OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se designan los tribunales que juzgarán las pruebas de los exámenes ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo en 2023.
Examinado el expediente administrativo, tramitado para la realización de las convocatorias de enero y mayo de 2023, de exámenes ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, se convocan para 2023 exámenes ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Segundo.—De acuerdo con la Base quinta de dicha Resolución, los Tribunales que han de juzgar las pruebas teóricas serán nombrados mediante Resolución de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, según lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247 de 11/10/2014).
Por todo lo anterior es necesario designar los tribunales que han de regir dichas pruebas.
A los antecedentes de hecho referidos resultan de aplicación los siguientes
Fundamentos de derecho
Primero.—La competencia para la realización y control de los exámenes encaminados a la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo corresponde al Principado de Asturias, al estar incluida en los títulos competenciales más amplios referidos a la ordenación del sector pesquero, a la enseñanza y al deporte, establecidos, respectivamente, en el artículo 11, apartado 7, el artículo 18 y el artículo 10.1, apartado 23, todos ellos del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.
Segundo.—Al presente procedimiento le es aplicable la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el Decreto 186/1999, de 30 de diciembre, por el que se asumen funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado en materia de enseñanzas náuticas, buceo profesional y actividades subacuáticas, adscritos en la actualidad a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
Tercero.—La normativa reguladora de las condiciones para el manejo de embarcaciones de recreo se encuentra recogida en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (BOE n.º 247, de 11/10/2014), por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
Visto los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, en consecuencia,
DISPONGO
Primero.—Designar a las personas que serán miembros de los tribunales titulares que han de juzgar los exámenes teóricos ordinarios para la obtención de títulos de Patrón para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate, convocatorias de enero y mayo de 2023.
Segundo.—Designar a las personas que en cada tribunal sustituirán al Presidente titular y cualquiera de los vocales titulares, en caso de ausencia, de enfermedad o cuando concurra alguna causa justificada.
Tribunales calificadores
I.—Patrón de navegación básica
Presidente: D. Salvador Ballesteros Duque, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Suplente: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Secretaria: Dña. Amparo Cabana Fernández, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Suplente: Dña. Asunción del Pozo Juan, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Vocal: D. Laureano Balbona Calvo, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: Dña. Rosa Eva Salmón Díaz, profesora del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar.
Vocal: D. Pablo Casado Ferreiro, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal Suplente: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal Suplente: Daniel Río Suárez, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
II.—Patrón de embarcación de recreo
Presidente: D. Salvador Ballesteros Duque, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Suplente: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón
Secretaria: Dña. Amparo Cabana Fernández, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Suplente: Dña. Asunción del Pozo Juan, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Vocal: D. Laureano Balbona Calvo, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: Dña. Rosa Eva Salmón Díaz, profesora del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Daniel Río Suárez, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal Suplente: D. Pablo Casado Ferreiro, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón
III.—Patrón de yate
Presidente: D. Salvador Ballesteros Duque, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Suplente: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Secretaria: Dña. Amparo Cabana Fernández, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Suplente: Dña. Asunción del Pozo Juan, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Vocal: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Daniel Río Suárez, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Pablo Casado Ferreiro, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal suplente: D. Laureano Balbona Calvo, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal suplente: Dña. Rosa Eva Salmón Díaz, profesora del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
IV.—Capitán de yate
Presidente: D. Salvador Ballesteros Duque, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Suplente: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Secretaria: Dña. Amparo Cabana Fernández, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Suplente: Dña. Asunción del Pozo Juan, funcionaria de la Dirección General de Pesca Marítima.
Vocal: D. Ignacio Saralegui González, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Daniel Río Suárez, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal: D. Pablo Casado Ferreiro, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal suplente: D. Laureano Balbona Calvo, profesor del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Vocal suplente: Dña. Rosa Eva Salmón Díaz, profesora del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, de Gijón.
Tercero.—La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de dicha publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Cuarto.—La presente Resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en la sede electrónica del Principado de Asturias https://sede.asturias.es/
Oviedo, a 25 de noviembre de 2022.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial.—(P. D. Resol. 16/07/2020, BOPA de 21/07/2020), el Director General de Pesca Marítima.—Cód. 2022-09071.