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Boletín Nº 231 del jueves 01 de diciembre de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL

Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba el deslinde total del Monte Vecinal en Mano Común número 28/38 “Buso”, sito en el término municipal de Ibias.

Visto el expediente de Deslinde Total del Monte Vecinal de Mano Común n.º 28/38 “Buso”, sito en término municipal de Ibias, que se tramita en el Servicio de Montes:

Antecedentes de hecho

Primero.—Con fecha 20 de abril de 2021 el Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial dictó Resolución ordenando la ejecución del Deslinde Total del M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso”.

El 19 de mayo de 2021 fueron emitidos; el Presupuesto y la Memoria Propuesta para el Deslinde Total del M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso”.

Segundo.—El anuncio del Deslinde se publicó en el BOPA número 104 correspondiente al día 1 de junio de 2021, fijándose la fecha del 14 de septiembre de 2021 para el comienzo de las operaciones del apeo y designando a don José Carlos García Pérez como Ingeniero Operador.

El Edicto fue enviado a; los particulares afectados, la entidad propietaria del monte, las entidades propietarias de los montes colindantes, la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Ibias, a Ilmo. Sr. Presidente de la Excelentísima Diputación de León, al Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Candín, al Sr. Director Conservador del Parque de Fuentes del Narcea e Ibias y a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

Tercero.—Durante el período hábil anterior al Apeo se recibió documentación relativa al Deslinde, la cual fue remitida a la Sección de Régimen Jurídico del Servicio de Asuntos Generales de esta Consejería.

La citada Sección emitió el preceptivo informe sobre la eficacia legal de cada uno de los documentos presentados con fecha de 4 de agosto de 2021, y con fecha 22 de noviembre de 2021, el anexo informando sobre los documentos recibidos con posterioridad a dicho plazo.

A la vista de la documentación, del Informe de la Sección de Régimen Jurídico y una vez reconocido el terreno, el Ingeniero Operador redactó el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de Fincas y Derechos con fecha de 27 de agosto de 2021, y con fecha 25 de noviembre de 2021 el anexo informando sobre los documentos recibidos con posterioridad a dicho plazo.

Cuarto.—El apeo comenzó el 14 de septiembre de 2021 que discurrió sin apenas incidencias, siendo necesaria una única jornada de apeo para llevarlo a cabo, y finalizando el mismo día, tras describir la línea perimetral entre los piquetes n.º 1 al 111, y 3 recintos de particulares enclavados en el mismo, que fueron definidos con las letras A, B y C.

Se recogieron 2 discrepancias con la línea propuesta por el Ingeniero Operador, las cuales dieron lugar a 2 segundas líneas presentadas por; don Javier Álvarez Rodríguez Presidente de la Junta Vecinal del M. V. M. C. 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro” (entre los piquetes 71 y 81 que discurre por los piquetes 71, 72’, 73’ y 81), don Francisco Pérez Álvarez en representación de la Junta del M. V. M. C. de Buso (entre los piquetes 99 y 104 que discurre por los piquetes 99, 100’ al 117’ y de este al 104).

Quinto.—El Ingeniero Operador emitió su Informe y Propuesta de Aprobación del deslinde el día 12 de enero de 2022 proponiendo desestimar las dos segundas líneas solicitadas ya que las líneas propuestas por los interesados no se ajustan a las descripciones de parajes y croquis de las memorias para la declaración de los M. V. M. C y al no haber sido aportada documentación que cumpla con los requisitos señalados en el artículo 21.5 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre de Montes, modificado por la Ley 21/2015.

Durante el recorrido perimetral del monte se ha constatado la existencia de construcciones (cabañas, depósitos, etc.), ruinas y abrevaderos dentro del monte.

Sexto.—El anuncio de la apertura del Período de Vista del expediente de deslinde del M. V. M. C. n.º 28/38 se publicó en el BOPA número 111, correspondiente al día 10 de junio de 2022, dándose la publicidad que establece el procedimiento.

Con fecha de registro de 7 de julio del 2022 se recibe comunicación interna de la Sección de Gestión de Dominio Público Viario en el que dice que el M. V. M. C. “Buso” 28/38, no es colindante con ninguna carretera de titularidad del Principado de Asturias.

Durante el plazo preceptivo, fue recibida una reclamación:

1. D. Rafael García González, Jefe de la Sección Territorial de Gestión Forestal IV y D.ª Isabel García Álvarez, Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, quienes manifiestan que el piquete n.º 84 del apeo del M. V. M. C. 28/38, se corresponde con el piquete n.º 17 del deslinde del M. U. P. n.º 837 de la provincia de León. Por ello, solicitan que se cambie el piquete n.º 84 a las coordenadas X: 191.697 e Y: 4.756.728 ETRS 89, Huso 30 norte.

