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Boletín Nº 248 del jueves 29 de diciembre de 2022

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA' (IAAP)

Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban las bases específicas del proceso selectivo para la provisión de 2 plazas del Cuerpo de Diplomados/as y Técnicos/as Medios, Escala Ingeniero/a Técnico/a Industrial de la Administración del Principado de Asturias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021).

Por Acuerdo de 27 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOPA 31/05/2022).

Por Resolución de 24 de noviembre de 2022 del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de derivados del artículo 2.1 (concurso oposición) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobados en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal (BOPA de 25/11/2022), en adelante, Resolución por la que se aprueban las bases generales.

En su virtud y de conformidad con la competencia atribuida en la Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, de segunda modificación de la Resolución de 3 de julio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería así como la firma de resoluciones y actos administrativos (BOPA de 20/09/2021),

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de 2 plazas del Cuerpo de Diplomados/as y Técnicos/as Medios, escala Ingeniero/a Técnico/a Industrial de la Administración del Principado de Asturias, correspondientes a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición (art. 2.1 de la Ley 20/2021).

Segundo.—Abrir un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El modo de presentación de solicitudes se regula en la base quinta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales.

BASES ESPECÍFICAS

Primera.—Distribución de plazas.

1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 2 plazas del Cuerpo de Diplomados/as y Técnicos/as Medios, Escala Ingeniero/a Técnico/a Industrial de la Administración del Principado de Asturias, Grupo A, Subgrupo A2, en turno de acceso libre y régimen de funcionario de carrera de la Administración del Principado de Asturias.

Segunda.—Requisitos de participación.

2.1 Además de los requisitos de participación regulados en la base cuarta de la Resolución por la que se aprueban las bases generales, los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. No poseer la condición de funcionario/a de carrera del Cuerpo de Diplomados/as y Técnicos/as Medios, Escala Ingeniero/a Técnico/a Industrial de la Administración del Principado de Asturias.

2. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Ingeniero Técnico Industrial, o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Tercera.—Estructura de la fase de oposición.

3.1 El programa de la oposición para las plazas convocadas es el que se recoge en el anexo I de las presentes bases específicas.

3.2 La fase de oposición tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y estará integrada por las pruebas que a continuación se indican.

3.3 Cada una de las pruebas se calificará por el sistema de puntos establecido. La calificación de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de ellas.

Primera Prueba.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas que versarán sobre las materias del programa. El cuestionario contará con 10 preguntas adicionales de reserva que servirán para sustituir las posibles preguntas del cuestionario que pudieran anularse, en estricto orden numérico.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos. Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,375 puntos. La pregunta no contestada o en su caso anulada, no tendrá valoración alguna y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,125 puntos.

Segunda Prueba.

Consistirá en la resolución por escrito de uno o varios supuestos prácticos, relacionados con las materias del Programa.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 3 horas.

El ejercicio podrá ser leído públicamente por los aspirantes ante el Tribunal, previo señalamiento de fecha, hora y lugar. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos.

Si los supuestos prácticos se dividen en preguntas o apartados a los que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación, éste deberá informar a los aspirantes, antes del comienzo de la prueba, de la distribución de la puntuación realizada.

A efectos de calificación de la prueba el tribunal valorará el rigor analítico, los conocimientos teóricos y la capacidad para aplicar dichos conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen; así como la claridad de ideas y la capacidad de expresión escrita y, en su caso, de exposición del aspirante.

El Tribunal determinará, con carácter previo al inicio de la prueba, y dejando constancia en acta, los criterios de corrección para la valoración de la prueba.

Cuarta.—Calificación de las pruebas.

4.1 Para la superación de la fase de oposición será necesario obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo en el total de la fase de oposición, serán objeto de calificación única como no aprobadas y, a partir de ese momento, quedarán excluidas del proceso selectivo.

4.2 Finalizada la segunda prueba el Tribunal calificador hará público, en los medios previstos en la Resolución por la que se aprueban las bases generales, la calificación de la fase de oposición.

Quinta.—Fase de concurso. Méritos específicos.

5.1 De conformidad con la Resolución por la que se aprueban las bases generales, siendo Ingeniero Técnico Industrial una profesión regulada, los méritos a valorar en el apartado “C.1. Méritos profesionales” son los contenidos en los subapartados a, b, c, d y e.

Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPA, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 8.2.a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

En Oviedo, a 22 de diciembre de 2022.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.—P. D., la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (Resolución de 13/09/2021-BOPA 20/09/2021).—Cód. 2022-10573.

Bases específicas del proceso selectivo para la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, de 2 plazas del Cuerpo de Diplomados/as y Técnicos/as Medios, escala de Ingenieros/as Técnicos/as Industriales, Grupo A, Subgrupo A2, en turno de acceso libre, en régimen de funcionario de carrera, de la Administración del Principado de Asturias (OEP Estabilización 2022).

Anexo I

PROGRAMA

La normativa reguladora de las materias comprendidas en este Programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución por la que se designe al Tribunal Calificador.

Parte general:

1. La Constitución española de 1978: Título Preliminar; De los derechos y deberes fundamentales (Título I); De la organización territorial del Estado (Título VIII).

2. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias: Título Preliminar; De las competencias del Principado de Asturias (Título I); De los órganos institucionales del Principado de Asturias (Título II).

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones Generales (Título Preliminar); De los interesados en el procedimiento (Título I); De la actividad de las Administraciones Públicas (Título II); De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común (Título IV); De la revisión de los actos en vía administrativa (Título V).

4. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación (artículo 2); El personal al servicio de las Administraciones Públicas (Título II); Derechos, deberes y Código de conducta de los empleados públicos (Título III); Adquisición y pérdida de la relación de servicio; Situaciones administrativas (Título VI); Régimen disciplinario (Título VII).

5. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (I): Ámbito de aplicación de la Ley y delimitación de los tipos contractuales. Las partes en el contrato: órgano de contratación; capacidad y solvencia del empresario: normas generales de aptitud para contratar con el sector público. La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: normas generales y procedimientos.

6. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (II): El contrato de obras: Actuaciones preparatorias, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución.

7. El Tratado de la Unión Europea: Disposiciones sobre las instituciones (Título III). Los efectos de las diferentes fuentes del derecho comunitario: tratados, reglamentos, directivas y decisiones.

8. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios de protección de datos; Derechos de las personas.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto, ámbito de aplicación y definiciones (Capítulo 1.º); política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo (Capítulo 2.º); derechos y obligaciones (Capítulo 3.º); servicios de prevención (Capítulo 4.º).

10. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención: La integración de prevención en la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales. La evaluación de riesgos y la planificación preventiva. La organización de la actividad preventiva: modalidades; requisitos y funciones.

Parte específica:

Apartado A):

1. La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Antecedentes y situación actual: de la liberalización industrial a la directiva de servicios.

2. El Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial. Empresas habilitadas en materia de seguridad industrial. La infraestructura para la calidad y seguridad industrial: Su reglamentación: el R. D. 2200/1995, de 28 de diciembre.

3. La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

4. El Código de circulación: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

5. Normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones ITV. Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas partes y piezas de dichos vehículos.

6. Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.

7. Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores. El Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos: Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre. Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre. Decreto 57/2016, de 19 de octubre, por el que se desarrollan y aclaran determinados aspectos de la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero.

8. Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria “MIE-AEM-2” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

9. Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión. Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE. Real Decreto 108/2016, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los recipientes a presión simples. Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. Resolución de 23 de julio de 2009, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se dictan normas en relación con el Reglamento de equipos a presión.

10. Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10. Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferior al 28 por ciento en masa. Reglamento (CE) N.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006. Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.

11. Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado. Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos. Reglamento (CE) N.º 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 339/93. Decisión N.º 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre un marco común para la comercialización de los productos y por la que se deroga la Decisión 93/465/CEE del Consejo.

12. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales.

13. Especificación y cualificación de los procedimientos de soldeo para los materiales metálicos. Seguridad e higiene en el soldeo y procesos afines. Soldeo, posiciones de trabajo. Cualificación de soldadores. Código ASME sección IX. Artículo I Requerimiento Generales de Soldadura (QW-100, QW-101, QW-102 y QW-103), artículo IV Datos de soldadura (QW-401).

Apartado B):

1. Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

2. El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural.

3. Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 06.

4. Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 07 a 11. El Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE.

5. Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 01 Refinerías. Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 02 Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos. Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 03 Instalaciones petrolíferas para uso propio.

6. Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 “Instalaciones para suministro a vehículos” y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas. Instrucción técnica complementaria MI-IP05 Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos. Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos.

7. Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Instrucción Técnica IT 1. Diseño y dimensionado.

8. Instrucciones Técnicas IT.2 Montaje; IT.3 Mantenimiento y uso; e IT.4 Inspección, del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

9. Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Resolución de 29 de diciembre de 2015 que regula la organización y funcionamiento del Registro de Certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias y Resolución de 28 de diciembre de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, de tercera modificación de la Resolución de 29 de diciembre de 2015, que regula la organización y funcionamiento del Registro de certificados de eficiencia energética de edificios y de los técnicos y las empresas competentes para su emisión en el ámbito del Principado de Asturias. El Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

10. La Exigencia básica HS-4.Suministrio de agua, del Código Técnico de la Edificación.

11. Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología. Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Apartado C):

1. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

2. Comunicación de la comisión al parlamento europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité Europeo de las Regiones. Plan REPowerEU.

3. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

4. Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se habilita el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en el Principado de Asturias (RIPRE) y se establece su regulación, organización y funcionamiento.

5. Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

6. El Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

7. El Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus sucesivas modificaciones. Instrucciones Técnicas Complementarias BT-01 a BT 09.

8. El Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus sucesivas modificaciones. Instrucciones Técnicas Complementarias BT-10 a BT-27.

9. El Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus sucesivas modificaciones. Instrucciones Técnicas Complementarias BT-28 a BT-52.

13. Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

14. Aspectos administrativos y técnicos del autoconsumo de energía eléctrica: Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

Apartado D):

1. Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

2. Evaluación ambiental estratégica de planes y programas y evaluación de impacto ambiental de proyectos. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

3. Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. La autorización ambiental integrada de instalaciones industriales.

4. Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales. La inspección ambiental de industrias. Decreto 27/2019, de 11 de abril, de Protección y Control Ambiental Industrial en el Principado de Asturias.

5. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Real Decreto 102/2011 de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire. La Red de Control de la Calidad del Aire del Principado de Asturias. Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Real Decreto 100/2011, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.

6. Ley del Principado de Asturias 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.

7. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Contaminación del suelo por actividades industriales. Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

8. El Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias (PERPA) 2017-2024.

9. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Resolución de 25 de abril de 2014, de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la evaluación y determinación del impacto acústico de las instalaciones industriales en el Principado de Asturias.

10. El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre.

11. Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, modificada por Ley 11/2014, de 3 de julio. Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre. Análisis de riesgos ambientales.

12. Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

13. Sistemas de gestión ambiental. Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, Decreto 39/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la incorporación de organizaciones al sistema europeo de gestión y auditoría medioambientales en el Principado de Asturias.

14. Reglamento (UE) 2019/1784 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los equipos de soldadura de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.