AUTORIDADES Y PERSONAL
UNIVERSIDAD DE OVIEDO
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de profesorado contratado en régimen de derecho laboral en la figura de Profesor Contratado Doctor, por estabilización Ley 20/2021.
De conformidad con los artículos 20 y 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, parcialmente modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, el artículo 60 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero del Principado de Asturias (BOPA de 11 de febrero), y el Reglamento para los concursos de provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios en régimen de interinidad y de personal docente e investigador contratado en régimen de derecho laboral de la Universidad de Oviedo, aprobado por acuerdo de 20 de julio de 2018 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo (BOPA 09/08/2018), modificado por acuerdos del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 19 de enero de 2022 (BOPA 10/02/2022) y de 4 de noviembre de 2022 (BOPA 18/11/2022).
Atendiendo a la Oferta de Empleo Público realizada en aplicación del artículo 2 y la disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo en su sesión de 25 de mayo de 2022 (BOPA de 30 de mayo). Y una vez obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad del Principado de Asturias por Resolución de 25 de julio de 2022.
Este Rectorado, previo acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 4 de noviembre de 2022,
Ha resuelto
Convocar concurso público para la provisión de las plazas de profesorado docente e investigador contratado laboral en la figura de Profesor Contratado Doctor que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1.—Normas generales
1.1. Los concursos públicos convocados se regirán por lo dispuesto en las presentes bases, en la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Decreto 99/2005, de 23 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado laboral por la Universidad de Oviedo; los Estatutos de la Universidad de Oviedo aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias; el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad de Oviedo; el Reglamento para los concursos de provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios en régimen de interinidad y de personal docente e investigador contratado en régimen de derecho laboral de la Universidad de Oviedo, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 20 de julio de 2018, modificado por acuerdos de 19 de enero de 2022 y de 4 de noviembre de 2022 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo (en adelante Reglamento). Resultarán de aplicación supletoria las disposiciones que regulan el régimen general para ingreso del personal al servicio de las Administraciones Públicas y para el régimen de contratación laboral, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás normas generales de aplicación.
1.2. Los procesos selectivos se realizarán mediante el sistema de concurso público de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento.
1.3. Se considerarán inhábiles a todos los efectos el mes de agosto y los períodos vacacionales obligatorios acordados en Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 23 de diciembre de 2021 (BOPA de 14 de marzo de 2022) así como los que se acuerden para el año 2023.
1.4. Concluido el procedimiento selectivo, las y los aspirantes propuestos por las Comisiones de Selección serán contratadas y contratados de acuerdo con la legislación vigente, con carácter indefinido y a tiempo completo.
2.—Requisitos de las candidaturas
2.1. Para ser admitidas o admitidos a los concursos, las y los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Ser española o español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
Podrán participar el cónyuge de las españolas y los españoles, de las y los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de las y los nacionales de Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separadas o separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Podrán participar las personas extranjeras con residencia legal en España y permiso de trabajo.
El contrato no estará sujeto a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad.
c) No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o separado o inhabilitada o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) Estar en posesión del título de Doctor o Doctora. En el supuesto de que se invoquen títulos obtenidos en el extranjero, tan sólo se entenderá cumplido el requisito de titulación cuando los mencionados títulos se encuentren debidamente homologados o reconocidos.
f) Hallarse acreditada o acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
2.2. Los requisitos señalados en la presente base, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato. Para el caso de las y los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del español, las Comisiones de Selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito
3.—Solicitudes
3.1. La solicitud para participar en estos concursos de provisión de plazas se presentará a través de la aplicación disponible en el siguiente enlace:
https://concursosprofesorado.uniovi.es
Que actuará como registro telemático de esta convocatoria, adjuntando la documentación acreditativa en el formato que se indique.
3.2. Las solicitudes, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, a través de la aplicación indicada en el apartado 3.1 que actuará, a todos los efectos, como registro electrónico de la Universidad de Oviedo para esta convocatoria, tal y como establece el apartado 5 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3.3. Las y los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Oviedo, la cantidad de 42 € en concepto de derechos de examen. El abono puede realizarse a través de la aplicación, mediante pago electrónico o efectuando el ingreso o transferencia bancaria en la cuenta general de ingresos: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, abierta en Unicaja Banco, haciendo constar el nombre, los apellidos y el número del documento nacional de identidad o documento equivalente de la o el aspirante, así como el número de concurso.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión de la o el aspirante.
