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Boletín Nº 162 del martes 23 de agosto de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

Extracto de la Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, por la que se convocan subvenciones dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.

BDNS (Identif.): 644340.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/644340).

Primero.—Beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier persona física o persona jurídica que tenga la condición de empresa o profesional con domicilio fiscal en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta Comunidad Autónoma.

Segundo.—Finalidad:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a empresas y autónomos, que tengan, durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la convocatoria, su domicilio fiscal en el Principado de Asturias y que promuevan de manera continuada actividades o acciones artísticas y culturales en los términos que se recogen en las líneas específicas de subvenciones de cada una de las modalidades.

Se entiende por actividades artísticas y culturales, a los efectos de las presentes bases, los espectáculos, exposiciones y actividades comprendidos en los siguientes sectores: música, lírica, literatura, artes escénicas, artes plásticas, cine y audiovisuales, y videojuegos, así como los gastos derivados de la ejecución y difusión de dichas actividades.

Entre dichas actividades o proyectos culturales se incluyen la creación, las acciones de producción y realización musical, cinematográfica, y del videojuego, formación y movilidad con el fin de dar apoyo a la realización de giras de espectáculos de artes escénicas, literarias y musicales, a cursos y actividades de formación vinculadas a las diferentes manifestaciones artísticas, así como a las actividades de difusión de artes plásticas y audiovisuales a través de proyectos expositivos y de la asistencia a ferias, festivales y eventos de difusión, promoción o comercialización de cualesquiera de las manifestaciones culturales y artísticas realizadas por empresas culturales fuera del ámbito del Principado de Asturias.

Se entenderá actividades de formación la asistencia a seminarios, encuentros de profesionales o cursos de corta duración, presencial u online, cuya finalización esté dentro de las fechas que establecen las convocatorias correspondientes.

Líneas:

Línea 1. Ayudas al sector de las artes escénicas.

Línea 2. Ayudas al sector del libro.

Línea 3. Ayudas al sector de la música.

Línea 4. Ayudas al sector del audiovisual y del cine.

Línea 5. Ayudas al sector de las artes visuales.

Línea 6. Ayudas al sector del videojuego.

Línea 7. Ayudas a la formación y profesionalización del sector cultural asturiano.

Los proyectos que se presenten a la convocatoria de subvenciones pueden ser proyectos ya realizados o por desarrollar. Se excluyen expresamente los proyectos que sean susceptibles de incardinarse en cualquiera de las otras líneas de subvenciones gestionadas en los programas presupuestarios de la Consejería competente en materia de cultura.

Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de esta convocatoria, hasta la fecha máxima establecida en el apartado sexto, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.

Tercero.—Bases reguladoras:

Resolución de 29 de junio de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad (BOPA n.º 129 de 06-07-2022).

Cuarto.—Importe:

Total para las siete líneas: 570.000 euros.

La cuantía de cada línea de subvención, será la expresada a continuación:

Línea 1.—100.000 euros

Línea 2.—60.000 euros

Línea 3.—100.000 euros

Línea 4.—100.000 euros

Línea 5.—100.000 euros

Línea 6.—80.000 euros

Línea 7.—30.000 euros

En el caso de las subvenciones destinadas a las diferentes líneas de ayudas, el importe de la subvención a conceder por cada beneficiario será el que resulte de la valoración técnica obtenida. La cantidad a otorgar como subvención será la cantidad que resulte (regla de 3) de proyectar la valoración técnica otorgada al proyecto sobre la puntuación máxima prevista y teniendo en cuenta que a los 100 puntos máximos que se pueden obtener se le asignará la subvención máxima de quince mil euros (15.000 €).

No obstante todo lo anterior, la subvención a conceder tendrá los siguientes límites:

a) La aportación máxima de la Consejería competente en materia de cultural no podrá superar el 90% del presupuesto del proyecto.

b) La cantidad solicitada por la propia entidad.

Se reserva, estimativamente, un 15% del crédito objeto de la presente convocatoria a la concesión de subvenciones solicitadas específicamente por empresas de reciente creación. Se entenderá que concurre este requisito en empresas cuya trayectoria cultural sea inferior a 3 años. Excepcionalmente podrán superarse esos topes máximos si existen excedentes en alguna de las líneas. Es estos casos, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida por este tipo de empresas para aplicar las reglas establecidas en el apartado 5.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.

Sexto.—Otros datos de interés:

Las actividades objeto de la presente convocatoria deberán estar terminadas antes del 30 de octubre de 2022, día inclusive.

El plazo de justificación finalizará el 30 de noviembre de 2022, día inclusive.

En la Sede Electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio AYUD0024T01, en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria y el formulario normalizado de solicitud.

Oviedo, a 12 de agosto de 2022.—La Consejera de Cultura, Política Lingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód. 2022-06467.