Séptimo.—La reclamación y la documentación adjunta a la misma fueron enviadas a la Sección de Régimen Jurídico del Servicio de Asuntos Generales de esta Consejería, que emitió su informe jurídico con fecha 18 de julio de 2022, proponiendo estimar la reclamación interpuesta por D. Rafael García González, Jefe de la Sección Territorial de Gestión Forestal IV y D.ª Isabel García Álvarez, Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, puesto que el documento presentado relativo al deslinde del M.U.P. n.º 837 del catálogo de la provincia de León, se encuentra aprobado y es firme, por lo que procede desplazar el piquete n.º 84 del M. V. M. C. n.º 28/38, “Buso”, a las coordenadas X: 191.697 e Y: 4.756.728 ETRS 89, Huso 30 Norte, haciéndose constar que el plano del deslinde M. U. P. n.º 837 no se encuentra georreferenciado.

Puesto que se considera que la documentación aportada junto con la reclamación, no desvirtúa lo establecido en el informe del Ingeniero operador de 12 de enero de 2022, por tratarse de discrepancias con la línea perimetral propuesta, no procede remitir a la Entidad titular del monte copia de las reclamaciones junto al Informe Jurídico para que proceda a emitir informe manifestando concretamente si accede o no a las pretensiones deducidas de las mismas, tal y como consta en el artículo 124 del Reglamento de Montes.

Octavo.—El día 19 de septiembre de 2022, la Jefa del Servicio de Montes firmó su Informe y Propuesta de Resolución proponiendo desplazar el piquete n.º 84 del M. V. M. C. n.º 28/38, “Buso”, a las coordenadas X: 191.697 e Y: 4.756.728 ETRS 89, Huso 30 Norte y ratificar lo expuesto en el informe del Ingeniero Operador quedando el perímetro exterior del monte definido por la línea que discurre por los piquetes 1 y correlativos al 111 así como tres recintos de particulares enclavados en el mismo, definidos con las letras A, B y C.

A los antecedentes de hechos referidos resultan de aplicación los siguientes.

Fundamentos de derecho

Primero.—El órgano competente para resolver el procedimiento es la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal y en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, en el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, en relación con el artículo 126 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y el Decreto 6/2020, de 24 de junio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

Segundo.—El presente expediente ha sido tramitado con observación de los artículos 19 y sucesivos de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal y de los artículos 79 y sucesivos del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.

Tercero.—Que el emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan las colindancias del monte vecinal en mano común se describe con precisión en las actas de apeo y en el registro topográfico y quedan fielmente representados en el plano que consta en el expediente.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, en consecuencia,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el deslinde del Monte Vecinal en Mano Común n.º 28/38 denominado “Buso”, sito en el término municipal de Ibias, cuya pertenencia se asigna a la comunidad vecinal de Buso, de acuerdo con las actas, coordenadas y documentos cartográficos que figuran en el expediente, quedando el monte definido en su perímetro externo por los piquetes del 1 y correlativos al 111, y tres enclavados particulares denominados; A, B y C quedando de la manera que a continuación se detalla:

Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.

N.º de Registro de M. V. M. C: 28/38.

Nombre: Buso.

Término municipal: Ibias.

Pertenencia: Comunidad Vecinal de Buso.

Límites de la Masa Principal:

Norte: con fincas particulares de los vecinos de Buso.

Este: con Monte Vecinal en Mano Común n.º 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro”, asciende por el Teso de Varejón.

Sur: con Monte Vecinal en Mano Común n.º 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro” y con el M. U. P. n.º 837 “Congosto, Silvela, Campo de Alballios, Cernal, etc.” del Catálogo de la provincia de León en el término municipal de Candín, por la línea de cumbres entre el Campo Liares y el Pico Cinsa.

Oeste: con Monte Vecinal en Mano Común n.º 28/54 “Villares”, asciende por el Teso da Vista da Braña.

Descripción de linderos:

Masa principal

Se comenzó en el piquete n.º 1 en el cruce de la pista que sube a Balouta y la pista de las fincas del arroyo de Pan Porcos, la línea desciende hacia el este bordeando fincas particulares de vecinos de Buso hasta llegar al piquete n.º 15 en el paraje de El Corol, desde este piquete se inicia el ascenso para bordear las fincas particulares que flanquean el reguero de Pan Porcos hasta alcanzar el piquete n.º 25 donde la línea cruza el reguero. Continúa la línea en dirección noreste bordeando las fincas de la margen derecha del río Pan Porcos hasta llegar al piquete n.º 49, próximo a la confluencia del reguero de Pan Porcos con el río Luiña. Prosigue la línea del monte en ascenso con dirección sur bordeando las fincas particulares de la margen izquierda del reguero Bolleiro hasta alcanzar el piquete n.º 69 donde la línea cruza el reguero. Continúa la línea ahora en descenso dirección noreste para bordear las fincas particulares de la margen derecha del reguero Bolleiro hasta el piquete n.º 77 donde el cierre de las fincas cruza el Texo del Varejón.