3.4. Las personas interesadas presentarán su solicitud a través del registro telemático indicado en el apartado 3.1 y adjuntarán los siguientes documentos en formato PDF:
a) Copia del documento nacional de identidad para las y los aspirantes de nacionalidad española. Quienes no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar los documentos que acrediten su nacionalidad. Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español.
b) Título de Doctor o Doctora.
c) Acreditación para la figura de Profesor Contratado Doctor.
d) Justificante original acreditativo de los derechos de examen, si se realiza el ingreso o transferencia bancaria.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas.
3.6. La dirección de correo electrónico que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la o el concursante, tanto los errores en la consignación del mismo, como la comunicación a la Universidad de Oviedo de cualquier cambio de dicha dirección de correo electrónico.
4.—Admisión de aspirantes
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrector de Políticas de Profesorado dictará y hará pública dentro de los diez días hábiles siguientes, una resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas a la plaza convocada. Esta lista indicará sus nombres, apellidos y, en su caso, la causa o causas que hayan motivado su exclusión. La resolución se hará pública en el tablón de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza y en la siguiente dirección electrónica:
http://www.uniovi.es/gobiernoservicios/rrhh/convocatorias/laboral
4.2. Son causas de exclusión:
a) La presentación de la solicitud indebidamente cumplimentada o fuera del plazo establecido.
b) La falta de abono de los derechos de examen señalados en la base 3.3.
c) La no presentación de la documentación exigida en la base 3.4.
4.3. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución que aprueba las listas provisionales de personas admitidas y excluidas a las distintas plazas convocadas en la dirección electrónica señalada en el punto 4.1, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Las y los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas o incluidos en la relación de admitidas y admitidos, serán definitivamente excluidas o excluidos del proceso selectivo.
4.4. Transcurrido el plazo anterior, se publicarán las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en los lugares señalados en el apartado 1 de la presente base, indicando igualmente las causas de exclusión.
4.5. La resolución que apruebe las listas definitivas de personas admitidas y excluidas pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado mientras no recaiga resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
4.6. Publicadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, el Servicio de Profesorado, encargado de la tramitación de los concursos, enviará a la presidencia de cada comisión esta lista definitiva junto con la documentación administrativa del concurso.
5.—Comisiones de Selección
5.1. El concurso será resuelto por una comisión compuesta por cinco miembros designados por el Consejo de Gobierno a partir de una propuesta de siete miembros titulares con sus respectivos suplentes realizada por el Consejo de Departamento al que esté adscrita la plaza, de los cuales al menos dos de los propuestos, tanto titulares como suplentes, no pertenecerán a la Universidad de Oviedo.
5.2. La composición de las Comisiones de Selección se ajustará a lo dispuesto en los apartados 1, 2, 6, 8 y 9 del artículo 12 del Reglamento y figura como anexo II de esta convocatoria.
5.3. El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este supuesto, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, que podrá delegar en el Vicerrector de Políticas de Profesorado, y resolverá en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la recepción del escrito de renuncia.
5.4. Las Comisiones de Selección se constituirán y actuarán válidamente cuando, previa convocatoria, estén presentes la presidencia, la secretaría y, al menos, una o un vocal, titulares o suplentes. En el momento de la constitución de la comisión, la ausencia de un miembro titular por enfermedad u otra causa justificada comportará la pérdida de su condición, siendo sustituido por el miembro suplente que corresponda. Si, iniciado el proceso de selección, la comisión quedara con menos de tres miembros, la presidencia deberá suspender la sesión y comunicar al Rector la situación, el cual anulará lo actuado y ordenará el nombramiento de una nueva comisión, en la que no podrá incluirse a los miembros que hubieren cesado en su condición.
De las sesiones de las Comisiones de Selección, se levantará acta por la secretaría que será suscrita por todos los miembros de la comisión que hayan asistido.
5.5. Los miembros de las Comisiones de Selección podrán ser recusados en cualquier momento del proceso selectivo por las y los aspirantes cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El miembro recusado deberá manifestar, en el día siguiente al de la fecha de conocimiento de su recusación, si se da o no la causa alegada. Si el miembro recusado negara la causa, el Rector resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos. El incidente de recusación, hasta su resolución, suspenderá el proceso selectivo.
5.6. Nombrada la comisión por el Rector, la presidencia convocará a todos sus miembros para su constitución que podrá realizarse mediante presencia física o por cualquiera de los procedimientos que permitan los medios tecnológicos disponibles y deberá tener lugar en el plazo establecido para la presentación de solicitudes, teniendo en consideración la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. En el acto de constitución la comisión acordará y hará públicos, en el tablón de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza, los criterios específicos aplicables, de acuerdo con el baremo que se publica como anexo III de esta convocatoria.
