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Boletín Nº 187 del miércoles 28 de septiembre de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDAD

Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a los Consorcios de las Misiones Científicas del Principado de Asturias para el desarrollo de propuestas de intervención y ejecución de proyectos piloto vinculados a la temática de las Misiones, en régimen de concurrencia competitiva, para el período 2022-2023.

Examinado el correspondiente expediente, tramitado por la Dirección General de Innovación, Investigación y Transformación Digital de la convocatoria de subvenciones a los Consorcios de las Misiones Científicas del Principado de Asturias para el desarrollo de propuestas de intervención y ejecución de proyectos piloto vinculados a la temática de las Misiones en régimen de concurrencia competitiva para el período 2022-2023, resultan los siguientes

Antecedentes administrativos

Primero.—Por Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 7 de septiembre de 2020 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Consorcios de las Misiones Científicas del Principado de Asturias para el desarrollo de propuestas de intervención y ejecución de proyectos piloto vinculados a la temática de las Misiones (BOPA de 11 de septiembre).

Segundo.—El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en reunión celebrada el 6 de mayo de 2022 autorizó un gasto plurianual destinado a la convocatoria pública de dichas ayudas para el período 2022-2023 por un importe total de 1.600.000 euros, 800.000 euros para cada una de las anualidades, con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.541A.779.000.

Por Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 13 de mayo de 2022 (extracto BOPA de 24 de mayo), se aprobó la citada convocatoria de ayudas.

Tercero.—A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración y Selección, constituida de conformidad con lo establecido en el apartado 13.3 de las bases reguladoras, en su sesión celebrada el día 22 de julio de 2022 procedió al análisis y estudio de todas ellas emitiendo el informe técnico correspondiente del que dio traslado a la Dirección General de Innovación, Investigación y Transformación Digital, la cual formuló propuesta provisional de adjudicación de ayudas.

Cuarto.—Todas las entidades propuestas como beneficiarias de la ayuda han aceptado el presupuesto de adjudicación remitido.

Asimismo, todas ellas han declarado expresamente conocer que las presentes ayudas se acogen al Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

Y, tal y como exige el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, se ha acreditado que todos los beneficiarios de las ayudas están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con la excepción de la entidad identificada en el anexo I (Exptes. AYUD/2022/24232 y AYUD/2022/24239), por lo que se la excluye como beneficiaria.

Quinto.—Examinada y analizada la declaración de mínimis presentada por la entidad beneficiaria Desarrollo de Estrategias Exteriores, S. A. (Expte. AYUD/2022/24227), se verifica que con la propuesta provisional de ayuda aceptada superaría el umbral de 200.000 euros establecido en el Reglamento 1407/2013 indicado con anterioridad por lo que se reduce el importe de la ayuda a conceder hasta el límite máximo establecido en la normativa comunitaria de referencia.

Sexto.—Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 16 de mayo de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se aprueban las normas sobre los procedimientos de gestión, tramitación y régimen de contabilidad en la ejecución del presupuesto de gastos, la Intervención Delegada, ha emitido el correspondiente informe de fiscalización favorable.

Fundamentos de derecho

Primero.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad es competente para la resolución del presente expediente al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; el artículo 3 Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias; el Decreto 13/2019, de 24 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y el Decreto 87/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad.

Segundo.—El régimen de concesión de subvenciones del Principado de Asturias se regula en el capítulo VI del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 2/1998, de 25 de junio, y el Decreto 71/92, de 29 de octubre (modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero).

Tercero.—Son de aplicación los artículos declarados básicos por la Disposición adicional segunda de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, y la disposición final primera del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Cuarto.—Al amparo de lo establecido en los artículos 8 y 41.1 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, corresponde al Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad la disposición del presente gasto.

Haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas por la normativa citada y demás de disposiciones de general aplicación, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Conceder las subvenciones para los Consorcios de las Misiones Científicas del Principado de Asturias para el desarrollo de propuestas de intervención y ejecución de proyectos piloto vinculados a la temática de las Misiones para el período 2022-2023 a las entidades que se relacionan en el anexo I y por los importes señalados.

Denegar ayuda a las solicitudes que se relacionan en el anexo II por los motivos que en el mismo se especifican.

Segundo.—Disponer un gasto por importe de 783.331,21 euros con la siguiente distribución plurianual: 136.583,51 euros para la anualidad 2022 y 646.747,70 euros para la anualidad 2023 con cargo a la aplicación presupuestaria 19.03.541A.779.000.

Tercero.—Ordenar la publicación de la resolución de concesión de las ayudas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cuarto.—Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 15 de septiembre de 2022.—El Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad, Borja Sánchez García.—Cód. 2022-07112.