OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan de Movilidad Sostenible de Gijón 2023-2032. Expte. IA-PP-0311/2021//AUTO/2022/14418.
Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Con fecha 4 de noviembre de 2021 procedente del Ayuntamiento de Gijón, que actúa como órgano sustantivo y promotor, se recibe la documentación completa y la solicitud de inicio relativa a la evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan de Movilidad Sostenible de Gijón 2023-2032, conforme a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Dicha documentación se encuentra integrada por el borrador del Plan y por el documento inicial estratégico relativo al mismo.
Segundo.—El Servicio de Evaluaciones y Autorizaciones Ambientales, mediante oficios y notas interiores, sometió el borrador del Plan y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas por un período de 30 días hábiles, según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Asimismo, este Servicio, con el fin de garantizar la participación efectiva recogida en el art. 9.3 de la citada Ley, ofició a los municipios afectados y colindantes para que dispusiesen anuncios relativos al asunto durante 30 días hábiles en, al menos, un portal central del Ayuntamiento o en puntos de acceso sencillo que garanticen la máxima difusión a la ciudadanía. En este mismo sentido, y en aplicación del art. 9.4 de esta misma norma se insertó un anuncio en el BOPA de fecha 25 de noviembre de 2021 destinado a la consulta durante un período de 30 días hábiles a las personas interesadas desconocidas.
Tercero.—Recibidas las contestaciones de administraciones públicas y personas interesadas, el Servicio de Evaluaciones y Autorizaciones Ambientales formula el informe para la propuesta de documento de alcance del Estudio Ambiental Estratégico.
Cuarto.—Teniendo en consideración el informe mencionado en el punto anterior, la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por Resolución de fecha 4 de febrero de 2022, formuló el documento de alcance del estudio ambiental estratégico del Plan de Movilidad Sostenible de Gijón 2023-2032, que fue remitida al promotor y órgano sustantivo junto con las contestaciones recibidas a las consultas realizadas.
Quinto.—Con fecha 1 de marzo de 2023, procedente del órgano sustantivo, se recibe el expediente de evaluación ambiental estratégica completo a los efectos establecidos en el artículo 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con el fin de que el órgano ambiental proceda a la formulación de la correspondiente declaración ambiental estratégica según lo establecido en el artículo 25 de esta misma norma.
Sexto.—Realizado el análisis técnico del expediente, el servicio competente en materia de evaluación ambiental formula el informe sobre la propuesta de Declaración Ambiental Estratégica del Plan.
Séptimo.—La Comisión de Asuntos Medioambientales de Asturias, en su sesión de 20 de marzo de 2023, adoptó acuerdo favorable sobre el expediente.
Fundamentos de derecho
Primero.—Es de aplicación la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y subsidiariamente, en aquellos aspectos procedimentales no regulados en la legislación sectorial, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.—La Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático es competente para la tramitación y resolución del presente expediente como Órgano Ambiental de la Administración del Principado de Asturias, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, y sus modificaciones parciales, y el Decreto 33/2020, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.
En el anexo I a la presente propuesta se recoge la descripción del Plan y sus alternativas y el resultado de la fase de participación pública. En el anexo II se recoge el análisis técnico del expediente:
RESUELVO
Visto lo expuesto en la documentación presentada por el Órgano Sustantivo y Promotor, las contestaciones recibidas durante las fases de consultas e información pública y realizado el análisis de los impactos significativos del plan, se informa que:
Único.—Se considera ambientalmente viable el Escenario o Alternativa 2 de entre los propuestos en el Estudio Ambiental Estratégico para el Plan de Movilidad Sostenible de Gijón 2023-2032, promovido por el Ayuntamiento de Gijón, siempre que cumpla las determinaciones, medidas y/o condiciones previstas en dicho Estudio y en las aportaciones efectuadas por las administraciones durante la fase de consultas, en lo relativo a sus competencias sectoriales.
El texto completo de los anexos de la presente resolución está disponible en el siguiente enlace de la página web del Principado de Asturias:
https://medioambiente.asturias.es/inicio
En el apartado “Participación Ciudadana: Consultas e información pública de trámites ambientales”; subapartado Otro”
Oviedo, 20 de marzo de 2023.—(P. D. del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, según resolución de 03-07-2020, BOPA n.º 129, de 06-07-2020) la Viceconsejera de Medio Ambiente y Cambio Climático.—Cód. 2023-02429.