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Boletín Nº 17 del jueves 26 de enero de 2023

AYUNTAMIENTOS

DE NAVIA

Anuncio. Aprobación definitiva de la cesión gratuita de bienes municipales a favor de la Administración del Principado de Asturias. Expte. PAM/2022/11.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 26 de septiembre de 2022, adoptó acuerdo de aprobación de la cesión gratuita a favor de la Administración del Principado de Asturias para la ampliación de los servicios del Centro de Salud de Navia:

• Bajo-1 sito en c/ Las Veigas, 3, de Navia. 181,10 m² de superficie útil, que linda, mirando al edificio desde su fachada sur, al frente, calle de acceso a la viviendas de la casa; a la derecha, local comercial señalada con el número tres de este bloque; a la izquierda, parcela número once, y por el fondo, parcela número doce.

Está inscrita al Tomo 617 Libro 159 del Ayuntamiento de Navia, Folio 168’, finca registral n.º 22964 (IDUFIR 33011000891848).

• Bajo-2 sito en c/ Las Veigas, 3, de Navia. 129,14 m² de superficie útil, que linda, mirando al edificio desde su fachada sur, al frente, calle de acceso al portal de la casa; a la derecha, calle en proyecto; a la izquierda, local comercial señalada con el número dos de este bloque, y por el fondo, parcela número doce.

Está inscrita al Tomo 617 Libro 159 del Ayuntamiento de Navia, Folio 186, finca registral n.º 22973 (IDUFIR 33011000891930).

Que durante el período de información pública no se presentaron alegaciones, elevándose el acuerdo automáticamente a definitivo; lo que se hace público para conocimiento general, informando a los interesados que contra este acuerdo se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

En Navia, a 13 de enero de 2023.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2023-00271.