Una copia del acta de constitución y de los criterios de selección se enviará al Vicerrector de Políticas de Profesorado, que los hará públicos en la siguiente dirección electrónica:
http://www.uniovi.es/gobiernoservicios/rrhh/convocatorias/laboral
5.7. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, la comisión fijará y publicará en el tablón de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza, el lugar, la fecha de inicio de las pruebas y orden de actuación de las y los aspirantes, en su caso.
6.—Desarrollo del concurso
6.1. En el acto de presentación, que será público, las y los concursantes entregarán a la presidencia de la comisión la siguiente documentación por quintuplicado en formato electrónico:
a) Historial académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y cuantos documentos acreditativos de los méritos estimen conveniente.
b) Proyecto docente e investigador adecuado, en su caso, a las especificaciones de la plaza a concurso, que pretenda desarrollar el concursante.
6.2. En el acto de presentación, se determinará mediante sorteo el orden de actuación de las y los concursantes, y se fijará y hará público por la comisión el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba. Igualmente, se fijará el plazo durante el cual las y los concursantes podrán examinar la documentación presentada por el resto de aspirantes.
6.3. El procedimiento de selección para la provisión de plazas de Profesor Contratado Doctor constará de dos pruebas que se realizarán en sesión pública.
6.4. La primera prueba de estos concursos comenzará en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al acto de presentación, y consistirá en la exposición por la o el concursante ante la comisión, durante un tiempo máximo de 90 minutos, y posterior debate con la misma hasta un máximo de dos horas, de su historial académico, docente e investigador y del proyecto docente e investigador que propone. Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión entregará a la presidencia un informe con la valoración motivada sobre cada concursante, ajustada a los criterios de valoración y baremo establecidos. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para aquellas y aquellos concursantes que no obtengan en la misma el voto de, al menos, tres de los miembros de la comisión. En esta votación, ningún miembro de la comisión podrá abstenerse. Con la publicación de los votos obtenidos por cada concursante en la primera prueba, la comisión hará público el lugar, día y hora de realización de la segunda.
6.5. La segunda prueba consistirá en la exposición por la o el concursante ante la comisión, durante un tiempo máximo de una hora y posterior debate con la misma, durante un máximo de dos, de un tema del programa presentado por la o el concursante en el proyecto docente y elegido por ella o él, de entre cinco extraídos por sorteo. La o el aspirante dispondrá de un tiempo de dos horas para preparar su exposición, preparación que realizará en un lugar designado por la comisión y asistido por la secretaría de la misma.
7.—Propuesta de provisión
7.1. El tiempo máximo que tendrá la Comisión de Selección para determinar la valoración de las y los candidatos y realizar la propuesta de provisión será de veinte días hábiles desde la fecha de publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.
7.2. Concluido el proceso de valoración, la Comisión de Selección enviará al Rector propuesta motivada y vinculante de provisión que, en ningún caso, contendrá un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. La propuesta se publicará en el tablón de anuncios del Departamento al que esté adscrita la plaza, en el mismo día se enviará al Vicerrectorado de Políticas de Profesorado que la hará pública en la dirección electrónica:
http://www.uniovi.es/gobiernoservicios/rrhh/convocatorias/laboral
7.3. Los concursos podrán resolverse con la no provisión de las plazas convocadas cuando, a juicio motivado de la respectiva Comisión de Selección, los méritos e historial académico docente e investigador de las y los aspirantes, así como los resultados de las pruebas, no se adecuen a las exigencias de las plazas convocadas.
7.4. La secretaría de la Comisión de Selección entregará en el Servicio de Profesorado el expediente administrativo del concurso y toda la documentación presentada por las y los aspirantes que, una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les será devuelta en las condiciones establecidas en el artículo 27 del Reglamento.
7.5. Contra la resolución que haga pública la propuesta de la Comisión de Selección, las personas admitidas al concurso podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del de su publicación en la dirección electrónica señalada al efecto.
7.6. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones del Consejo de Gobierno de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento.
8.—Protección de datos
8.1. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con el fin de la correcta gestión del concurso. Los datos personales facilitados quedarán incorporados en los ficheros de usuarios de la Universidad de Oviedo, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley Orgánica.
