo de la presente Resolución, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023 como anexo I.

Oviedo, a 22 de marzo de 2023.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2023-02606.

Anexo I

MÓDULOS ECONÓMICOS DE CENTROS CONCERTADOS

(Efectos a partir 1 de enero de 2023)

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