BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 248 del jueves 29 de diciembre de 2022

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)

Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 10 plazas de la Categoría de Operario/a de Servicios de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).

Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).

Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.

En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 10 plazas de la categoría de Operario/a de Servicios de la Administración del Principado de Asturias, Grupo E, en turno de acceso libre, en régimen de personal laboral fijo de la Administración del Principado de Asturias, correspondientes a la oferta de empleo extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).

Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales.

BASES ESPECÍFICAS

Primera.—Distribución de plazas.

1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 10 plazas de Categoría de Operario de Servicios, Grupo E, en turno de acceso libre, en régimen de personal laboral fijo de la Administración del Principado de Asturias.

Segunda.—Requisitos de participación.

2.1 Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. No poseer la condición de personal laboral fijo de la categoría de Operario/a de Servicios de la Administración del Principado de Asturias.

2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado de Escolaridad o equivalente.

Para determinar la equivalencia con el del Certificado de Escolaridad se estará a lo dispuesto en la Orden ECD/1417/2012, de 20 de junio, por la que se establece la equivalencia del Certificado de Escolaridad y de otros estudios con el título de Graduado Escolar regulado en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a efectos laborales.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación o enseñanza.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Tercera.—Estructura de la fase de oposición. Turno libre

El programa de la oposición para las plazas convocadas es el que se recoge en el anexo I de la presente convocatoria.

La fase de oposición estará integrada por la prueba que a continuación se indica, teniendo carácter obligatorio y eliminatorio.

Prueba única:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 40 preguntas con 10 preguntas de reserva. Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

Las preguntas tendrán carácter teórico y práctico y versarán sobre las materias del programa.

El tiempo para la realización de esta prueba única será de 50 minutos.

Esta prueba se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 30 puntos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá informar en la carátula del cuadernillo de examen, de los criterios de corrección del ejercicio, sin que en ningún caso, para alcanzar la mitad de la puntuación máxima posible, se pueda exigir más de la mitad de aciertos netos.

La calificación esta prueba se obtendrá mediante la transformación de las puntuaciones directas obtenidas por los aspirantes, a la escala de calificación establecida en las presentes bases, en función del criterio de corrección acordado por el Tribunal. La transformación de las puntuaciones se realizará conforme a la fórmula establecida en el anexo II.

Cuarta.—Fase de concurso. Méritos específicos

4.1 De conformidad con la resolución por la que se aprueban las bases generales, no siendo las funciones de la categoría de Operario de Servicios propias de una profesión regulada, los méritos a valorar en el apartado “C.1. Méritos profesionales” son los contenidos en los subapartados a, b, c y d.

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 8.2 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 3.f) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D. la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021-BOPA 20/09/2021).—Cód. 2022-10577.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE 10 PLAZAS DE CATEGORÍA DE OPERARIO DE SERVICIOS, GRUPO E, EN TURNO DE ACCESO LIBRE, EN RÉGIMEN DE PERSONAL LABORAL FIJO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (OEP ESTABILIZACIÓN 2022)

Anexo I

PROGRAMA

La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución por la que se designe al Tribunal Calificador.

Parte general

1. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: artículo 8 concepto y clases de empleados públicos (artículo 8), definición de personal laboral (artículo 11) y derechos de los empleados públicos (artículos 14 y 15). Regulación en materia de jornada, horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias: Jornada: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2019 (BOPA de 27/05/2019); Horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias: Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013 (BOPA de 03/05/2013), modificado por sendos Acuerdos de 27 de enero de 2016 (BOPA de 29/01/2016).

Parte específica

1. Limpieza: Conceptos básicos: concepto de suciedad y tipos de suciedad. Concepto de pH. Tipos de productos de limpieza. Uso correcto de los productos de limpieza.

2. Definición y uso de las siguientes técnicas de limpieza: acristalado, encerado, aplicación de emulsiones, aspiración de polvo, barrido seco y húmero, fregado manual y mecánico, limpieza con espuma seca, desinfección.

3. Limpieza de suelos: clasificación de suelos. Limpieza de suelos duros. Limpieza de suelos plásticos.

4. Limpieza en oficinas: métodos y procedimientos especiales para la limpieza de oficinas. Limpieza de mobiliario. Limpieza de equipos de informática y telecomunicaciones.

5. Limpieza de cristales: técnicas de limpieza de cristales. Utilización del equipamiento básico para la limpieza de superficies acristaladas.

6. Limpieza en centros geriátricos y asistenciales sociosanitarios: riesgos de contaminación en un centro geriátrico. Clasificación de las distintas áreas de un centro geriátrico en función del riesgo.

7. Limpieza y desinfección de servicios y aseos.

8. Preparación y montaje de comedor. Cómo servir una mesa básica y retirarla. Montaje de mesas básicas. Desbarasado y limpieza.

9. Procedimiento a seguir en una lavandería. La limpieza de las manchas básicas. Precauciones en el lavado, secado y planchado. Maquinaria y utensilios de planchado: la calandra.

10. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación, derechos y deberes (artículos 2, 3 y Capítulo III). Riesgos vinculados a las tareas de Operario/a de Servicios: Corte en extremidades con objetos o herramientas. Golpes y choques con objetos. Riesgos de caídas de personas al mismo nivel. Riesgos de caídas de personas a distinto nivel. Caídas de objetos en manipulación mecánica y manual. Contactos eléctricos. Proyecciones, salpicaduras. Incendios y explosiones. Carga física: postura de trabajo. Manipulación de cargas. Movimientos repetitivos. Exposición a sustancias químicas. Señalización.

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE 10 PLAZAS DE CATEGORÍA DE OPERARIO DE SERVICIOS, GRUPO E, EN TURNO DE ACCESO LIBRE, EN RÉGIMEN DE PERSONAL LABORAL FIJO (OEP ESTABILIZACIÓN 2022)

Anexo II

Ver imagen asociada a la disposición

Denominación

P: Puntuaciones directas en la escala de la prueba

T: Puntuaciones en la escala de la convocatoria

Tramo superior

Para puntuaciones directas del candidato entre la nota de corte y la puntuación directa máxima

Tramo inferior

Para puntuaciones del candidato entre 0 y la inmediata inferior a la nota de corte

P1:

Nota de corte

0

P2:

Puntuación directa máxima

Nota de corte

T1:

Calificación mínima aprobado: 30

0

T2:

Calificación máxima aprobado: 60

Calificación mínima aprobado: 30

(T2-T1)/(P2-P1)

PS

Puntuación directa del sujeto en la escala de la prueba

TS

Calificación del sujeto en la escala de la convocatoria