8.2. Con la presentación de la solicitud, la o el aspirante autorizará el uso de sus datos relativos a nombre, apellidos, plaza solicitada y adjudicación de la misma en el tablón de anuncios del Departamento correspondiente, así como en la intranet de la Universidad de Oviedo. Asimismo, autoriza la utilización de su correo electrónico a efectos de notificaciones.
9.—Presentación de documentos y formalización de contratos
9.1. Las y los aspirantes que hayan resultado seleccionadas y seleccionados dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de adjudicación de plaza en la dirección electrónica señalada al efecto, para la entrega de la documentación señalada en la base 9.2 y posterior formalización del correspondiente contrato. Quienes dentro del referido plazo y salvo los supuestos de fuerza mayor que pudieran producirse, no procedan a la formalización de su relación jurídica habrán decaído, a todos los efectos, en su derecho a desempeñar los puestos para los que fueron seleccionadas o seleccionados.
9.2. Las personas seleccionadas deberán presentar copias compulsadas o simples acompañadas de los respectivos originales para su cotejo, salvo que obren ya en poder de esta Administración, de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Declaración jurada de no haber sido separada o separado del servicio de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Las y los concursantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública (se facilitará modelo).
c) Declaración de no estar afectada o afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión (se facilitará modelo).
Si del examen de la documentación presentada se dedujera que la persona propuesta carece de los requisitos señalados, no podrá ser contratada, quedando anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudieran haber incurrido.
9.3 Con carácter previo a la firma del contrato, la persona propuesta deberá aportar el certificado de aptitud emitido por el Área de Medicina del Trabajo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, para lo que es imprescindible realizar el correspondiente examen de salud específico, a tenor de lo dispuesto en el artículo 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. El Servicio de Profesorado facilitará a las personas propuestas las instrucciones relativas a este trámite.
9.4. Una vez formalizada la relación jurídica tendrá lugar el inicio de la prestación de servicios y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas al puesto obtenido. A estos efectos, la fecha de inicio de la relación jurídica nunca será antes de la establecida en las respectivas bases, o en su caso, el día siguiente a la propia formalización del contrato laboral si esta fecha fuera posterior.
10.—Norma final
10.1. Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de Selección gozará de autonomía funcional y se hallará facultada para resolver las cuestiones no previstas en las bases de esta convocatoria, así como para adoptar cuantos acuerdos y resoluciones sean necesarias para llevar a buen fin los procesos selectivos.
10.2. La actuación de la Comisión de Selección se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento para los concursos de provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios en régimen de interinidad y de personal docente e investigador contratado en régimen de derecho laboral, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
10.3. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Oviedo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado anteriormente hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta por silencio del de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10.4. Cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de la actuación de la Comisión de Selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma prevista en la mencionada la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Oviedo, a 21 de noviembre de 2022.—El Rector.—(P. D. Resolución de 5 de marzo de 2021, BOPA de 12 de marzo), el Vicerrector de Políticas de Profesorado.—Cód. 2022-08971.
Anexo I
Concurso 1:
Código: F002-245-DL0X2036-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Biología Funcional.
Área de Conocimiento: Educación Física y Deportiva.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 2:
Código: F002-410-DL0X2037-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Biología Funcional.
Área de Conocimiento: Fisiología.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 3:
Código: F008-515-DL0X2038-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Construcción e Ingeniería de Fabricación.
Área de Conocimiento: Ingeniería de los Procesos de Fabricación.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 4:
Código: F010-160-DL0X2039-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Derecho Público.
Área de Conocimiento: Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 5:
Código: F013-710-DL0X2040-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Explotación y Prospección de Minas.
Área de Conocimiento: Prospección e Investigación Minera.
Perfil: Hidrogeología Minera y Ambiental.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 6:
Código: F020-428-DL0X2041-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Geología.
Área de Conocimiento: Geodinámica Interna.
Perfil: Geología aplicada a la Ingeniería.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 7:
Código: F034-740-DL0X2042-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Psicología.
Área de Conocimiento: Psicología Social.
Perfil: Procesos Psicosociales aplicados al Trabajo Social.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 8:
Código: F038-230-DL0X2044-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Economía Cuantitativa.
Área de Conocimiento: Economía Financiera y Contabilidad.
Perfil: Matemáticas.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 9:
Código: F042-775-DL0X2045-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Sociología.
Área de Conocimiento: Sociología.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 10:
Código: F045-345-DL0X2043-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Filología Inglesa, Francesa y Alemana.
Área de Conocimiento: Filología Inglesa.
Perfil: Culturas de las Islas Británicas.
Duración del contrato: Indefinido.
Concurso 11:
Código: F045-345-DL0X2046-PCD-TC.
