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CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Rectificación de error advertido en el anuncio de información pública de la resolución provisional de la zona de concentración parcelaria de Piedrafita-Jalón, concejo de Cangas del Narcea.
Advertido un error en el texto del anuncio de información pública de la Resolución de 10 de noviembre de 2022 aprobatoria de la Resolución Provisional de Concentración Parcelaria de la zona de Piedrafita–Jalón (Cangas del Narcea), publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias número 244, de 22 de diciembre de 2022, se procede a su rectificación en el siguiente sentido:
Donde dice: “Segundo.—Que la resolución provisional de concentración estará expuesta al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio indicado durante un mes, a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, o interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/95, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.”
Debe decir: “Segundo.—Que la resolución provisional de concentración estará expuesta al público en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea durante quince días hábiles, a contar del día siguiente al de la inserción de esta publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, pudiendo los interesados, en dicho plazo, solicitar la reconsideración de la resolución ante el Ilmo. Sr. Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, en las oficinas de esta Consejería o de cualquiera de los modos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañando los documentos acreditativos que la fundamenten, advirtiéndose que contra dicha resolución provisional sólo cabe interponer reclamación si no se ajusta a las bases o si se hubiesen infringido las formalidades prescritas para su elaboración y publicación.”
En Oviedo, a 23 de enero de 2023.—La Secretaria General Técnica (P. D. del Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, resolución de 16 de julio de 2020, BOPA de 21 de julio de 2020).—Cód. 2023-00557.