BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 231 del jueves 01 de diciembre de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Consejería de Presidencia, de séptima modificación de la Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia para el período 2020-2022.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Mediante Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Consejería de Presidencia, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el período 2020-2022 (BOPA n.º 41 de 28-II-2020), modificado por Resoluciones de 12 de mayo de 2020 (BOPA n.º 95 de 19-V-2020; rectificación de errores en BOPA n.º 97 de 21-V-2020), de 31 de julio de 2020 (BOPA n.º 160 de 18-VIII-2020), de 2 de septiembre de 2020 (BOPA n.º 178, de 14-IX-2020), de 12 de abril de 2021 (BOPA n.º 73 de 19-IV-2021), de 4 de octubre de 2021 (BOPA, n.º 201, de 19-X-2021) y de 24 de febrero de 2022 (BOPA n.º 42, de 02-III-2022).

A propuesta de la Viceconsejería de Justicia, se entiende necesario proceder a una nueva modificación del Plan, al objeto de incorporar en el programa presupuestario 141B (Relaciones Administración de Justicia) una subvención en régimen de concesión directa a favor de la Fundación Víctimas del Terrorismo.

En atención a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Modificar la Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia para el período 2020-2022, en los términos previstos en el anexo que se adjunta.

Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, 9 de noviembre de 2022.—La Consejera de Presidencia, Rita Camblor Rodríguez.—Cód. 2022-09044.

Anexo

Séptima modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia para el período 2020-2022

Único.—En el anexo II:

Subvenciones en régimen de concesión directa

Viceconsejería de Justicia

Servicio 1-Programa presupuestario 141B Relaciones Administración de Justicia

a) Se modifica la redacción de los objetivos estratégicos, que queda como sigue:

“Contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes que genera el funcionamiento de los Juzgados de Paz del Principado de Asturias así como colaborar con los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de Oviedo y Gijón en los servicios de asistencia jurídica gratuita.

Asistencia a las víctimas del terrorismo mediante ayudas a entidades de víctimas del terrorismo.”

b) Se incorpora la siguiente subvención:

“Subvención 3. A la Fundación Víctimas del Terrorismo.

— Objetivo: Contribuir a la información sobre las dramáticas consecuencias del terrorismo y promover actuaciones formativas que contribuyan a formar a las nuevas generaciones en valores de convivencia, tolerancia y respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución española.

— Cofinanciación: No.

— Importe:

2022: 15.000 €.

— Indicadores para el seguimiento y evaluación: Número de actuaciones y actividades realizadas. Número de participantes en las acciones desarrolladas.

— Resultados de evaluación en planes anteriores: No constan.”