N.º de plazas: 1.
Categoría: Profesor Contratado Doctor.
Departamento: Filología Inglesa, Francesa y Alemana.
Área de Conocimiento: Filología Inglesa.
Perfil: Pragmática y Análisis del discurso en Inglés.
Duración del contrato: Indefinido.
Anexo II
Concurso 1:
Departamento: Biología Funcional.
Área de Conocimiento: Educación Física y Deportiva.
1. Comisión titular:
Presidente: Antonio Manuel Fueyo Silva. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: María del Carmen Perillán Méndez. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Carlos Lago Peñas. Catedrático de Universidad. Universidad de Vigo.
Vocal 2.º: Álvaro Jesús Obaya González. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Eduardo Iglesias Gutiérrez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidenta: Cecilia Dorado García. Catedrática de Universidad. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Secretaria: Paula Núñez Martínez. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Rubén Omar Barakat Carballo. Catedrático de Universidad. Universidad Politécnica de Madrid.
Vocal 2.º: Juan Argüelles Luis. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: Sonia González Solares. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Concurso 2:
Departamento: Biología Funcional.
Área de Conocimiento: Fisiología.
1. Comisión titular:
Presidente: Antonio Manuel Fueyo Silva. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: Paula Núñez Martínez. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Luis Jesús García Marín. Catedrático de Universidad. Universidad de Extremadura.
Vocal 2.ª: Purificación López-Sela Meléndez de Arvás. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Guillermo Muñiz Albaiceta. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidenta: Patrocinio Vergara Esteras. Catedrática de Universidad. Universidad Autónoma de Barcelona.
Secretario: Guillermo Mariño García. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: María José Muñoz Alférez. Catedrática de Universidad. Universidad de Granada.
Vocal 2.º: Juan Ignacio Brime Casanueva. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Eduardo Iglesias Gutiérrez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Concurso 3:
Departamento: Construcción e Ingeniería de Fabricación.
Área de Conocimiento: Ingeniería de los Procesos de Investigación.
1. Comisión titular:
Presidente: Joaquín Barreiro García. Catedrático de Universidad. Universidad de León.
Secretario: Braulio José Álvarez Álvarez. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: Eva María Rubio Alvir. Catedrática de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia.
Vocal 2.º: Sabino Mateos Díaz. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: Ana Isabel Fernández Abia. Titular de Universidad. Universidad de León.
2. Comisión suplente:
Presidente: Eduardo Cuesta González. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: David Blanco Fernández. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: María Rosario Domingo Navas. Catedrática de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia.
Vocal 2.º: Gonzalo Valiño Riestra. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: Susana Martínez Pellitero. Titular de Universidad. Universidad de León.
Concurso 4:
Departamento: Derecho Público.
Área de Conocimiento: Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales.
1. Comisión titular:
Presidente: Javier Andrés González Vega. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: María Ludivina Valvidares Suárez. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Cantabria.
Vocal 1.ª: María Rosario Alonso Ibáñez. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.º: Valentín Enrique Bou Franch. Catedrático de Universidad. Universidad de Valencia.
Vocal 3.º: Benito Aláez Corral. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidenta: María Paz Andrés Sáenz de Santa María. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: Antonio Filiu Franco Pérez. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Jaume Ferrer Lloret. Catedrático de Universidad. Universidad de Alicante.
Vocal 2.º: Javier García Luengo. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: María José Cervell Hortal. Catedrática de Universidad. Universidad de Murcia.
Concurso 5:
Departamento: Explotación y Prospección de Minas.
Área de Conocimiento: Prospección e Investigación Minera.
1. Comisión titular:
Presidenta: María Almudena Ordóñez Alonso. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: Gema Fernández Maroto. Profesora Contratada Doctora. Universidad de Cantabria.
Vocal 1.º: José Luis Rodríguez Gallego. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.º: José Paulino Fernández Álvarez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Rodrigo Álvarez García. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidente: Juan María Menéndez Aguado. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: Miguel Ángel Rodríguez Díaz. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Celestino Ordóñez Galán. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.ª: Teresa de Jesús Alonso Sánchez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Pedro Carrasco García. Titular de Universidad. Universidad de Salamanca.
Concurso 6:
Departamento: Geología.
Área de Conocimiento: Geodinámica Interna.
Presidente: Josep Poblet Esplugas. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: Carlos López Fernández. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: Montserrat Jiménez Sánchez. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.º: Daniel Manuel Arias Prieto. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Mariano Yenes Ortega. Titular de Universidad. Universidad de Salamanca.
