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Boletín Nº 52 del jueves 16 de marzo de 2023

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 35/2023 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo.

Vista la Sentencia n.º 35/2023 dictada el 10 de febrero de 2023 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo N. 4 de Oviedo, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Asociación Centro Trama, procedimiento ordinario 179/2022, contra la inactividad de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar en cumplimiento de la obligación de pago correspondiente al servicio prestado por la recurrente y adjudicado por Resolución de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar de fecha 3 de noviembre de 2014.

Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:

“Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Asociación Centro Trama contra la inactividad de la Administración del Principado de Asturias en el cumplimiento de la obligación de pago correspondientes al Servicio prestado por Asociación Centro Trama, “Punto de encuentro familiar en las localidades de Avilés (lote 2) y Gijón (lote 3) de las facturas de marzo a junio del 2021, anulando la misma por no ser conforme a derecho y reconociendo el derecho de la parte recurrente a que la Administración del Principado de Asturias le abone el importe del principal que asciende ochenta y dos mil ciento setenta y cuatro euros y ochenta céntimos (82.174,80 euros) correspondiente al Servicio realizado “Punto de encuentro familiar en las localidades de Avilés (lote 2) y Gijón (lote 3) por el período reclamado. Cantidad que ya le ha sido abonada en cumplimiento del auto dictado en la pieza de medidas cautelares.”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 1 de marzo de 2023.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2023-01867.