AYUNTAMIENTOS
DE PARRES
Anuncio. Extracto de la convocatoria de subvenciones para apoyo a emprendedores a conceder por el Ayuntamiento de Parres, ejercicio 2022.
BDNS (Identif.): 661235.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/661235).
Primero.—Beneficiarios: A efectos de lo dispuesto en esta convocatoria y en las bases reguladoras, tendrán la consideración de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas, en su caso, y demás entidades con personalidad jurídica propia que inicien una actividad productiva en el término municipal de Parres desde el 1 de enero del año de la convocatoria y cumplan los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria. Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, sociedad civil o sociedad de capital, podrán ser beneficiarios siempre y cuando soliciten la subvención a título personal y con el límite de dos socios o comuneros.
Segundo.—Criterios objetivos de la concesión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la LGS, las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en las bases se valorarán y puntuarán teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos de valoración (baremo):
1. Por creación de empleo. Por cada persona inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos, 1 punto, por cada contrato de trabajo por cuenta ajena de duración mínima de 3 meses a jornada completa, 0,5 puntos, por cada contrato de trabajo por cuenta ajena de carácter indefinido, 1 punto.
Todos estos conceptos se incrementarán en 0,25 puntos por la pertenencia de la persona que causare el derecho a los siguientes colectivos prioritarios, no siendo acumulativo el cómputo: mujeres, personas mayores de 45 años, menores de 30 años, personas con discapacidad, personas desempleadas de larga duración, personas inmigrantes. La puntuación máxima en este apartado es de 5,5 puntos.
2. Por forma jurídica de economía social: cooperativa, SAL o SLL, 1 punto.
3. Por responsabilidad social y medioambiental: acreditando el compromiso por el medioambiente, las prácticas de responsabilidad social y de igualdad de oportunidades (certificados de acuerdo a normas ISO o similares o compromiso de su obtención), 0,5 puntos por concepto hasta un máximo de 1,5 puntos.
4. Por el desarrollo de su actividad en sectores innovadores de interés: hasta un máximo de 2 puntos.
5. Por el fomento de la innovación y/o el desarrollo de la cultura de la innovación en procesos, productos, etc., hasta un máximo de 1,5 puntos. Considerando como tales: Servicios de la vida cotidiana: Servicios a domicilio, Atención a la infancia, Nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Servicios de mejora de la calidad de vida: Mejora de alojamientos, transportes colectivos locales, revalorización de espacios urbanos, gestión de la energía. Servicios de ocio: Turismo, audiovisual, valorización del patrimonio cultural, desarrollo cultural local, deporte. Servicios Medioambientales: Gestión de residuos, gestión del agua, energías renovables.
Los méritos se tienen que acreditar a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
En caso de empate, el primer criterio de desempate será la obtención de mayor puntuación en el apartado 1 del baremo, en segundo lugar por el apartado 4, en tercer lugar por el apartado 2 y en último lugar por el 3. Si el empate persiste, el orden se decidirá por sorteo.
Tercero.—Cuantía total: 10.000,00 €.
Cuarto.—Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPA.
En Arriondas, a 28 de noviembre de 2022.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2022-09085.