Desde el piquete n.º 77 la línea del monte asciende por el mencionado Texo de Varejón en la colindancia con el M. V. M. C. n.º 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro” hasta el piquete n.º 82, en este punto el límite entre los dos montes toma rumbo oeste y prosigue por un vial de servicio a media ladera hasta el piquete n.º 83 en las proximidades del Campo de Liares.

Desde el piquete n.º 84, punto donde confluyen los M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso, M. V. M. C. 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro” y los montes de Utilidad Pública del Catálogo de la Provincia de León n.º 837 “Congosto, Silvela, Campo de Alballios, Cernal, etc” y n.º 844 “Valle de los Congos, Miravalles, Carpedosa, El Puerto, Braña, etc.”, la línea de apeo sigue las aguas vertientes de la sierra de Mingatón en el límite entre los términos municipales de Ibias y Candín en la Provincia de León, hasta el piquete n.º 89 en el Pico Cinsa, lindando con el monte de Utilidad Pública n.º 837 “Congosto, Silvela, Campo de Alballios, Cernal, etc.” del Catálogo de la provincia de León.

Desde el pico Cinsa la línea desciende en dirección norte por el Texo Da Vasta Da Braña hasta alcanzar el piquete n.º 103 en un cruce de pistas, bordeando a continuación las fincas particulares del prado de la Valia hasta alcanzar el piquete n.º 111, en el cruce donde se inició esta descripción.

Exclavados

No se han reconocido recintos exclavados del monte.

Enclavados

Se han reconocido un total de 3 recintos enclavados particulares dentro del M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso”, con una cabida total de 4,51 ha y un perímetro total de 1,716 km, que han sido denominados; A (Fonte os Cardos) definido por los piquetes 1-A al 16-A de 3,76 ha de extensión, B (Rulleito) definido por los piquetes 1-B al 7-B de 0,34 ha de extensión y el C (Valia Braña) definido por los piquetes 1-C al 7-C de 0,40 ha de extensión.

Cabidas:

Cabida Masa Principal: 295,05 ha

Cabida de Exclavados: 0,00 ha

Cabida Total: 295,05 ha

Cabida de Enclavados: 4,51 ha

Cabida Pública Resultante: 290,55 ha

Segundo.—Desestimar las reclamaciones presentadas al apeo por; don Javier Álvarez Rodríguez presidente de la Junta Vecinal del M. V. M. C. n.º 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro”, de la segunda línea entre los piquetes n.º 71, 72’, 73’ y 81, ya que la línea propuesta por el interesado no se ajusta a la descripción de parajes de la inscripción registral del M. V. M. C. n.º 28/62 “Labayos, Chagozos, Estaca y Morteiro” así como a la descripción de parajes y croquis de las memorias para la declaración de los M. V. M. C. Buso y Labayos.

Don Francisco Pérez Álvarez en representación de la Junta del M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso”, de la segunda línea entre los piquetes 99, 100’ al 117’ y de este al 104, ya que no ha sido aportada documentación que cumpla con los requisitos señalados en el apartado 5 del artículo 21, de la Ley 21/2015, y que la línea propuesta por el interesado no se ajusta a la descripción de parajes y croquis de las memorias para la declaración de los M. V. M. C. Buso y Villares.

Tercero.—Estimar la reclamación al período de vista del expediente presentada por; D. Rafael García González, Jefe de la Sección Territorial de Gestión Forestal IV y D.ª Isabel García Álvarez, Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, al considerar que el piquete n.º 84 del apeo del M. V. M. C. 28/38, se corresponde con el piquete n.º 17 del deslinde del M. U. P. N.º 837 de la provincia de León, por lo que procede desplazar el piquete n.º 84 del M. V. M. C. n.º 28/38, “Buso”, a las coordenadas X: 191.697 e Y: 4.756.728 ETRS 89, Huso 30 norte.

Cuarto.—Modificar en el Registro de Montes Vecinales en Mano Común del Principado de Asturias los datos correspondientes a los linderos y cabidas del M. V. M. C. n.º 28/38 “Buso”, sito en el término municipal de Ibias.

Quinto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición de recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el art. 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En cuanto a las reclamaciones sobre propiedad formuladas en forma en el expediente, la presente resolución agota la vía administrativa, quedando expedita la vía civil.

Oviedo, 18 de octubre de 2022.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2022-08900.