2. Comisión suplente:
Presidente: Agustín Martín Izard. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: José Nespereira Jato. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Salamanca..
Vocal 1.º: Puy Ayarza Arribas. Catedrático de Universidad. Universidad de Salamanca.
Vocal 2.º: Sergio Llana Fúnez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Francisco José Fernández Rodríguez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Concurso 7:
Departamento: Psicología.
Área de Conocimiento: Psicología Social.
1. Comisión titular:
Presidente: Jorge Carlos Fernández del Valle. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: María de la Villa del Moral Jiménez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: José Luis Álvaro Estramiana. Catedrático de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.
Vocal 2.ª: Amaya Bravo Arteaga. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Esteban Agulló Tomás. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidente: Juan Bautista Herrero Olaizola. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: Juan Pastor Martín. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Lupicinio Íñiguez Rueda. Catedrático de Universidad. Universidad Autónoma de Barcelona.
Vocal 2.ª: María Teresa Méndez Valdivia. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: Alicia Garrido Luque. Titular de Universidad. Universidad Complutense de Madrid.
Concurso 8:
Departamento: Economía Cuantitativa.
Área de Conocimiento: Economía Financiera y Contabilidad.
1. Comisión titular:
Presidenta: Amelia María Bilbao Terol. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: José Antomil Ibias. Profesor Contratado Doctor. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: María del Mar Arenas Parra. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.ª: Raquel Quiroga García. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Joseba Iñaqui de la Peña Esteban. Titular de Universidad. Universidad del País Vasco.
2. Comisión suplente:
Presidente: Francisco González Rodríguez. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: José Antonio Garay González. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Vicente Liern Carrión. Catedrático de Universidad. Universidad de Valencia.
Vocal 2.º: Isidro Sánchez Álvarez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: María Concepción González Veiga. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Concurso 9:
Departamento: Sociología.
Área de Conocimiento: Sociología.
1. Comisión titular:
Presidente: José María García Blanco. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretario: Sergio González Begega. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.ª: Ana Marta Guillén Rodríguez. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.ª: María del Carmen González Menéndez. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: Sara García Cuesta. Titular de Universidad. Universidad de Valladolid.
2. Comisión suplente:
Presidente: Cecilia Díaz Méndez. Catedrática de Universidad. Universidad de Oviedo.
Secretaria: Sandra Dema Moreno. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Rafael Modesto Escobar Mercado. Catedrático de Universidad. Universidad de Salamanca.
Vocal 2.ª: María Isabel García Espejo. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Fernando Sánchez Bravo-Villasante. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Concursos 10 y 11:
Departamento: Filología Anglogermánica y Francesa.
Área de Conocimiento: Filología Inglesa.
1. Comisión titular:
Presidente: Juan Carlos Acuña Fariña. Catedrático de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Secretaria: Luz Mar González Arias. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Roberto Antonio Valdeón García. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.º: Julio Rubén Valdés Miyares. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.ª: María del Carmen Pérez Riu. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
2. Comisión suplente:
Presidente: Ignacio Miguel Palacios Martínez. Catedrático de Universidad. Universidad de Santiago de Compostela.
Secretaria: Paula Rodríguez Puente. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 1.º: Daniel Ángel García Velasco. Catedrático de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 2.ª: María José Álvarez Faedo. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Vocal 3.º: Francisco José Borge López. Titular de Universidad. Universidad de Oviedo.
Anexo III
Se deberá desglosar la puntuación de los distintos apartados en los que están divididos los criterios de valoración.
Primera prueba (total 120 puntos):
Concurso (total 58 puntos):
1. Méritos de actividad investigadora: un máximo de 15 puntos.
2. Méritos de actividad docente profesional: un máximo de 15 puntos.
3. Formación académica: un máximo de 5 puntos.
4. Méritos de experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 3 puntos.
5. Servicios prestados como personal docente e investigador contratado en la figura de Profesor Contratado Doctor interino en la universidad pública: un máximo de 20 puntos.
Oposición (total 62 puntos)
1. Defensa de la actividad investigadora: un máximo de 20 puntos.
2. Defensa de la actividad docente o profesional: un máximo de 15 puntos.
3. Defensa de la experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 7 puntos.
4. Proyecto docente e investigador, exposición y debate: un máximo de 20 puntos.
Segunda prueba (total 25 puntos):
Oposición (total 25 puntos):
1. Exposición y debate de un tema de la materia seleccionada (máximo 25 puntos).
Total de primera y segunda prueba: 145 puntos.