OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se adapta la Resolución de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Educación del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a ayuntamientos del Principado de Asturias destinadas a la financiación de infraestructuras y equipamiento para la creación de nuevas plazas públicas de Primer Ciclo de Educación Infantil, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al acuerdo de 13 de diciembre de la Conferencia Sectorial de Educación.
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Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia provocada por la COVID-19 el 11 de marzo de 2020, los Estados Miembros de la Unión Europea (UE) adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía. Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de recuperación y Resiliencia (MRR).
En el marco del PRTR nacional, en la política palanca VII, “Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades”, se encuadra el componente 21, “Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la atención temprana de 0-3 años”, con el que se persigue “avanzar a un modelo personalizado, inclusivo y flexible, que se adapte a las necesidades de cada alumno”. Dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye la inversión 1, “Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil con nuevas plazas de titularidad pública (prioritariamente de 1 y 2 años): reforma/rehabilitación y equipamiento para nuevas unidades, y gastos de funcionamiento”, que contribuirá a los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del MRR y del PRTR en los ámbitos europeo y nacional.
La Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 25 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial de los créditos destinados al Programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del componente 21 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (BOE 29-12-2021), garantiza la financiación del programa.
En el marco del precitado Acuerdo de la Conferencia Sectorial, la Consejería de Educación del Principado de Asturias, con fecha 5 de julio de 2022, aprueba la convocatoria de una línea de subvenciones cuya finalidad consiste en favorecer, a través de la financiación de infraestructuras y equipamiento destinada a la creación de nuevas plazas del primer ciclo de educación infantil, que los municipios, titulares y gestores de la etapa educativa del primer ciclo de educación infantil en nuestra comunidad autónoma, realicen inversiones destinadas a tal fin en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
No obstante, con fecha 13 de diciembre de 2022, la Conferencia Sectorial de Educación, en el marco del componente 21 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia introduce modificaciones (de aplicación obligada para todos los actores del Programa de Impulso a la escolarización en el primer ciclo de educación infantil) al acuerdo del mismo órgano de fecha 25 de noviembre de 2021 (BOE 29-12-2021), que sirvió de base para la elaboración de la convocatoria de subvenciones anteriormente referida. Por ello, resulta precisa la adaptación de la convocatoria de subvenciones a los cambios introducidos por la Conferencia Sectorial, y especialmente los referidos al período de ejecución y de justificación, que aportan una mayor flexibilidad al procedimiento.
En virtud de lo expuesto, vista la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración; el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma,; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones; y demás normativa de aplicación, por la presente,
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RESUELVO
Primero.—Aprobar la modificación de la Resolución de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Educación del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a ayuntamientos del Principado de Asturias destinadas a la financiación de infraestructuras y equipamiento para la creación de nuevas plazas públicas de primer ciclo de Educación Infantil, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, quedando los apartados cuarto y duodécimo redactados en los términos que a continuación se indican:
“Cuarto.—Período subvencionable
El período subvencionable en esta convocatoria comprenderá desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023”.
“Duodécimo.—Plazo y forma de justificación
1. El plazo para la presentación de la justificación será de un mes desde la finalizacion de las actuaciones subvencionadas si este hecho es anterior a la finalización del plazo de ejecución a que se refiere el apartado cuarto de esta convocatoria. En todo caso, la justificación se presentará antes del 1 de febrero de 2024”.
Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias, 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 20 de diciembre de 2022.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2022-10455.