BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 248 del jueves 29 de diciembre de 2022

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)

Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 3 plazas del Cuerpo de Oficios Especiales, Escala Conductor/a Mecánico/a de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).

Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).

Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, resolución por la que se aprueban las bases generales.

En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 3 plazas del Cuerpo de Oficios Especiales, escala Conductor/a Mecánico/a de la Administración del Principado de Asturias, correspondientes a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).

Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la resolución por la que se aprueban las bases generales.

BASES ESPECÍFICAS

Primera.—Distribución de plazas.

1,.1 La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 3 plazas del Cuerpo de Oficios Especiales, Escala de Conductor/a Mecánico/a, Grupo C, Subgrupo C2, en turno de acceso libre, en régimen de funcionario de carrera de la Administración del Principado de Asturias.

Segunda.—Requisitos de participación.

2.1 Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. No poseer la condición de funcionario/a de carrera del Cuerpo de Oficios Especiales, Escala de Conductor/a Mecánico/a de la Administración del Principado de Asturias.

2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación o enseñanza.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

3. Permiso de conducir clases B, C1, C y C+E.

Tercera.—Estructura de la fase de oposición.

3.1 El programa de la oposición para las plazas convocadas es el que se recoge en el anexo I de la presente convocatoria.

3.2 La fase de oposición estará integrada por la prueba que a continuación se indica, teniendo carácter obligatorio y eliminatorio.

Prueba única:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 50 preguntas con 10 preguntas de reserva. Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

La prueba se estructurará en dos partes:

— Parte I: Teórica.

Esta parte estará formada por 30 preguntas de contenido teórico que versarán sobre las materias del programa.

— Parte II: Práctica.

Esta parte estará formada por 20 preguntas de contenido práctico y teórico-práctico relacionadas con la actividad profesional propia de la categoría objeto de convocatoria y relativas a la parte específica del programa.

El tiempo para la realización de esta prueba única será de 75 minutos.

Esta prueba se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 30 puntos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar en la carátula del cuadernillo de examen, de los criterios de corrección del ejercicio, sin que en ningún caso, para alcanzar la mitad de la puntuación máxima posible, se pueda exigir más de la mitad de aciertos netos.

La calificación esta prueba se obtendrá mediante la transformación de las puntuaciones directas obtenidas por los aspirantes, a la escala de calificación establecida en las presentes bases, en función del criterio de corrección acordado por el Tribunal. La transformación de las puntuaciones se realizará conforme a la fórmula establecida en el anexo II.

Cuarta.—Fase de concurso. Méritos específicos

4.1 De conformidad con la resolución por la que se aprueban las bases de generales, no siendo las funciones de la escala de Conductor Mecánico propias de una profesión regulada los méritos a valorar en el apartado “C.1. Méritos profesionales” son los contenidos en los subapartados a, b, c y d.

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 8.2.a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D., la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021, BOPA de 20/09/2021).—Cód. 2022-10687.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE 3 PLAZAS DEL CUERPO DE OFICIOS ESPECIALES, ESCALA DE CONDUCTOR/A MECÁNICO/A, GRUPO C, SUBGRUPO C2, EN TURNO DE ACCESO LIBRE, EN RÉGIMEN DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (OEP ESTABILIZACIÓN 2022)

Anexo I

PROGRAMA

La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución por la que se designe al Tribunal Calificador.

Parte general

1. La Constitución española de 1978: Título Preliminar; De los derechos y deberes fundamentales (Título I); De la organización territorial del Estado (Título VIII).

2. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias: Título Preliminar; De los órganos institucionales del Principado de Asturias (Título II).

3. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas (artículos 8 a 12); Derechos de los empleados públicos (artículos 14 y 15) y deberes (artículos 52 a 54). Regulación en materia de jornada, horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias en la Administración del Principado de Asturias: Jornada: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2019 (BOPA de 27/05/2019); Horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013 (BOPA de 03/05/2013), modificado por sendos Acuerdos de 27 de enero de 2016 (BOPA de 29/01/2016).

Parte específica

1. Motor. Clases de motores. Diferencias entre un motor de explosión y un motor diésel. Elementos de un motor. Funcionamiento. Averías.

2. Distribución. Elementos de la distribución. Reglajes.

3. Alimentación: sistemas. Circuitos. Componentes.

4. Lubricación: sistemas. Clasificación y propiedades de los aceites. Indicadores.

5. Refrigeración: sistemas. Elementos. Refrigerantes y anticongelantes.

6. Encendido: elementos y características. Motor de arranque: Descripción y funcionamiento.

7. Transmisión. Embrague: misión y componentes. Caja de cambios: misión y componentes. Diferencial. Otras partes de la transmisión.

8. Dirección: clases y componentes. Alineaciones y reglajes.

9. Frenos. Elementos de frenado. Circuitos: hidráulico, neumático, hidroneumático, servoasistido. A. B. S. y derivados. Líquidos de freno.

10. Chasis. Suspensión: clases. Ruedas. Neumáticos.

11. Generación y consumo eléctrico: alternador. Batería. Circuitos. Alumbrado. Otros componentes eléctricos: limpiaparabrisas, ventilación, calefacción, climatización, etc.

12. Sistemas de seguridad y control del automóvil gestionados electrónicamente.

13. Vías públicas: definiciones, clases y partes de que constan.

14. Clases y categorías de vehículos. Permisos que se necesitan para conducir los distintos vehículos.

15. Normas de circulación. Velocidades. Adelantamientos Preferencias de paso. Señalización en vehículos. Límites de peso y volumen.

16. Alumbrado en todo tipo de automóviles. Utilización y empleo del alumbrado según los casos.

17. Señales de circulación: colores y formas. Clasificación, significado y prioridades. Señalización de obras (Instrucción 8.3-IC).

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE 3 PLAZAS DEL CUERPO DE OFICIOS ESPECIALES, ESCALA DE CONDUCTOR/A MECÁNICO/A, GRUPO C, SUBGRUPO C2, EN TURNO DE ACCESO LIBRE, EN RÉGIMEN DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (OEP ESTABILIZACIÓN 2022)

Anexo II

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